El modelo 720

Gracias JuanVi, perdona mi ignorancia. Con el DNI electrónico solo te hace falta algún aparato conectado al PC?? yo tenía el certificado digital pero me caducó.

Gracias por el ejemplo, aúnque creo que la dirección de la empresa, teniendo el ISIN puesto no creo que haga falta. El ISIN es como una matrícula, no hay fallo de que empresa es. No te pueden decir nada por no poner la dirección o eso creo yo.

Gracias

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Así da gusto.Muchas gracias Juanvi

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Una pregunta más, Interactive Brokers o Degiro, no aparecen por ningún sitio???

Juanvi revisando tu hoja junto con lo que dice la agencia tributaria creo que lo estas rellenando mal. Me explico.

Los "Bienes o derechos con “clave tipo de bien o derecho V o I” , son los que nos ocupan y con la clave de identificación “1” y el ISIN , va mas que sobrado.

Los "Bienes o derechos con "clave de tipo de bien o derecho “C”: es para este tipo de productos:

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes
a la clave C (cuentas bancarias o de crédito situadas
en el extranjero):
1 Cuenta corriente.
2 Cuenta de ahorro.
3 Imposiciones a plazo.
4 Cuentas de crédito.
5 Otras cuentas.

Por eso te pone : “clave de identificación de la cuenta” Codigo BIC, etc… ese apartado solo se rellena si tienes cuentas en el extranjero o depositos y donde pone identificación de la entidad sería el nombre del banco de la cuenta o deposito, y tu erroneamente estas poniendo el nombre de la acción o valor. NIF de residencia fiscal lo mismo, y dirección lo mismo.

Como pone en la agencia tributaria:

CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO.
Se consignará la clave alfabética que corresponda en
función del tipo de bien o derecho que se posea a lo largo
del ejercicio:
• “C”: Cuentas abiertas en entidades que se dediquen
al tráfico bancario o crediticio y se encuentren
situadas en el extranjero.
• “V”: Valores o derechos situados en el extranjero
representativos de la participación en cualquier tipo
de entidad jurídica, valores situados en el extranjero
representativos de la cesión de capitales propios a
terceros o aportados para su gestión o administración
a cualquier instrumento jurídico, incluyendo
fideicomisos y “trusts” o masas patrimoniales que, no
obstante carecer de personalidad jurídica, puedan
actuar en el tráfico económico.

En el caso que nos ocupa:

Solo hay que rellenar Bienes o derechos con “clave tipo de bien o derecho” : “V” o “I”
Clave de identificación y el ISIN y con eso está todo zanjado.

Donde tu has puesto la dirección y nombre de la empresa, esta destinado a bien o derecho tipo “C”, que es bancos, cuentas, depositos, nada que ver con las acciones. No hace falta ni el codigo del pais ni nada, ya que en el codigo isin ya esta puesto USXXXXX (usa).

Revisalo y veras y tiene todo el sentido. Un ISIN es como una matricula, con eso ya se sabe todo de la empresa. No hay dos ISIN iguales. Como tu bien pones arriba, vas a declarar un tipo de bien o derecho “V” por lo tanto, no tienes que rellenar los apartados dedicados a un tipo de bien “C” .

Bueno ya controlo esto, hago declaraciones M720 a 100 pavos. :slight_smile: y las corrigo por 50. jajajaj

La única duda que me queda ahora sería donde esta que el intermediario es INTERACTIVE BROKERS?

Está bien puesto como lo tiene @Juanvi. Yo pongo los mismos datos que ha puesto él aunque todos no sean obligatorios*

Saludos.

  • Lo son por ley pero no en la práctica pues la aplicación de la AEAT no te los exige para poder realizar todo el proceso.
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Eso es, un lector de tarjetas inteligentes que se conecta por usb al ordenador.

No. Solo el país del depositario que es el primer código país que aparece. Si fuera Degiro, en el primero pondría NL y en el de abajo US.

No te imaginas la de vueltas que le di en su día al asunto. No es un tema claro, y en diversos sitios he leído opiniones distintas sobre los campos obligatorios por ley y los dichosos asteriscos.
Al final, decidí guiarme por el documento de dudas de la propia AEAT.

