Personalmente no veo nada alocado aprender a usar una interfaz. Es el pan de cada día de cualquier persona que navega por internet. Algunas son más amigables que otras, pero eso no impide que consigamos adaptarnos.
En el peor de los casos si consideras que tus herederos no serán capaces de pelearse con el Broker nada mejor que dejar un USB con todos los datos necesarios para entrar a IB + un video tutorial sobre que hacer en caso de que suceda lo peor. Demorará poco tiempo y te libera de esa preocupación.
Mejor vivir cómodo con un broker barato y competente que ir al menos bueno solo por temor a lo que sucederá seguramente a décadas vista.
Más que la plataforma en sí me preocupa más el tema de si la herencia se pudiera complicar al no ser un broker de la Unión Europea. ¿Se regiría por las normas de aquí o tendríamos problemas con la hacienda americana? Si alguien sabe sobre el tema agradecería que nos ilustrara.
( Todavía no soy cliente de IB)
Muchas gracias por la información. Yo supongo que dentro de la UE será más amistoso ( es una suposición mía sin ningún fundamento).
Los americanos tienen particularidades respecto a los impuesos, recordad que siempre se ha de firmar que no eres residente fiscal USA.
Una pregunta, pues hace tiempo que no transfiero dinero a IB. ¿Qué país de destino de la transferencia ponéis, Alemania o Irlanda? Entiendo que Alemania, antes lo ponía así, pero…
En la información a facilitar me pone esto:
Buenos días compañeros,
¿Tenéis acciones españolas en I.B.? Tuvisteis algún problema para la declaración de la renta por la retención de los dividendos. I.B. supongo que los anota como retención de origen y nosotros debemos declarar los dividendos como retención de destino.
Es que tengo las acciones españolas en Self Bank, y el problema es que hay que hacer compras grandes, debido a las comisiones para que te salga a cuento.
Alguien me puede ayudar.
No estoy de acuerdo con @luisma
IB retiene para empresas españolas el 19%, este es el valor que se pone junto con los dividendos brutos totales en la casilla 29. En la casilla 588 se pone de las no españolas el total y retención hasta un máximo del 15%, el resto habría que reclamarlo al país de origen.
Me uno a la consulta:
¿Algún problema con las acciones españolas en IB?
Y realizó otra:
En numerosas ocasiones he leído que se evite tener la misma acción en dos bróker.
Yo empecé en Selfbank y me gustaría ampliar alguna de las posiciones que allí tengo en IB: primeras compras en un broker y el resto en otro. Vendería primero toda la posición de Selfbank llegado el momento. ¿Qué problemas habría?
Descartó traspasar por el momento.
Aunque te retengan el 19%, la hacienda española no percibe esta retención por eso hay que poner 0. Mucho cuidado con esto. Como todos los años los inversores con estos brokers suelen tener requerimientos por la doble imposición, entre los cuales me incluyo. Hacienda me ha aceptado siempre la justificación de declaración de dividendos y su doble imposición.