La norma antiaplicación o regla de los dos o doce meses

Buenas tardes a todos,

Respecto a este tema he estado buscando pero no he encontrado la consulta a la que hacía referencia el compañero.

¿Alguien, en base a su propia experiencia, podría confirmar si la regla de los dos meses aplica a las empresas americanas y europeas?

En mi caso estoy pensando en vender TROW y LVMH para aflorar pérdidas y recomprarlas después, pasados al menos dos meses.

Gracias de antemano por vuestras respuestas,

Un saludo

Y entonces en las inglesas también son 2 meses?

Una pregunta de la regla de los 2 meses que no queda claro.

Tengo varias compras de DIAGEO, todas con minusválidas. La última el 6 de noviembre. Si vendo toda mi posición antes de fin de año, y no vuelvo a comprarlas, para comprar el ADR.

¿Puedo imputar las plusvalías en la renta 2025 aunque haya hecho la última compra hace menos de 2 meses?

Serían diferentes valores con diferentes ISIN, podrías perfectamente imputarte las pérdidas

Opiniones sobre generar minusvalias con KMB y comprar Kenvue, así que cuando se produzca la fusión seguir dentro. Que os parece?

Hay que venderlas todas, eso es lo importante. Y comprar el ADR :slight_smile:

Buenas, la regla de los 2 meses aplica también para acciones americanas? Me estoy planteando vender lyb para generar pérdidas y recomprarla a los 2 meses si no sr ha disparado..

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Te dejo 2 consultas vinculantes: V0951-25 y V0778-25

En teoría son 2 meses. Luego que hacienda te pida más datos y le tengas que recordar esto es una cosa que te puede pasar.

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lo que me ha puesto copilot:

Sí, también se aplica a las acciones del Reino Unido.

Si eres residente fiscal en España, la regla de los 2 meses del IRPF se aplica a todas las acciones, con independencia de que coticen en:

  • :spain: España

  • :denmark: Dinamarca

  • :united_kingdom: Reino Unido (LSE)

  • :united_states: EE. UU.

  • :globe_showing_europe_africa: cualquier otro país

La clave

La norma no depende del país de la empresa, sino de:

  1. Tu residencia fiscal (España), y

  2. Que sean valores homogéneos (las mismas acciones, mismo ISIN).

Qué ocurre exactamente

Si vendes acciones del Reino Unido con pérdidas y:

  • has comprado esas mismas acciones en los 2 meses anteriores, o

  • las recompras en los 2 meses posteriores,

:backhand_index_pointing_right: no puedes compensar esa pérdida en ese momento en tu declaración de la renta española.
La minusvalía queda bloqueada hasta que vendas las acciones recompradas respetando el plazo.

Ejemplo rápido

  • Vendes Unilever (UK) con pérdidas el 10 de marzo

  • Recompras Unilever (UK) el 30 de abril
    :right_arrow: Regla activada → la pérdida no es deducible todavía

Brexit: ¿cambia algo?

:cross_mark: No cambia nada a efectos de la regla de los 2 meses.
El Brexit afecta a otros aspectos (retenciones, convenios, operativa), pero no a esta norma del IRPF español.


Resumen final

: acciones del Reino Unido, igual que las danesas o estadounidenses, están sujetas a la regla de los 2 meses si tributas en España.