De la pregunta 74 queda claro que sí hay que poner la identificación de la entidad (nombre).
La 72 es la que me traía de calle pues como campos obligatorios comunes pone domicilio de la entidad entre paréntesis. ¿Qué significa eso?
Puesto que rellenar un campo opcional no es un error, sino en todo caso un exceso de información que denota buena voluntad, y dadas las cuantías de las multas, decidí ir a lo seguro y me pasé una divertida tarde de marzo buscando todas las direcciones de mis empresas.
Aunque me has dado una idea y vendo la base de datos de direcciones por 50€ :grimacing:

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Lo tienes todo muy bien explicado aquí:

Saludos.

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He encontrado la respuesta de Ullastres que me decidió a meter las direcciones.

Me acuerdo que me dije, joer, comparado con 360 en páginas en chino o ruso, 40 en inglés son pan comido…

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¡Qué barbaridad! 360 acciones… Y algunos dicen que nos pasamos en diversificación teniendo 50 empresas. Ver para creer.

Saludos.

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IB trabaja con varios depositarios dependiendo de tu tipo de cuenta y de las acciones sean USA, EUROPA, etc…

https://ibkr.info/es/article/2082

“Clave tipo de bien o derecho”
● «V»: Valores o derechos situados en el extranjero representativos de la participación en cualquier tipo de entidad jurídica, valores situados en el extranjero representativos de la cesión de capitales propios a terceros o aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masas patrimoniales que, no obstante carecer de personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico.

“Subclave de bien o derecho”
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave V (valores y derechos situados en el extranjero):

1 Valores o derechos representativos de la participación en cualquier tipo de entidad jurídica.
2 Valores representativos de la cesión de capitales propios a terceros.
3 Valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masas patrimoniales que, no obstante carecer de personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico

“Identificación de la entidad”
● Cuando la «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» (posición 102) tome el valor «V» o «I»: Razón social o denominación de la entidad participada, cesionaria del capital, o entidad encargada de la gestión o administración de los valores, o de la sociedad o fondo patrimonial de las instituciones de inversión colectiva.

Eso pone en el BOE.

Saludos.

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Claro eso es el ISIN.

Lo que pone en el BOE sobre el ISIN.

“Identificación de valores”
Cuando en el campo «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» (posición 102) se haya consignado el valor «V» o «I»

Se hará constar:

El código ISIN, configurado de acuerdo a la Norma Técnica 1/1998, de 16 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Circular 2/2010, de 28 Julio de Diciembre, de la Comisión Nacional del mercado de Valores (supuesto de Campo «CLAVE DE IDENTIFICACIÓN«, posición 131, configurado con valor 1).

Para valores extranjeros que tengan asignado ISIN se hará constar éste en todo caso. En los demás casos, se reflejará la clave «ZXX«, siendo «XX» el código del país emisor de acuerdo con los códigos alfabéticos de países y territorios que figuran en la Orden EHA/3496/2011, de 15 de Diciembre en su Anexo II de la Disposición Adicional primera Anexo II (BOE 26 de Diciembre de 2011) (supuesto de campo «CLAVE DE IDENTIFICACIÓN«, posición 131, configurado con valor 2)

Únicamente se informará este campo si en el campo «CLAVE TIPO DE BIEN O DERECHO» (posición 102) se ha consignado «V» o «I». En cualquier otro caso se informará sin contenido (espacios en blanco).

Saludos.

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Nadie discute que el ISIN identifique a la acción y que podría parecer sensato que fuera lo único obligatorio. No me tenéis que convencer de eso.
Lo que se discute es qué datos exige un modelo que es de todo menos sensato.
En las preguntas y respuestas publicadas por la AEAT que he enlazado antes:

Es decir obligatorio sin cuestionamientos tanto identificador del valor (ISIN) como identificador de la entidad (nombre).

Posible obligatorio para todos los bienes: domicilio, pues se da en la respuesta aunque entre paréntesis. Ahí que cada uno lo interprete como prefiera.

