Declaración de renta / IRPF

Hola

Perdona que vuelva a preguntar otra vez, pero revisando un poco mas el informe anual de degiro he visto los movimientos que hace degiro en el tema del Split con Apple

Yo compro Apple el (Dia 17-4)
El dia del Split degiro Vende Apple (Dia 31-08)
El mismo dia del Split degiro hace una compra de Apple aplicando el Split (Dia 31-08)

Como hace una venta, tengo una ganacia patrimonial y eso es lo que aparece en el informe de degiro.

Lo comento para saber si es proceso habitual cuando las empresas hacen Split y si efectivamente no tengo que declarar nada en la renta (teniendo en cuenta que realmente ha habido una venta de acciones no realizada por mi pero si por degiro y por lo tanto aparece en el informe)

Muchas gracias

Un saludo

No tienes que declarar nada de nada. Si en el momento del split tenías una acción de Apple con un precio de compra de 200$ pasas a tener 4 acciones con un valor unitario de 50$.

Los informes de Degiro hay que cogerlos con pinzas

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Muchas gracias ruindog

Aclarado el asunto

A seguir mirando dudas de la declaración.

Un saludo

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Lo último que querría sería generarle incertidumbre o duda a nadie, pero es que leyendo la duda que plantea @Saske80 no puedo evitar que me surjan dos cuestiones inmediatas.

La primera, que evidentemente todos estamos de acuerdo en que el movimiento de Apple es un Split y por lo tanto no hay que declarar movimiento alguno, pero, llegado el caso de necesitar acreditar los datos declarados en la declaración también todos hemos estado más o menos de acuerdo en que serían los papeles del broker los que valdrían para ello. Y De Giro estaría informando mal en este caso. Si bien la probabilidad de que AEAT requiriese acreditar un movimiento sobre el que no tiene información alguna es remota.

Y la segunda cuestión, que a mí sería la que más me comería la cabeza. El hecho de que para ajustar el Split en cartera haga ese apunte de venta-compra me genera la duda de si realmente lo que tengo en cartera son acciones de Apple o De Giro me está apuntando acciones cuando en realidad las posiciones son creadas mediante derivados o cualquier otro producto sintético. Ejemplo para ello está el tema de las fracciones, así que a mí descabellado del todo no me parece pensar así.

Y repito, que no es intención generar incertidumbre gratuitamente, pero es que estamos siempre dándole vueltas a todo para intentar hacer crecer, o al menos mantener, el ahorro en cartera y que el esfuerzo valga para algo y luego llega un broker y en un mal día te pinta la cara.

Un saludo.

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Aquí a mi me gusta pensar que la AEAT estará informada de los movimientos del mercado, y que por mucho que el bróker marque o apunte unos movimientos “indebidos”, si se les explica el motivo, tendrán a bien darte la razón.
En este caso en concreto, la AEAT sabrá que appl realizó un split y que Degiro lo está referencia de esa forma.
O eso me gusta pensar…

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Hola a todos. Un par de dudas:

  • A la hora de incluir como gastos de administración y depósito (casilla 0029) los gastos de conectividad a mercado de DEGIRO, ¿únicamente incluyo los mercados de los que he cobrado dividendos o puedo incluir todos los mercados en los que tengo acciones?

  • Solo puedo incluir los gastos de comisión de compra si he realizado alguna venta ¿no? Si solo he hecho compras entiendo que no puedo.

Gracias de antemano!

A la primera, los gastos de todos los mercados en los que operas.
A la segunda, no puedes, cuando vendas, ya podrás.

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Mil gracias @Cerri2!

Hola

Estoy con los dividendos y estoy un pelin liado.

He hecho búsquedas y leído algunas cosas que me han sido muy útiles, pero pongo mi pregunta para tener claro que poner.

Tengo dudas a la hora de calcular las retenciones de los dividendos del broker.

Tengo dividendos USA (Retención 15%), Suiza (Retención 35%), Irlanda (Retención 25%)

Mi Excel y el Informe del broker, se me va 1 Eur sus cálculos con los míos con las retenciones, pero según he leído estos datos hay que calcularlos a mano y no meter las retenciones del 25% y 35%, solo hasta el 15%

Entonces tengo la duda de coger mis Ingresos brutos por dividendo y multiplicar por 0,15 y ese dato meterlo en la casilla 0588 Impuesto satisfecho en el extranjero. Y no hacer mas calculos

(Asi lo explican el IPP https://www.invirtiendopocoapoco.com/dividendos-en-la-declaracion/)

Muchas gracias y espero que se entienda la pregunta con las vueltas que le ha dado a lo mismo

Un saludo y muchas gracias

Esta es mi hoja excel con dividendos españoles y extranjeros. A ver si te sirve de ayuda…

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Hola corsario

Buenísimo Excel👌

Te pido permiso para copiartelo tal cual las explicaciones y todo :wink:

Según entiendo con tu Excel tu pones tus cálculos del mismo y no los que te pone el broker.

Me voy a poner ha hacer calculos y a ver como quedo

Muchisimas gracias por tu ayuda

Un saludo

Buenas noches, me surge una duda aunque creo que la respuesta es que no. Las comisiones por traspaso de valores de un bróker a otro, ¿se pueden meter en gastos de administración y depósito? Muchas gracias, un saludo.

