Cartera de valores heredada

Yo creo que se refiere que a él le ha salido a 0€ toda la cartera ya que viene heredada y no tuvo que poner un solo euro.

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Coincido con @saulo, las recomendaciones de los gestores de banco son muy justitas, hace poco me quisieron vender para mi madre un seguro combinado con no se que fondo y cuando le hice dos preguntas un poquito más allá del folleto que tenía delante, me di cuenta de que sabía del producto lo mismo que yo :joy:

Mi consejo sería que teniendo 9.000€ de dividendos actualmente no te precipites, no te ha de quemar la cosa porque la cartera ya está trabajando.

Como recomendación mírate los hilos de @jordirp, como crear una cartera DGI etc. Estos hilos para cualquier principiante son el libro gordo de petete, canela en rama :ok_hand:

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Tienes que decidir sobre varios ejes: Activo o indexado/pasivo, rentabilidad o volatilidad, gestión propia o delegada. Cada una con sus pros y contras.

El grandísimo @alvaromusach tiene en su blog, en su última entrada, una tabla de decisión que te puede ayudar a reorientar tu cartera. Me permito la licencia de adjuntar el enlace:

http://elinversorprudente.blogspot.com/2016/06/epilogo.html

Reflexiona serenamente y tómate todo el tiempo necesario. No hay respuestas unívocas al problema de la inversión.

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Yo estoy en la misma situacion que tu. Recientemente fallecio mi madre, y mi hermano y yo heredamos una cartera de valores, la de mi padre.

Estamos en fase inicial y no hemos decidido nada, ni tan siquiera hemos ido al notario todavia.

Te lo explico por que hay cosas a tener en cuenta.

Es tuya o la compartes con alguien, y si hay alguien tendras que ponerte de acuerdo.

Lo de coste 0 no se si es asi, pero es una sucesion e imagino que la cartera tendra su valor de coste al dia de fallecimiento que es por el valor que habria que pagar el impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En casos asi a quien menos caso se le puede hacer caso es a un banco por que intentara sacar tajada, tal como expones, proponiendote invertir en sus fondos.

Busca un asesor independiente que te aconseje, aparte de lo que la gente te pueda decir aqui.

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El precio de adquisición es como dicen los compañeros, el del día del fallecimiento, por lo que a la hora de vender habrá plusvalías o minusvalías. A tener en cuenta el robo de hacienda.

Saludos.

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Acciones y simple, mírate el hilo de Lluís. Por ejemplo recomendó una cartera de 7 acciones a alguien, aquí podrías sustituir Engie por Iberdrola que ya llevas:

Nestle, Johnson&Johnson, Procter&Gamble, Engie, Allianz, Unilever y Rio Tinto.

¿Cuáles vender de las que llevas? No soy el más indicado ya que no me gustan casi ninguna de las españolas, de esa cartera solo llevaría Iberdrola, Inditex, Mapfre y Repsol (quizás también Arcelor). Lo que seguro que haría es ir quitando peso de BBVA, ahora una parte y luego iría vendiendo conforme recuperara precio.

Inlcuso puedes plantearte ir vendiendo sin prisa ya que los dividendos te están entrando y esperar si alguna no está en su mejor momento.

Suerte.

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La cartera de valores se divide entre los herederos en función de lo que se estipule en el testamento. El mismo banco hace el reparto una vez se presenta este documento junto al comprobante del pago del Impuesto de Sucesiones

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Si, @ruindog cuando decia que no habiamos decidido nada era por que mi hermano es uno de los mas de 40M de españoles que de bolsa, nada de nada, y no hemos decidido todavia si repartirla o vender, no se ha definido sobre que hacer.

Yo si lo tengo claro, es una cartera 100% española y excepto Iberdrola, lo venderia todo, pero veremos.

Vale vale, ya he entendido lo que querias decir.

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Yo pediría una prueba de ADN, no es posible que seáis hermanos :wink:

Tal y como lo cuentas tiene pinta de que su parte del pastel se quedara intacta. Parálisis por analfabetismo financiero.

