Doble imposición si eres residente fiscal en otro país

Hola compañeros.

Llevo muchos meses intentando aclarar el tema de la doble imposición con mi broker ING, pero parece que allí nadie se entera de nada, y yo mismo ya estoy bastante confundido…

Soy español residiendo en Suiza, pero tengo abierta una cuenta de no residente en ING Direct españa. Ellos ya poseen mi certificado de residencia fiscal extranjero, mi DNI español y toda serie de documentación que verifica que soy español, pero vivo fuera.

Siendo mi país de tributación Suiza, me enfrento al problema de una “triple” imposición al recibir mis dividendos. El país de origen me retiene lo pertinente, El Broker ING me retiene como “retención de destino” y además, tengo que declarar estos dividendos al hacer mi declaración en Suiza.

Mis preguntas, por si podéis ayudarme:

  • Qué necesitaría para que la retención en destino “españa” sea siempre 0% para mis acciones en UK, Francia, US, etc, siendo que el origen es el país mencionado, y la retencion de destino debería ser suiza?

He llamado mil veces, y abierto mil incidencias, pero no han sabido ayudarme hasta ahora…

Gracias!

Una opción bastante directa sería cambiar de broker.

Si no estoy equivocado (pero que alguien lo confirme) brokers como Interactive Brokers o De Giro no retienen nada en destino.

Otra opción sería contratar un broker suizo, que sólo retenga en origen y en Suiza.

“Convencer” a ING de que no haga lo estándar que hace con todos sus clientes me parece complicado.

Igual si te abrieses cuenta en ING Suiza en vez de ING España podrías ahorrarte el 19% de ING España.

Supongo que habrá motivos por los que no haces esto. Luego ya lidiarás con la retención suiza al hacer la declaración de IRPF que tengáis en Suiza.

Gracias a todos… Originalmente lo hice porque vivía en España… y después nunca pensé que iba a ser tan complicado que me tramiten algo que por ley me deberían tramitar.

Creo que tenéis razón, y ya va siendo hora de cambiar de Broker.

Alguien podría confirmar que Degiro o IB no cobran retenciones en destino?

Confirmado

Retienen el 19% de las españolas, que para los residentes españoles es destino y “devolvible” en la renta, pero en tu caso también sería origen.

Confirmado en el caso de Degiro. Sólo practican la retención en origen.

Gracias a todos. Visto lo visto, ya sé lo que tengo que hacer entonces.

Saludos!

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Una pregunta para aquellos españoles que tienen residencia fiscal en el extranjero, ¿alguno ha rellenado el formulario 030 de hacienda para comunicar el cambio de residencia fiscal?
Llevo ya mucho años fuera y me acabo de enterar…
Por lo visto se debe comunicar dentro de los 3 meses después de producirse el cambio.

Puedes comunicar el cambio de residencia fiscal en cualquier momento.

Conozco casos de comunicación con más de 15 años de retraso y lo aceptan sin problemas.

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Aunque sea un poco off-topic me ha picado la curiosidad. ¿Se sigue haciendo lo de inscribirse en el consulado de España cuando te vas a vivir a otro país?

Nosotros en USA no lo hicimos (y nadie nos dijo/ha dicho nada), pero los funcionarios que conocimos allí, todos lo hacían por el tema del seguro médico(están cubiertos como aquí).
Supongo que habrá que ver cada caso (temas fiscales).
Un saludo.

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Hasta donde yo sé, es necesario:

  • Baja censo municipal en España y alta en el municipio de nueva residencia.
  • Inscripción en el registro consular, para constar como ciudadano español residiendo en el extranjero (importante para participar en el censo electoral, por ejemplo, o para recibir asistencia consular, justificar la condición de no residente en España etc)
  • Alta en el organismo fiscal del .pais de emigración y así tramitar la baja en la agencia tributaria española.
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Recuerdo haberme inscrito en el registro consular en USA pero nunca le comuniqué nada a la AEAT.

Pagué mis impuestos al IRS durante cinco años y al regresar a España, como lo hice sin trabajo, tenía incluso derecho a una especie de subsidio para el emigrante retornado

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Según mi experiencia, no se exactamente la utilidad de la comunicación y me explico.
Entiendo que si comunicas por el modelo 030 dicho cambio de domicilio, en tu ficha actual debería constar esa modificación cuando entras en la web de la AEAT y en tu perfil. Yo comuniqué debido a que el intermediario financiero se supone que informó a Hacienda de mi residencia actual en el extranjero pero…no sé cómo contrastar que el cambio fue realizado con éxito (cuento con el PDF descargado de la presentación del modelo) ya que como comento en mi perfil no aparece modificación alguna.
Conclusión: Cuanto menos sepa la Administración mejor. No parecen que estén al tanto al menos para pobres patrimonios.

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Interesante pregunta

Pienso que el porcentaje de personas inscritas es mínimo así de primeras, salvo que necesites algún documento oficial por el que no tenga uno más remedio que inscribirse.

Yo era más que nada para probar a pedir la devolución de lo que pago demás sobre las acciones españolas (19% → 15%).

Te entiendo perfectamente.

Mi idea era también reclamar cierta retención (mínima) e intentar recuperarla (para una comida familiar en restaurante :sweat_smile:) pero…no me he atrevido a presentar ningún modelo más :rofl:.

Iré viendo a futuro. :relaxed:

Si en mi caso también son sólo 200-300€, pero me fastidia enormemente regalárselos para que los gasten en tonterías.

¡Ahí le has dado!

Esos € que no son demasiados pero que fastidian que se queden en “manos” ineptas.

(Yo antes reclamaba y me lo devolvían. Estaba fatal hecho, entiéndeme, y por lo tanto la conciencia siempre en vilo por si venía o viene el coco pero desde dicha “comunicación” comentada…y sin encontrar consejo fiable…que les aproveche).

No he encontrado consejo fiable al respecto.

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