Proteger el patrimonio de hijos, parejas y familiares

Abro este post (que no sabía muy bien donde ponerlo) para hacer una consulta un tanto peculiar. A ver si a alguno de vosotros se os ocurre alguna solución.
Resulta que mi cuñado a sus casi 40 años, no ha trabajado nunca, ni tiene intención de hacerlo. Vive del dinero que le envían sus padres.
La pregunta viene porque mi suegro, de edad avanzada y delicado de salud, está muy preocupado por lo que va a ser de él cuando ellos falten. Ya que teme que si recibe la herencia, la malgaste en poco tiempo y se quede con una mano delante y otra detrás.
He visto que para hijos discapacitados existen instrumentos como el patrimonio protegido. Pero, ¿puede existir algo similar para personas “normales”?
Por más vueltas que le doy no se me ocurre un instrumento financiero que sea adecuado para ello. Lo ideal sería algo así como un plan de pensiones privado rescatado en forma de renta. De forma que recibiera algo todos los meses, pero sin poder acceder al total de una sola vez. Pero claro, al estar en paro de larga duración, supongo que podría rescatarlo cuando quisiera.
Otra opción sería dejarle solo la legítima y que su hermana se lo administre, pero crearía un conflicto familiar seguro.
También pensé en nombrar un albacea que gestione la herencia, pero creo que siendo mayor de edad hay poco que hacer.
¿Se os ocurre algo? Creo que también puede ser un tema interesante para proteger a los hijos adolescentes o muy jóvenes en el caso de fallecimiento repentino de los padres.
PD: Está claro que el mejor instrumento es la educación, pero si esto falla… Alguna alternativa?

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Hola, Dalamar,

Se me ocurre una posibilidad de la que he oído hablar pero en la que no he profundizado. Ojo, que igual digo alguna tontería.

Hay productos que te proporcionan una renta vitalicia (tipo hipoteca inversa). Es decir aportas una cantidad (o entregas un piso) que da una rentabilidad en forma de renta mensual para el beneficiario (en este caso el hijo al que se quiere proteger) mientras este vive. El problema es que creo que al final, cuando este muere, el capital se lo queda el depositario (algo tiene que ganar).

A ver si alguien puede dar más detalles.

El producto existe, el problema es que con 40 años es posible que no les intereses como cliente.

Planteate hacerte tú cargo. Tú heredas con el compromiso de pagarle al vago el euribor + un X%.

Igual matas dos pájaros de un tiro. El vago sigue chupando del bote y tú IF.

Este es un tema que me interesa especialmente y que llevo un tiempo pensando. Dalamar con tu permiso expongo un caso que tiene que ver pero con algunas diferencias.
Se trata de mi pareja, legalmente creo que no somos nada sin embargo lo compartimos todo. El caso es que tiene más de un 80% de discapacidad y no es plenamente autónoma.
Interés por el dinero 0 (y bien que hace), Buena como ella sola, demasiado buena, desde siempre lo daría todo y piensa en ayudar a los demás, de echo la gente se acerca a ella porque contagia positivismo.
No sabe administrarse, tiene claro que no se quiere quedar con su hermano porque “no es malo pero la encerraria” (constatado) y yo tengo claro que en poco tiempo no le quedaría ni la gestión de su pensión.
Tenemos hecho testamento (del uno para el otro) y ella tiene en un sobre todas las claves de acceso (que no sabrá usar) al dinero. Creo que es insuficiente por lo que hace tiempo estoy dándole vueltas a hacer otro testamento, para que ella pueda recibir un porcentaje de dinero máximo en función del capital y la edad que tenga de manera periódica.
Mis hermanos y un par de amigos seguro que se harían cargo y ella contenta pero me gustaría tenerlo atado. En fin, que ojala no pase. Lo que quiero es que pueda decidir y tener cierta capacidad económica para con su vida.
Plasmar lo que quiero para que se lleve a cabo me viene muy grande y acepto todo tipo de ideas.

Hola,

Quizás lo que diga ahora sea una tontería, pero a mi lo que se me ha venido a la cabeza es la típica palabra que se oye en todas las películas americanas en casos así: fideicomiso.

Según lo tengo entendido, el fideicomiso es un tipo de contrato en el que una persona pone sus bienes (por ejemplo acciones) y especifica el tipo de uso que quiere que se les den y quien es el destinatario de los beneficios creados por estos bienes (puede ser uno mismo). Esto es un contrato que debe de tener un fin objetivo y unos plazos, pero no veo por que estos plazos no podrían ser indefinidos.

Los bienes los administraría un fideicomisario (en las películas suelen ser abogados). La parte buena es que según tengo entendido, tu controlas las condiciones al diseñar el fideicomiso y si eres un patán o se lo dejas a un patán, los bienes del fideicomiso están protegidos contra los acreedores.

