Rebuscando leyes, y descendiendo a lo ultimo de la base de la pirámide encontré la Norma técnica 1/2010, de 28 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre valores negociables y otros instrumentos de naturaleza financiera, y sobre estructura de los códigos.
Dice así: “Emisión: Conjunto de valores emitidos por un mismo emisor y homogéneos entre sí por formar parte de una misma operación financiera o responder a una unidad de propósito y por atribuir a sus titulares un contenido substancialmente similar de derechos y obligaciones.”
Es decir que si hacemos legislación inversa y lo leemos, resultará que no es homogéneo si no pertenece a la misma operación, o no responde a una unidad de propósito o no atribuye contenido similar en derechos y obligaciones.
Bueno, parece que vamos bien. Pero ahora hay que hacer hermenéutica global, y pensar ¿para qué se creo la norma de los dos meses?.
Si os fijáis la mayoría de la gente se lía con esta norma porque no entienden la finalidad de la misma.
Veamos, cuando se creó lo que Hacienda buscaba era evitar la integración de las pérdidas patrimoniales cuando el patrimonio del contribuyente permanezca constante. Así de simple. Un Patrimonio Constante en un Plazo Determinado es la base legal de todo esto, y entiendo que ese es el concepto (Patrimonio Constante) que habría que destruir para hackear a Hacienda con la norma de los dos meses.
Lo demás es parchear, y te podrán pillar o no, incluso lo mismo tienen algún agujero en sus sistemas de identificación y cuela. Pero si les salta la alarma siempre podrán decir que se trata de la misma emisora (empresa) y que el ISIN es un código internacional de identificación, pero hay otros como por ejemplo el AII y alguno más.
Vamos que, podrían decir, Ud tiene un numero de DNI y otro de Pasaporte pero Ud es la misma persona. ¿Veis lo que quiero decir?…. Ud tiene varios ISIN pero es el mismo Patrimonio Constante y son valores homogéneos, es la misma acción vendida en diferentes mercados.
Para ganar un hipotético juicio habría que probar que no es homogéneo por no pertenecer a la misma operación, o no responder a una unidad de propósito o no atribuir contenido similar en derechos y obligaciones. Y romper, además, el concepto de Patrimonio Constante. Atacando en esas dos flancos creo que Hacienda no tendría mucha defensa.
Es sólo mi opinión.
Salud.