Gracias Saske80, se puede copiar sin problema.
Las retenciones, títulos y tasa bruta los cojo obviamente del extracto del broker.
El bruto a veces varía ±0,01€ así que lo ajusto con el extracto.
Utilizo el ISIN para obtener ‘Retenciones España’, ‘Rendimientos netos reducidos extranjero’, ‘Retención extranjero’ y ‘ExcesoRet’.
Saludos

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Hola,
No, hay una consulta vinculante donde confirman que no.
Si luego tengo un hueco, te pongo el mensaje del foro con el enlace.
Saludos

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Muy bien, muchas gracias. Un saludo.

Hola

Yo tengo DEGIRO y que yo sepa no da un apunte individual sobre cada dividendo, los pone todos juntos en los movimientos diarios y a veces es un poco lio saber exactamente si un movimiento es o no es del dividendo…

Gracias

Un saludo

Hola

Tengo una dudilla mas jeje

Tengo una Venta De PUT que hice la operación el día 6/11/20 y vence el día 18/06/21. Por esa operación me ingresaron un dinero en mi cuenta (En el informe anual el Broker DEGIRO no tengo ningún apunte)

La duda es si tengo que ponerlo en la declaración este año o el año que viene?

Muchas gracias

Un saludo

Las opciones se declaran en el año en que se cierran. En tu caso como sigue abierta no declaras nada en 2020. Si te la hubieran ejercido en 2020, aunque expirase en 2021, entonces si tendrías que declararlo.

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Muchas gracias Tracker

Una cosa menos para la declaración.

Ya lo tengo casi todo

A seguir con la declaración un poco más

Un saludo

Hola a todos;

Antes de nada, daros las gracias por todo lo que comentáis en este hilo del post. En una situación como la mía, me está viniendo de perlas para intentarlo por mi cuenta a la vez que pido la devolución del pago de los 300€ por una declaración “de doble imposición” (como lo llaman ellos para hacer referencia a una declaración más complicada) que está siendo un auténtico desastre. No me quejo del precio, de hecho elegí el presupuesto más caro porque, se suponía, estaban especializados en este tipo de declaraciones. Dado que es la primera vez que tengo acciones, quería pagar y dormir tranquilo (de hecho, casi me iba a costar más la declaración que los dividendos EEUU cobrados).

Tras 3 intentos de borradores con fallos clamorosos, que considero básicos: deducirme todas las comisiones que aparecen en el extracto de IB (cuando, entre ellas, aparecen las de compras), deducirme como gasto todas las comisiones de ING (de las compras de acciones), no deducirme los gastos de las ventas de los derechos de suscripción… Y ahora, en el último borrador, veo que me han metido los dividendos EEUU en el apartado: “Rendimientos procedentes de rentas que tengan por causa la imposición de capitales” que, según veo, son ingresos provenientes de rentas vitalicias o seguros.

Para más inri, se habían olvidado de aplicarme una deducción concreta en mi actividad económica cuya diferencia ha sido de devolverme 5€ a devolver una cantidad de cuatro cifras. Una deducción que yo no tenía porqué saber sobre su existencia (la descubrí de rebote hablando con un amigo que se la aplicó el año pasado) y cuyo dinero se habría perdido si no hubiera tomado la decisión de perder un tiempo revisando la declaración.

Y me da coraje porque todo este tema lo querría haber finiquitado en mayo pero, entre que tengo que buscar hueco para revisar las nuevas versiones y que la asesoría no es que sean muy rápidos respondiendo, ya me estoy viendo la fecha de final de plazo demasiado encima.

Tras este último borrador, el cabreo que llevo encima es tan monumental y la inseguridad que me transmite es tan grande que he decidido cogerme este hilo, remontarme al 2020 y leerme unos cuantos cientos de mensajes para intentar entender los diferentes intríngulis de la famosa declaración por “doble rentención” por la que han cobrado lo que han pedido. Finalmente, voy a pelear el pago que ya les he hecho y, como digo, intentar hacerla por mi cuenta. A estas alturas, creo que me fio más de mí mismo (sin tener ni idea) que de la propia asesora… veremos cómo acaba :frowning:

Después de desahogarme un poco en el foro, os comento. Hay una cosa en concreto que he visto mencionada en alguno de los mensajes pero de manera muy tangencial y sin entrar en detalle. ¿Cómo se declaran las comisiones por el cambio de moneda que me aplican cada vez que paso los € a $ en IB? Suelen ser de 2$ pero no sé muy bien si estos me los puedo deducir o los tengo que asumir como pérdidas.

Sólo he encontrado un estupendo mensaje de @paulshirley (Declaración de renta / IRPF - nº 2156 por paulshirley), donde habla de una casilla 1626 y un FX Income Worksheet que no sé muy bien qué documento es. He ido a la casilla 1626 para ver qué había en ella, he aplicado la opción 5 pero, después, no sé muy bien dónde tengo que poner las comisiones del Fórex o, si bien, tengo que registrarlo operación por operación.

¿Alguien podría darme algún hilo del que tirar sobre este tema?

Muchísimas gracias a todos los que me puedan arrojar un poco de luz a este tema.

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