Aquí dejo su link a wikipedia. Link Espero que sirva…

Si el dinero no es problema, la solución podría ser un seguro de rentas vitalicias que es están empezando a poner de moda. Existen dos tipos, con recuperación de capital al fallecimiento y sin ella (como es logico está opción paga mayor renta). Pagas una prima unica dependiendo la cantidad que quieras percibir, al tener 40años seria bastante elevada y pasas a cobrar una pensión que te paga la aseguradora vitalicia.

Muchas gracias a todos por las respuestas. Me están ayudando mucho.

La opción que busca es algo similar a lo que propone Antoniogarcia: “hacer otro testamento, para que ella pueda recibir un porcentaje de dinero máximo en función del capital y la edad que tenga de manera periódica.” Vamos que vaya cobrando poco a poco y no se lo pueda gastar de golpe. (o en tu caso que no se lo puedan quitar).

Tengo que mirar el seguro de rentas vitalicias y la hipoteca inversa. Le veo buena pinta, sobre todo al seguro. Cobraría una renta todos los meses y la penalización por cancelación es tan fuerte que te quita las ganas del rescate. El capital a proteger es un piso valorado en 250k y unos 50k de efectivo. con lo cual las dos opciones están abiertas a falta de investigar condiciones. Tampoco es para hacerlo mañana, pero si para irlo estudiando y preparando.

Económicamente lo mejor sería la opción de Roberto Carlos (básicamente un fideicomiso), pero familiarmente es difícil de vender. Aunque mi suegro estaría encantado que gestionase yo el patrimonio y le pagase una renta, a ver como se lo explicas al cuñado…

Gracias de nuevo.

Hay bastantes maneras, lo que pasa que en muchos casos nuestro C. Civil es ambiguo. Estudie algo en D.Civil Patrimonial (que seria un buen abogado de esta materia al que le podrías hacer la consulta

detallada) y hay figuras que combinadas, dentro de un testamento bien acotado, dan casi la total seguridad de que se cumpla tu voluntad al 100%.

La figura del albacea universal (una persona o mancomunado) y rentas en usufructos (pisos y su renta inversa e incluso con una hipoteca sobre el bien), repartos de la legitima o incluso inversiones en

fondos y acciones (restringida su disponibilidad solo al cobro de dividendos por ejemplo y deshacer un %de la posición al año), si el testamento esta claro es una buena figura.

Te pongo un enlace que explica un poco la figura

 

Pero repito es una figura para deja muy bien hilado el testamento y que el albacea solo deba velar por el cumplimiento de el. Se puede adaptar a vuestros casos.

“o cuando los bienes de la herencia hayan de estar en administración durante u largo periodo de tiempo en espera del cumplimiento de condiciones señaladas por el testador para adquirir la condición de heredero o legatario”

No creo que haya un periodo, solo ha de velar que ese hijo “poco responsable” reciba lo testado en el tiempo (hasta la clausula p.ej. de su propio fallecimiento en el que pasara a sus herederos legitimos…)

Pongo un ejemplo, la casa se reparte entre los hermanos o bien se le da el usufructo a el (o por medio de una hipoteca inversa se entrega ese dinero a una cuenta corriente a su diposicion tras descontar los gastos propios de la vivienda, o una cantidad tasada al mes revisable…)

El resto se suscribe una renta, fondo, hipoteca, liquido…lo que se tenga a bien y se sigue el mismo procedimiento con el “poco” responsable (si hay excedentes pueden quedar para gastos extras, para un reparto anual etc etc)

El albacea puede ser cualquiera, remunerado o no y se ha ce ceñir 100% a lo dispuesto en el testamento.

 

Asi a vuelapluma es lo que se me ocurre, pero ya os digo es algo a mirar muy detalladamente con un abogado que lo deje bien hilado, luego al notario…y palabra de Dios ?

Corregidme si me equivoco, por favor (especialmente Wikthor, que parece que es el que controla del tema).

La figura ideal para el caso que plantea el OP es el Trust del derecho anglosajón, que es lo que permite gestionar el patrimonio legado por el fallecido con las restricciones, usos, beneficiarios y demás indefinidamente. El trust tiene entidad propia (como si fueran una sociedad patrimonial) y, como he dicho, carácter indefinido.

Lo más parecido en nuestro derecho es el Fideicomiso (y así se suele traducir “trust” al español), pero el carácter de éste es temporal. El albacea, o gestor del fideicomiso, gestiona el mismo según la voluntad del testador. Pero, y vuelvo a insistir en que me corrigáis si me equivoco, esta función se acaba una vez que dicho legado se ha repartido y “encarrilado” según dicha voluntad.

