El modelo 720

Sí, yo también voy a poner US porque es lo mismo que he puesto antes y además me parece que con la legislación vigente ambas cosas son válidas. Pero no creo que se pongan tiquismiquis con eso, está claro que no hay intención de engañar u ocultar ni cambia nada de lo que tienes.

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Tal cual. Así lo hago yo también. Cada año foto de la cartera a 31 de diciembre y listos.

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También lo he presentado completo. No siquiera miré lo de si había superado o no los 20.000€.

He puesto todas las acciones de IB con Irlanda como país. No recuerdo qué leí pero me parecía que era lo correcto.

Un motivo más para presentar la declaración completa, pasar las posiciones de USA como país custodio a Irlanda.

Saludos

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Está todo el mundo presentando el modelo 720.
Pero…
¿alguien sabe si ya han hecho la modificación de la legislación?
¿Han publicado en el BOE?
Mira que tienta eso de los 200€…

Me quedan 20 días para decidir.

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Estás como yo. El año pasado lo hice poco después de Reyes y este año … igual era bonito ™, ir a Hacienda y meter 200€ en un sobre con tu DNI y 720 escrito en grande, y dejarlo en admisión de documentos, diciendo pagar multas es bonito ™.

  • TM: TRADEMARK.
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De esta forma, se mantiene la declaración informativa con los parámetros clásicos de la Ley General Tributaria. Esto implica que las sanciones por incumplir una declaración informativa, como marcan los artículos 198 y 199, pasan a ser de 200 euros por no presentarla y de 150 euros por hacerlo de forma incorrecta. En cuanto a la prescripción, será de cuatro años, de cinco para el delito fiscal y de 10 para el delito fiscal agravado.

Saludos.

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Muchas gracias Madelman, muy buena noticia.

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Pues como ha dicho IFRC en algún lugar del foro, tóma 200 euros y deja que me siente a verte la cara mientras me río. Bueno, no ha dicho eso pero yo lo entendí así.

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Mi Mi Mi Mi :laughing:

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Pero igual te multan por cada activo que no presentes, entonces te subirá un poquito.

Ahora, parece que no suman multas de datos incorrectos.

Ahora, el procedimiento da más gastos que ingresos.

Cuándo eliminan el 720?

  • En 1 año
  • En 2 años
  • En 3 años
  • En más de 3 años
  • NUNCA
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La función del 720 es complicar la operativa y sobretodo dar miedo .

En el momento que las multas son asumibles, pierde el principal objetivo, pues la mayoría de los paises remiten las cuentas a hacienda de lo que los contribuyentes tenemos en el extranjero.
Los que usan cuentas opacas y/o paraísos fiscales van a seguir sin informar a Hacienda.

Por todo esto mi “educated guess” es que se aguantará el formato unos años(3 o más) para no reconocer la derrota y acabará derogado o como el D6 restringido para grandes inversores.

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Además la diferencia entre hacerlo bien y mal es tan pequeña que compensa poner cosas sin esforzarse mucho, en un par o tres de horas y que hacienda haga el esfuerzo de verificarlo todo. Si no la haces, triangulan con la declaración de la renta y lo tienen fácil para pillarte y cascarte 200€ en un click.

Para endiñarte los 150€ tienen que abrirla y dejar el café para otro momento. Si aparenta estar bien hecha no van a trabajar.

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https://twitter.com/alejandrocampo/status/1501818707949064192?t=ml2EOrXNHnJu80jOX2dNBQ&s=19

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Hola, este tema me echaba para atrás en el pasado por el miedo a las multas.

Actualmente el D6 ¿ya no sería necesario presentarlo?
Realmente si hay problemas en el 720 la multa serían esos 150€?

Si es así voy a empezar a estudiar abrir la cuenta en IB :slight_smile:

Saludos y gracias

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Si, con el D6 los 40.000 declarantes los sepultamos en papel. Yo mismo recibí una llamada del ministerio la misma mañana que publicaron la corrección en el BOE. Un día inolvidable.

Sigue siendo necesario presentarlo si tienes un 10% o más del capital social de la empresa (hablo de memoria).

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Tengo una duda con respecto al modelo 720. Tenía claro que si no incrementaba el valor de cartera más de 20.000€ no necesitaba presentar el modelo. Pero leí en un documento explicativo que si haces alguna venta ya estás obligado a hacer el 720.
¿Es eso correcto? En caso de ser así. ¿Basta con declarar las ventas o hay que declarar toda la cartera?

Aquí tienes toda la información.
Si tienes dos ventas hay que cubrirlo. Y por supuesto toda la cartera a día 31 de diciembre.

No te queda mucho tiempo… el último día de este mes se acaba el plazo.

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Muchas gracias @Jaguar39

Hola.

Las ventas hay que ponerlas en el 720???

Tenia entendido que solo las posiciones abiertas a fecha 31/12…

Un saludo