Ese es el riesgo de salirse del sistema. No se de q forma se puede cubrir esa contingencia. Yo tengo un seguro privado de salud q no lo cubre. Supongo q se podria contratar otro tipo de seguro.
Dependiendo de la edad, mientras estés de alta puedes aumentar la base de cotización dentro de un baremo. Antes se hacía mucho eso, los últimos años cotizar lo más alto posible para aprovechar el cálculo de la pensión. Ahora está más controlado y han extendido los años por los que se realiza ese cálculo. Probablemente, acabe computándose toda la vida laboral.
En esto no estoy seguro, pero creo que depende de tus cotizaciones anteriores. No tienen la misma base mínima de cotización los autónomos que los que cotizan en el régimen general.
Yo llevo cotizando con el convenio especial 6 años y medio, y aún sigo así. Es verdad que tal como anda la cosa vamos a ver grandes cambios en todo lo relativo a las pensiones.
Otra cosa a puntualizar es que todas las cotizaciones que se pagan en el convenio especial, más tarde, en la declaración del IRPF se deducen de los ingresos que se tengan, sean dividendos o ganancias patrimoniales por la compra/venta de acciones.
Saludos.
No sé si lo he entendido bien.
¿Si cotizas 3000 € se restan de los dividendos y ganancias patrimoniales que tengas?
¿Si cobras 3000 € de dividendos te devolverían la retención de esos 3000€?
Por favor, q alguien le de oxígeno a CZD’s y le baje los párpados, corre riesgo de parálisis sorpresiva y q el símbolo del $ se le quede grabado en las pupilas para siempre
Un saludo.
Demasiado tarde
Pero es que, si es así, con esto y un par de minusvalías bien afloradas se abre un mundo de posibilidades…
Pues sí, son fiscalmente deducibles pero de las rentas del trabajo (pero como ya no trabajas…). Ya con esto si se puede aplicar a las rentas de dividendos y plusvalias de acciones igual me planteo seguir cotizando si llego a la IF (soy Autónomo y pensaba dejar de pagar a la Seg. Social)
Gracias por la información Kanguro, el saber es dinero.
Os dejo el enlace:
y como dice CZD, se abre un mundo de compensar plusvalias con las cotizaciones jajaja
Entonces, ¿los reembolsos del plan de pensiones sí serían 100% deducibles con las aportaciones al convenio especial? Esto abre una nueva perspectiva a los planes de pensiones en el tiempo entre la IF y la jubilación
Sí, y entiendo que también aplicaría para los alquileres, que también van a la base general, ¿no?
En mi caso, siendo IF, y con ingresos nada mas de dividendos y plan de pensiones, se deducirian imagino de las rentas del plan de pensiones, q estan consideradas como rentas del trabajo.
Siendo asi, ya le veo alguna ventaja mas.
Pues si, esta es mi situacion y me afecta a los calculos q estaba haciendo
Copio parte de un post de @luismiaprendiz, con tu permiso, en el hilo Se acerca España a la quiebra/rescate.
“Un ejemplo que puede ocurrir es que:
Cambiará la ley para subirles el IPC a los pensionitas pero a los que entren de pensionistas a partir de 2025 no van a cobrar más de 1500€ porque le voy a contabilizar para la pensión hasta los índices de audiencia.”
Si ocurriera esto, cotizar a la SS no me serviria de nada.
La verdad es q en este pais poco se puede planificar con antelacion por q te lo pueden cambiar todo en un momento y te destrozan.
Pues yo tengo sensaciones encontradas. Por un lado lo veo como Luismi, pero por otro pienso que no sé quién va a contribuir al sistema si eso pasa.
Es decir, a los primeros les / nos pillarán. Pero en el momento en que se vea que has cotizado para cobrar 2.500 € al mes y te dan 1.500 porque tienes 1000 € de dividendos por ejemplo… la gente dejará de ahorrar para generar esos 1000 € o dejará de esforzarse para tener un trabajo que les garantice una pensión digna futura.
Y eso me lleva a pensar que no pasará o que pasará de una manera tan gradual que casi no nos enteraremos.
Hola Kanguro, segun mis calculos, la cuota q me saldria a pagar a la SS por la base minima serian 279,32. Eso multiplicado por 12 serian 3.351€ q se restarian en el IRPF de las rentas del plan de pensiones.
Eso te permitiría rescatar los planes mucho más rápido (sería como tener 3.351 € exentos) y poner el dinero a funcionar antes. Eso también cuenta…
Además, ahora que se pueden rescatar los PP al cabo de 10 años de la aportación no hay que justificar paro de larga duración u otra contingencia.
Yo tengo 43 años y aún me queda para estar como @miguel_angel_sanz pero lo que si me reafirma es en aportar al PP por lo que pudiera pasar
Estoy como tú, fran. Misma edad y, en mi caso, este año me he abierto un PP, primero por rebajar la factura fiscal (otro autónomo) y luego porque se pueden rescatar al cabo de 10 años por lo que si dentro de esos años, mis divis no me dan el margen de seguridad que le pido a la hipotética IF, siempre podría tirar de esas primeras aportaciones al PP. Si encima, después de este enriquecedor debate, veo que las aportaciones a la SS serían deducibles de esos cobros del PP pues miel sobre hojuelas. Eso sí, suponiendo que no cambia nada o que cambia a mejor, que ya es mucho pedir…
Un saludo.
Pues si, a la hora de decidir cual sera mi renta mensual del plan de pensiones lo tendre en cuenta.
Es que a mí, me salen sarpullidos sólo pensar en darle más dinero a un mal gestor.
Yo llevo cotizando unos 20 años. Todo ese dinero, además de ya no estar, ¡¡¡es que han pedido prestado!!!.
A no ser que un ente superior me haga ver la luz (reconozco que tengo los ojos cerrados), yo para el largo plazo no lo veo, si te faltan pocos años con el sistema actual, si, pero si no es así, lagarto lagarto.