De lo que carece el fideicomiso español es del carácter indefinido y de la “personalidad jurídica” y operatividad que permiten los trust anglosajones. Y para el caso planteado en el hilo sería lo ideal: el settlor (testador) lega un patrimonio o trust que lo gestionaría el trustee (albacea), sujeto a las restricciones que haya fijado para la gestión, destino y uso del patrimonio legado, y nombrando a los beneficiarios que el settlor hubiera decidido. Creo que el fideicomiso español no es tan “perfecto” (el trust además puede establecerse para casos diferentes a las herencias, se puede establecer en vida), pero desconozco si puede usarse de manera parecida al trust anglosajón de manera indefinida. Lo que yo tenía entendido es que el fideicomiso es una figura “de transición” hasta que el legado se haya transmitido respetando la voluntad del testador.

Edito: Aquí se explica mejor:

 

 

En este caso, creo que sería conveniente una “herencia condicionada”. Me explico. Le puedes dejar el piso a condición de que nunca lo venda, y que si lo vende el dinero pasará a la hermana.

Y si el padre quiere ser un poquito cabroncete y que su hijo espabile y trabaje, hablaría con el notario para que la herencia fuera un “fideicomiso de residuo” a traves de su hermana.

y no doy más pistas que mis colegas tienen que comer por las consultas. Preguntad a un abogado o notario por la herencia condicionada o por el fideicomiso de residuo

O trastear por internet e informaros

De todos modos, os recuerdo, que no hay que dejar a todos los hijos lo mismo, con dejarles la legitima estricta es suficiente. A mi me sale un hijo vago y cara dura y te aseguro que hereda menos que el resto, y todo muy legal

El albacea puede prorrogarse en el tiempo, la idea es dejar bien atada en y el tiempo las condiciones del testamento:

http://ic-abogados.com/category/la-herencia/

Es verdad q el artículado sajón es más dado a detalles y usos pero por que se basan en eso, la costumbre y fallos judiciales en gran parte(por eso aparecen figuras tan detalladas como el trust)

Pero el C.Civil a pesar de ser muy genérico admite muchas figuras y maneras de manejar la herencia.

 

Lo primero es saber q dejarle y como, luego asesorarse bien, como dice Raúl, ya q no es la clásica herencia nuestra lo q toque y q cada uno haga lo q le de la gana luego.

El problema que plantea es q el pobre hombre no quiere dejarlo en la calle sin nada, si con 40 vive de los padres y su"paga" pues ya a tenido tiempo de emborracharlo y hacerle firmar los papeles de enganche en la Legión.

Quiere dejarle un dinero, renta … Para q subsista.

Muchas Gracias me habéis encarrilado bien. Además es que de todos he cogido ideas y muy buenas. Lo volveré a hablar con mi pareja a ver si le vamos dando forma y luego claro, a un profesional.

 

Disculpa si me meto donde no me llaman, pero, ¿no os habéis planteado casaros?

Nosotros nos casamos, entre otras cosas, porque al no estar casados, muchas decisiones no dependían de la pareja.

A ver si me explico mejor, cuando nos casamos, el señor que oficiaba la ceremonia nos comentó que la semana anterior había casado de prisa y corriendo a una pareja porque al no estar casados, él había tenido un accidente y mientras estaba en la UCI su familia había impedido que ella lo visitara. En cuanto estuvo en planta, echó a sus padres y se quedó ella, pero hasta ese momento, sus padres lo decidían todo.

Espero no haberte molestado.

Hola Kelipe.

Casarnos si que nos gustaría. No lo estamos porque seriamos una unidad familiar (incluso con separación de bienes) y eso le perjudica. El único beneficio estaría en la declaración de la renta unos 300€ anuales en la parte de mobiliario.
Voy mirando la legislación en Andorra y España y de momento cada vez que cambia algo no veo que se cumpla o sea a mejor.
En cuanto a las decisiones, figuramos como autorizados en todos lados y donde no se puede me toca enseñar los Poderes Universales, además de ser universales especifican claramente y remarcan su uso en ese tipo de casos.

Un abrazo.

DECIDIR QUIÉN DECIDE POR NOSOTROS EN CASO DE NECESIDAD.

¿Quién decidirá por mí cuando yo no pueda hacerlo?
Los españoles cuentan con figuras jurídicas ante la incapacitación que les permiten designar un tutor que vele por sus intereses.

¿Qué ocurre si perdemos nuestra capacidad para expresarnos o nuestro juicio se ve afectado? Que nos podemos ver abocados a la incapacitación que, según los expertos, es “la muerte civil” del ciudadano. ¿Quién decide entonces por nosotros?

http://politica.elpais.com/politica/2017/04/29/actualidad/1493483863_206453.html

Un albacea en Spain. En mi pueblo habia unos vagos asquerosos que el albacea les daba la paga cada mes. Para que se gastasen en comida y bebida.