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Tienes razón se puede interpretar de varias maneras pero con el isin y valor no engañas a nadie. Y los dividendos.

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Buenos días,

Voy a dar una vuelta mas de tuerca, tanto degiro como IB dan información de este tipo:

Información destinada a los clientes de DEGIRO relativa al Modelo 720

DEGIRO B.V. es una empresa de inversión localizada en los Países Bajos. Con motivo de la segregación de activos, los activos de los clientes de DEGIRO B.V. están depositados en varios vehículos de inversión(conocidos como SPV).

Para aquellos residentes españoles con inversiones en el extranjero que superen los 50.000 EUR encualquiera de los siguientes grupos:

  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero - Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero

DEGIRO B.V proporciona la siguiente información con el objetivo de facilitar la declaración del Modelo 720 a las Autoridades Fiscales españolas. Por favor, tenga en cuenta que la información relativa al Modelo 720ha de presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del siguiente año.

DEGIRO es una compañía constituida bajo la normativa de los Países Bajos y tiene su domicilio social en la siguiente dirección:

Rembrandt Tower – Planta 9 Amstelplein 1
1096 HA Amsterdam
Países Bajos

El número de identificación fiscal de DEGIRO B.V. es 820866933.

Los códigos ISIN para los activos se pueden obtener directamente a través del WebTrader o a través de otras fuentes. Los códigos ISIN y el resto de información relevante en relación a los fondos monetarios se puede encontrar a través del siguiente enlace:
FundShare UCITS Umbrella Fund

Por favor, tenga en cuenta que DEGIRO no proporciona ninguna información a las Autoridades Fiscales españolas en relación al Modelo 720. Los clientes son responsables de proporcionar toda la información relevante y deberían consultar con su asesor fiscal en caso de que necesiten ayuda para completar estemodelo.

Entiendo por tanto, que en algún apartado deberá aparecer que DEGIRO o IB son los bancos custodios no?? sino que sentido tiene que se ponga esta información. En IB también la tienen, tanto en la declaración del modelo 720 de Juanvi como en otros que he visto no pone nada de el broker en cuestión.

Alguien ??

Ahí se me apuráis debería ir los datos del broker donde están depositados los valores o broker custodio (degiro o IB): Sino porque tanto IB como DEGIRO pasan su NIF y su dirección, si no hace falta ?

Eso sería en el caso de tener que meter la liquidez en el broker (solo si tienes más de 50K total en liquidez, de forma independiente a las acciones)
En el caso de tener solo acciones (solo registros V) el dato del broker no se mete por ninguna parte. Solo el país.

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Chavales, acabo de hablar con un conocido y gran inversor que tengo en Madrid que su cuñada es un alto cargo de Hacienda, y tiene cuenta en IB y Degiro (el es más Value). Y me ha pasado una hoja de como lo rellena y le comentaron que había que hacerlo.

Solo PONE :
Datos personales y clave de valor como nosotros, código país (broker)

Luego solo pone:
Clave identificación: 1 el ISIN

Identificación de la entidad el nombre y código país de la entidad (GB) en este caso porque es valor Inglaterra.

Valoración a 31 de diciembre y numero de títulos.

Ahora me comenta que se han relajado bastante con estos modelos despues de los palos de la UE.
El tema de la divisa dice que según extractos de broker, en Degiro no hace falta.

Le comento sobre la seguridad de los brokers y me dice que no hay que emparaionarse, con el tema de los 20k y 500k . Degiro usa todas sus armas disponibles para que todo esté bien segregado, y no hay ningún problema, el nunca ha mirado esas cosas, para el son los dos mejores brokers que hay.

Y hasta ahí puedo contar.

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Hola a todos, una pregunta, imaginaros que tengo en interactiva Broker’s unas acciones que las tengo tres años y que las he declarado en el modelo 720, de repente traspaso los valores a otro Brocker ING por ejemplo, como se refleja ese traspaso de valores en el modelo 720 al año siguiente o simplemente esos valores no se ponen y ya está?