Aportar a la Seguridad Social una vez seas IF y dejes el trabajo

El tema del convenio lo tengo un poco estudiado (supongo que estamos en casos todos parecidos y en edades similares…), te comento cosas
-hay que simular varios casos. Normalmente interesa un convenio (por qué cifra es cuestión de verlo) durante un buen periodo al principio para poder jubilarse anticipadamente (con la legislación actual) e incluso con penalizaciones sale a cuenta (pues empiezas a cobrar antes). Es cuestión de simular varios casos.
-contad que en el simulador, que voy probando, no está implementada la última parte de cambios legales de Escriva, que entre otros temas, permitía eliminar los 2 peores años pero a cambio te calcula hasta 29 años atrás y no 25 como ahora (así simplificado). Esto a algunos nos puede beneficiar a otros perjudicar (ahora mismo dejarán escoger). Es medida progresiva per calculando que estamos hablando de +10 años ya aplicará toda si no la cambian…
-los PP son rendimientos de trabajo y salvo que se me haya pasado, el convenio desgrava… Por tanto muy interesante poder rescatarlas cuando se tenga convenio (esto dependerá de la antiguedad de las mismas, las de más de 10 años, pq tema de paro larga duración igual tb aplica si somos demandantes de empleo)
-el convenio se tiene que firmar con el régimen último que tengamos.
-el mínimo es el que marca el mínimo del régimen. El máximo es tu última cotización (o la media de los últimos meses, no recuerdo bien). Lo puedes modificar en cualquier momento con un preaviso de un mes o incluso suspender (por encontrar un empleo p.e.)

Saludos

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@Bolseador @rauloffshore Ahora que ha pasado prácticamente un año, y yo estoy empezando a mirar estos temas. Ha cambiado algo en todo este año respecto a las aportaciones al convenio? o algo que en su experiencia debiera ser tenido en cuenta?, saludos y gracias

Hola, mi experiencia es solo por haber ido viendo y realizado alguna consulta a un abogado laboral. Pero veo que no es un tema que sea muy común y hay detalles que se escapan…
Así que recuerde y que creo que no comenté, pero no lo tengo todo seguro 100%:

  • El convenio se puede cambiar respecto a la cantidad una vez al año (dentro de los límites que ya comenté puedes adaptar cada año)
  • Lo puedes suspender si encuentras trabajo a tiempo completo o bajar si encuentras trabajo a tiempo parcial
  • El convenio da derecho a sanidad, asimilado al alta de la SS. Protección muerte y supervivencia e Incapacidad permanente y claro cuenta para jubilación.
  • importante lo que ya dije un poco de pasada: los gastos del convenio reducen la base imponible del IPRF (muy útil para combinar con el rescate de Planes de Pensión o con un trabajo a tiempo parcial)

Una duda con la que me quedé es que si en vez de dimitir pasas a trabajar a media jornada, pero sigues con un sueldo alto (pongamos a máximos de cotización) si la empresa cotiza por ese máximo aunque estés a 50% o divide el máximo por 2 (50%) y entonces tienes que complementar tú. En principio cotiza por el tiempo proporcional, por tanto sería necesario el convenio, pero es una duda que no tengo al 100% clara.
Yo tengo claro que el convenio lo firmaré seguro unos años aprovechando que tengo bastante en planes de pensión que tendrían que tributar en cualquier momento del rescate que combinado con la pensión sería un buen pico de IRPF marginal (no pienso en herencias, yo no tengo hijos)

Si alguien tiene el convenio firmado o lo va a hacer, sería muy útil experiencia directa… Ya nos contarás @Richard1 si es tu caso…
A mi me queda aún un año o más probable dos… más que nada pq tengo un ingreso vinculado a permanencia que le quedan 2 años,… aunque no es una fortuna y siempre hay la posibilidad de pactar… veremos…
Saludos

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No he oido nada nuevo. Sigue habiendo convenios. Lo mejor es que te pases por las oficinas de la Seg Social y preguntes por tu caso