Proteger el patrimonio de hijos, parejas y familiares

Testamento siempre. También hay que prever el caso de que fallezcan los dos padres e incluso se puede poner una cláusula donde los niños no dispongan del dinero hasta que sean algo más maduros que los 18 años.

También evita papeleos y con el 1/3 de libre disposición puedes dejar más dinero al viudo/a o más participación de la vivienda habitual que casos hay de hijos que quieren su parte.

Abel Marin es un abogado especialista en herencias que tiene varios podcast hablando de este tema y un libro interesante.

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Todo depende de lo que quieras hacer claro, pero salvo que los hijos sean mayores ( hoy en día te diría que rollo 30 años, y aún así te puedes llevar sorpresas) el usufructo para el otro progenitor.

Siempre pongo el mismo ejemplo, oye que quiero vender esto para comprarme un piso, estudiar etc… Cosas útiles vaya, pues se aprueba la operación y ya está. Que es para fundirselo de mala manera, pues no se le da.

También está el tema de legados para dejar vienes de forma individual a cada heredero y lo que sobre en proindiviso, porque al final tener todo a medias puede ocasionarles la discusión de quién se queda qué.

Consejo para herencia NUNCA, NUNCA, NUNCA poner “en pago de gananciales” bienes que se compraron en gananciales que se vayan a vender con mucha revalorización.

En cualquier caso recomiendo que se hable del caso concreto con un especialista.

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Y si no estás casado y no te quieres casar?

Puedes poner al otro progenitor de los niños como albacea de la herencia, por ejemplo? Hasta más allá de los 18 años?

Otra duda que me surge.

Lo dejo todo para mi mujer, oído. He leído que en caso de querer vender hay que ponerse de acuerdo por ejemplo con los hijos??

Si quiero vender una propiedad para por ejemplo comprar otra??

El tema de fondos y cartera, también se deja en testamento?

Recomendación para los hijos? Me refiero, hasta que por ejemplo tengan 20 años, poner un tutor legal (…algún tío…)…para que les gestione todo??

Queremos hacerlo en breve y ir con las ideas “claras”.

Gracias de nuevo!!

Mientras estes vivo puedes hacer lo que quieras con los bienes de los que seas unico titular, sin pedir permiso a nadie

En el testamento puedes nombrar especificamente o no los fondos o poner que todos mis bienes a partes iguales entre mis hijos por ejemplo sin especificar los bienes

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Por lo que he leído lo habitual y mejor es lo del uno para el otro, o conocido como “Cautela Socini”. Ya he leído que mientras vivan no hay problema. El “problema” es una vez fallecido. También quiero meter la cláusula para los hijos mientras sean menores de edad o no sean muy “cuerdos”…

Alguna otra alternativa o algo mejor que añadir/modificar??

Gemini muy amablemente me ha preparado este borrador, imagino que snte notario será más extenso…

Aquí tienes un borrador claro y estructurado. Puedes copiar este texto, adaptarlo y enviárselo a la notaría o llevarlo impreso el día de la cita.

Este modelo se basa en un testamento “del uno para el otro” (con Cautela Socini), que es la fórmula que mejor encaja con lo que hemos hablado.

Borrador para Testamento (Resumen de Voluntades)

Testador: [Tu Nombre Completo]

DNI: [Tu DNI]

Estado Civil: Casado con [Nombre de tu mujer] con 2 hijos menores de edad.

1. Institución de Herederos y Cautela Socini

* Herederos: Nombro herederos por partes iguales a mis dos hijos, [Nombre Hijo 1] y [Nombre Hijo 2].

* Legado al cónyuge: Lego a mi esposa el usufructo universal y vitalicio de todos mis bienes (vivienda, garaje, trasteros, cuentas bancarias y fondos de inversión).

* Cláusula de Salvaguarda (Cautela Socini): Si alguno de mis herederos impugnara el usufructo universal de mi esposa, su parte quedará limitada estrictamente a la legítima estricta. La parte que le hubiera correspondido de más, acrecentará la de aquel hermano que sí acepte la voluntad del testador.