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Increible pero es verdad, el gen lo llevaba mi padre y creo que me lo lleve todo, enterito, y a el no le llego :smiley::smiley::smiley:

De hecho ni siquiera sabe que soy IF y no creo que sepa lo que eso significa

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Hola. Llevo tiempo (mucho) leyéndoos. Gracias por todo lo que aprendí con vosotros.
Solo quería dejar un apunte en este tema.
Cuando heredas una cartera el valor de adquisición es el del día del fallecimiento ( como ya apuntan varios compañeros). PERO dicho valor se incrementa con la parte proporcional del impuesto de sucesiones pagado por heredar dicha cartera.
Igual sucede con los fondos, bonos, inmuebles y cualquier bien que heredes.

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Esto también se lo escuché decir a Gregorio en el foro de Invertir en Bolsa pero no entiendo como se calcula el porcentaje del pago de Sucesiones que corresponde a unas acciones determinadas (¿una simple regla de tres?). A ver si alguien nos lo aclara y ya de paso nos indica donde se puede revisar alguna consulta vinculante con Hacienda sobre el tema.

https://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?13255-Venta-acciones-heredadas/page2

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En la propia definicion del valor de adquisición ya se contempla. El valor que aparece en la aceptación de la herencia más la parte prorrateada (regla de tres) de los gastos (notario, gestoría…) e impuestos liquidados. Un saludo

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Esto os lo podre confirmar dentro de poco, cuando tengamos que ir al notario.

No lo habia oido nunca, pero tampoco estaba muy al tanto de como funcionaba el ISD.

Poco puedo aportar, pero buscando en internet, dicen que la herencia va a los hijos y al conyuge el usufructo de uno de los tercios. Entiendo que en caso de que fallezca un progenitor, el viudo se queda con el 50% de la cartera que ya era suyo (gananciales) y es el otro 50% el que se hereda (obviando los tercios). ¿Qué sería aquí el usufructo de la cartera, los dividendos?

A ver si los que desafortunadamente teneis experiencia podeis aclarar algo.

https://www.mbl-abogados.es/blog/como-se-reparte-una-herencia-viuda-hijos/

En Aragón el cónyuge sobreviviente tiene derecho a disfrutar de todos los bienes del fallecido (usufructo vidual) con la obligación de conservarlos. El usufructo de la cartera son tanto los dividendos como la plusvalías de cualquier venta de acciones. Para vender acciones es necesaria la firma tanto de los nudos propietarios como del usufructuario.

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Exacto, quería decir que no tuve que invertir directamente; el valor de compra es el precio de las acciones el día del fallecimiento, pero cuando veo por ejemplo BBVA con un -20%, pues por un lado pienso que muy mal…por otro lado pienso que no me costó nada, por eso digo que esto puede influir en las decisiones a tomar.
Gracias

Gracia por la respuesta, interesante blog, me lo apunto para leerlo.

Sí, ya sabía que no hay una única respuesta, y es importante tomarlo con calma, no hay que precipitarse.

Tengo bastante claro que quiero una cartera de acciones que den dividendo en efectivo pero que no pierda con el tiempo valor…la cartera actual, con valores con SAN, TEF, BBVA me genera dudas de lo que habrá dentro de 10 años.

Si esta misma cartera tuviera 3M, XOM, JNJ, KO, etc etc no la tocaría nada

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Gracias por la respuesta, espero que también te vaya bien en este tema.
En este caso la cartera ya está repartida, el resto de herederos ya recibieron su parte.
Si, lo del coste 0 no me expliqué muy bien, quería decir que no me costó dinero, pero el valor de compra es el del día del fallecimiento.

Al banco no le voy a hacer ni caso, pero no conozco ningún asesor independiente.

¿sabéis de alguien que pueda recomendar en este tipo de situaciones? ¿Qué tipo de asesorías hacen este tipo de asesoramiento?

Gracias

Si tan claro tienes eso porque no vendes las unas para comprar las otras y santas pascuas?

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