La regla de los dos / doce meses o regla antiaplicación indica que, si se venden valores con minusvalías, no se podrán usar esas minusvalías para compensar otras plusvalías sí:
- Se recompran valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores, en el caso de valores negociados en mercados regulados europeos.
- Se recompran valores homogéneos en los doce meses anteriores o posteriores, en el caso de valores negociados en mercados regulados no europeos o mercados no regulados.
Sí se pueden usar las minusvalías recomprando los valores si:
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Se recompran los mismos valores con diferente titularidad
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V2992-14 de 04 de Noviembre de 2014
Teniendo en cuenta que la titularidad exclusiva y la cotitularidad dan lugar a la existencia de dos realidades patrimoniales diferentes, no cabe considerar como valores homogéneos los suscritos por un mismo contribuyente como titular único o en cotitularidad con otra u otras personas.
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Se recompra el equivalente del par ADR / acción subyacente.
Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0082-17 de 19 de Enero de 2017
A la vista de la definición de valores homogéneos contenida en el precepto transcrito, este Centro Directivo entiende que, si bien los ADR, con carácter general, confieren a su titular los mismos derechos que derivan de las acciones subyacentes, sin embargo resulta claro que no pueden identificarse con las acciones, ya que se emiten por una entidad diferente respondiendo a un propósito específico de facilitar en el país de emisión la inversión en el capital de la compañía extranjera cuyas acciones representan, por lo que no se cumplen las condiciones establecidas en el citado precepto y, en consecuencia no tienen la consideración de valores homogéneos con las acciones.
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¿Se recompra el equivalente del par acción preferente / acción ordinaria?
No confirmado. Pendiente de consulta vinculante.