2. Disposiciones sobre los bienes

* Inmuebles (Vivienda, Garaje y Trasteros): Deseo que mi esposa mantenga el uso y disfrute de los mismos mientras viva, sin que los herederos puedan obligar a la venta o división.

* Activos Financieros (Fondos de Inversión): El usufructo se extiende a las rentas y beneficios que generen estos productos.

3. Disposiciones para Menores (Tutelaje)

En caso de fallecimiento de ambos progenitores mientras los hijos sean menores de edad:

* Tutor/a: Nombro tutor/a a [Nombre del tutor propuesto, ej: un hermano o abuelo].

* Sustituto de tutor: Nombro como sustituto a [Nombre de una segunda opción].

* Administrador de bienes: (Opcional) Deseo que el tutor gestione los bienes con la supervisión de [Nombre de otra persona si quieres que el que cuida a los niños y el que gestiona el dinero sean distintos].

4. Cláusula de Administración Extendida (Opcional pero recomendada)

* Deseo que mis hijos no puedan disponer de la plena propiedad de los bienes heredados (especialmente capital en fondos) hasta que el menor de ellos cumpla los 21 o 25 años, salvo para gastos de estudios o salud debidamente justificados.

Notas para el Notario:

* Rogamos revisar la situación de las hipotecas vigentes para asegurar que la transmisión del usufructo no se vea afectada.

* Confirmar que el testamento sea “espejo” con el de mi esposa (ella firmará uno con las mismas cláusulas hacia mí).

¿Qué te recomiendo hacer ahora?

* Llama a una notaría cerca de casa: Solo tienes que decir que quieres hacer un “testamento con cautela socini y designación de tutores”.

* Pide cita para los dos: Es mejor ir juntos para que el oficial de la notaría tome los datos de ambos a la vez.

* Coste aproximado: Os costará entre 80€ y 120€ en total por los dos testamentos. Es un precio fijo regulado por ley.

¿Te gustaría que te aclare algún punto específico sobre la figura del tutor o sobre cómo limitar la edad de herencia?

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Yo no haria lo del uno para el otro aunque es comun (solo si sé que voy a sobrevivir a la otra parte jaja)

Imagina que tienes con tu mujer 2 hijos y las palmas tu primero. La legitima va a tus hijos y ella el otro tercio. Tu mujer en edad reproductiva se vuelve a casar y tiene otros 2 chiquillos. Pues tu tercio que fue a parar a ella que debia ser de tus hijos, tambien se repartira entre los 2 que no son tuyos

Otro ejemplo. Pareja sin hijos. El hombre hereda casa de sus padres que quiere que quede para su familia (hermanos o sobrinos) para que siga siendo de su estirpe. Pues con esa clausula la casa va a la viuda y si se vuelve a casar y tiene hijos vete tú a saber a nombre de quien termina la casa

La viuda queda protegida por el usufructo viudal

No se si me he explicado

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Uhmmmm ya me has jodido… :grinning_face_with_smiling_eyes:

Y lo de el uno para el otro y viceversa y la “nuda propiedad” para los hijos??

Me explico mal. Lo suyo mío, lo mío suyo y en caso de que fallezcamos para los hijos.

Sé que mi padre ha hecho algo así, con la “nuda propiedad” para nosotros…pero me pierdo…es todo suyo mientras viva y cuando fallezca para nosotros a partes iguales. Habría alguna forma de hacerlo así sin poner…si te lías con otro todo para “mis hijos”.

Hay maneras, consultalo con un abogado o directamente al Notario y el te lo aclarará

Lo de la nuda propiedad es lo que te digo del usufructo viudal. La viuda/o tiene el usufructo y lo disfruta y los otros herederos la nuda propiedad y cuando muere pasa a los herederos al completo

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Muchas gracias.

Sí sí lo tengo que mirar. Voy a ir primero a un gestor conocido que es el que ha llevado la “herencia” por el fallecimiento de mi madre más lo que he leído y me has contado…y voy montando el puzzle.

Gracias de nuevo!!

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