¿Cómo no pagar impuestos (o pagar menos)?

Aparte del exit tax que ha comentado Raven
Si tienes propiedades inmobiliarias en :spain: siguen tributando por imputación de renta ( ninguna sería vivienda habitual) o por ingresos por alquiler

2 Me gusta

Pues uno se mueve como se mueve tanta gente dentro de la UE. Buscas un alquiler que le guste a la señora, te aburres de hacer papeles en el país de destino, incluido el seguro médico, informas a la agencia Tributaria española, te das de alta en el consulado (dolor infinito por lo que dicen) y ya lo tienes.

En vez de irte a un país de alta tributación como Alemania, Suecia o Dinamarca, te vas a otro de baja tributación. Procuras venir de vacaciones y pagar el impuesto de no residente por el pisito en España.

Otra opción es hacer un RC y afeitar la legislación española. Si cumples con la letra te dejan tranquilo.

Claro que montar el circo para ahorrarte 20k€ en impuestos es tirar el tiempo.

Cuando lo miré hace unos años Chipre, Portugal y Malta tenían cosas, Bulgaria tenía impuestos bajísimos y me suena que la República Checa también tenía impuestos bajos para los rendimientos del capital. Ahora ni idea de cómo está.

Por mi situación familiar me quedan 10 años, ya os informaré cuando llegue el momento.

También tendré la alternativa de tributar en el País Vasco, otra opción con impuestos más bajos que en Cataluña.

3 Me gusta

Para hacer algo así deberias dejar de ser residente fiscal en España, pero parece ser que eso no es tan inmediato y sencillo como salir del pais y listo, sino que tienes que afrontar el papeleo y consiguiente gasto de tiempo que suele ser habitual en temas de la administración

Hay despachos especializados en estos temas, y que como es lógico cobran una pasta por el trabajo.

Efectivamente, por menos de X cantidad no interesa, por eso estamos aquí todos jaja.

4 Me gusta

Creo que en alguna ocasión leí que había un truco para evitar el exit tax. Era algo como cambiar tu residencia fiscal durante x años (¿5? ¿10?) a otro país de la UE que no tuviera exit tax, rezar para que ese país no legisle un exit tax en ese tiempo y, transcurrido ese tiempo, establecer tu residencia fiscal en ese país de fuera de la UE que tanto deseas.

2 Me gusta

Sí, dicen que se suele hacer con Chipre porque es de los “mejores” fiscalmente y estilo de vida mediterráneo, tanto de tranquilidad como gastronómicamente.

El tema es que es la UE y es un país pequeño… si se empieza a “popularizar” probablemente le pongan coto obligados desde los países de origen.

4 Me gusta
2 Me gusta

Buenas a todos, quería preguntaros vuestra opinión sobre algunos posibles ajustes para una mejor optimización fiscal.
Tengo DGE y KHC con pérdidas del 20% y, aunque me gustan para el largo plazo, me estaba planteando venderlas y rotarlas a TAP y GIS para así compensar otras ganancias…pero al ser mi primera vez, no sé si es buena idea o no.
Muchas gracias
Un saludo

La idea no es mala, y si te sobran minusvalias las puedes usar para el año que viene

1 me gusta

Mírate el hilo de dge, hay muchas entradas a estos precios esperando que suba.

Edito, me acabo de dar cuenta qué estoy respondiendo con un mes de retraso

Muchas gracias Inigoth, no te preocupes por el retraso, aún no he vendido ninguna de las dos (sigo dándole vueltas, supongo que hasta diciembre no me decidiré), pero no entiendo a qué te refieres con las entradas en DGE esperando que suban.
Lo que proponía, como tampoco tengo liquidez, era vender DGE en pérdidas para meterlo en TAP, que también me gusta y está incluso más barata (y así al menos desgravo pérdidas), y si en dos meses sigue DGE a estos precios, pues vuelvo a entrar. Pero igual es una tontería, no sé si merece la pena hacer ese tipo de cosas.

1 me gusta

“Nunca” merece la pena, pero nos encanta intentar ser más listo que el mercado.

1 me gusta

Hola.

Me gustaría haceros una consulta sobre tributación de plusvalías de hijos menores de 18 años. Hace años que les abrí a mis hijos un fondo de inversión y, después de unos años con ciclo alcista en las bolsas, han doblado su inversión. Mi mujer y yo hacemos declaraciones de la Renta individuales y, como es lógico, los chicos no tienen ingresos y no tienen que presentar la declaración. Creo que interesa ir aflorando parte de esas plusvalías antes de que cumplan 25 años, pero sin perder la deducción por hijos menores. ¿Cuánto puedo rescatar cada año del fondo? Entiendo que después la parte retenida de la plusvalía (19%) por Hacienda se podría recuperar en la declaración del año siguiente, ¿no?

Gracias y un saludo.

Rentas Brutas.

Menos de 1.800 €: el hijo puede hacer la declaración de renta y los padres aplicar la deducción por descendiente
Entre 1.800 € y 8.000 €: hay que escoger entre hacer la declaración el hijo o aplicarse los padres la deducción.
Más de 8.000 €: los padres no pueden aplicar la deducción independientemente de que el hijo haga o no declaración de renta

p.s. si el hijo hace declaración individual, los padres también tienen que hacerlas individuales

Un detalle más.
En el caso de venta de fondos, si el hijo tiene una ganancia patrimonial bruta mayor de 1600€ está obligado a presentar la declaración de IRPF.

10 Me gusta

Muchas gracias por la información.

A ver si lo he entendido bien: si, por ejemplo, vendo participaciones del fondo por valor de 2000€, de los cuales 1000€ serían de plusvalía por lo que el banco retendría 190€ de IRPF (19%). ¿Podría incluir al menor en mi declaración de la renta (deducción por descendiente) y que él presente la suya para que le devuelvan esos 190€? No me queda claro si el límite de 1800 es para el reembolso o la plusvalía obtenida.

Un saludo.

El límite de 1800€ es la ganancia patrimonial bruta, no el valor de transmisión.

En el caso que planteas (1000€ de plusvalía) y en ausencia de otro tipo de rentas, a tu hijo le devolverían los 190€ en su declaración de IRPF y tanto tu mujer como tú podríais aplicar el mínimo por descendiente en las vuestras.

Dos detalles que comentaba antes:

  • El hijo no estaría obligado a presentar la declaración de IRPF al estar por debajo de los 1600€ de ganancia patrimonial aunque en este caso le conviene.
  • Si el hijo presenta declaración individual, los padres no pueden hacerla conjunta.

Note: si en el ejemplo que planteas la plusvalía fuese de 1900€, el hijo tendría que presentar la declaración sí o sí y los padres no podríaís aplicar el mínimo por descendiente.

6 Me gusta

@jefedelforo, @Raven y @Gante

Vosotros que estáis bastante puestos en estos temas fiscales podéis echar un capote si he dicho algo incoherente o he omitido algún detalle importante.

En mi caso he ido aprendiendo a base de hostias: dos años seguidos me he quedado sin poder aplicar el minimo por descendiente en mi declaración de IRPF por no interpretar bien todos los matices. Confío en que no haya un tercero.

3 Me gusta

Creo que el único matiz sería que si el hijo presenta individual con más de 1800 no se puede hacer “conjunta con los hijos” ni incluir el mínimo por descendientes, pero los padres podrían hacer conjunta ellos solos si les es más ventajoso (suele suceder cuando uno gana muy poco). A veces se confunde el término conjunta con incluir el mínimo por descendientes etc.

Recuerdo el matiz de que la modalidad “conjunta con los hijos” solo se puede realizar cuando no se convive con el otro progenitor.

Si queréis me explayo más en lo que tengáis dudas.

4 Me gusta

Recuerdo que algún forero ha comentado que lo hace de esta forma (hijo “individual” y padres “conjunta”) pero no parece estar permitido según el Manual Práctico de Renta 2024.

1 me gusta

El caso es complicar las cosas.

Edito: si es menor de 25 y convive se considera miembro de la UF. El tema es la convivencia, los casos en las que he pensado se había independizado el hijo.

1 me gusta