Una curiosidad ¿Qué interés tengo?
Hace tiempo que superé el SMI, concretamente desde que en mi adolescencia dejé de cargar camiones cobrando por horas.
Me gustaría ser capaz de prever el mañana, en base a ese conocimiento que flota por ahí, pero temo que ni estudiando a Darwin, ni oyendo al Rayo que no cesa lo voy a lograr. Releyendo las ideas del Sr. Munger, tal vez lo de los modelos.
¿Debe ser el salario mínimo el mismo en Madrid que en Calmarza?
¿Cada cuánto se debe revisar el salario mínimo?
Esas preguntas no se pueden responder. Intervenir los precios está más que estudiado. Sino tan fácil como poner el SMI en 80.000 euros al año y todos ricos.
Empleo hay infinito. Por ejemplo limpiabotas. ¿por qué no hay? Pues porque si tienes que pagar licencia municipal, autónomos, iva, etc… tienes que limpiar los zapatos a 20 euros y a ese precio no se los va a querer limpiar ni Dios. Yo tendría una chica que me ayudara en casa, y me limpiaría los zapatos, y un montón de servicios más. Pero mejor dar pagas a ganarse la vida. Un montón de trabajos dejan de existir si subimos el salario mínimo.
Lo de la igualdad, otra chorrada. ¿igualdad de que? ¿Por qué la igualdad es buena?
No hay determinados trabajos porque para vivir hay que tener determinados ingresos, pagar electricidad, agua, gas, transporte y alojamiento, y si eso se hace en Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, te cobran lo mismo cuando limpias casas que cuando diseñas satélites espaciales.
Por eso se decide un ingreso mínimo, que se matice por geografía es una posibilidad, por eso la gente emigra a otro país o a otra comunidad autónoma, o a otro cantón (los suizos).
Le he preguntado a google:
Por qué es mala la desigualdad económica
Primera respuesta:
Las desigualdades repercuten en la esperanza de vida y el acceso a servicios básicos, como la atención sanitaria, la educación, el agua y el saneamiento, y pueden coartar los derechos humanos, por ejemplo, debido a la discriminación, el abuso y la falta de acceso a la justicia.
A nivel global, se observa una relación negativa entre el nivel de desigualdad y el crecimiento económico (véase el primer gráfico). Pero, como el lector sabrá, la existencia de correlación no es evidencia de causalidad.
Condición o circunstancia de tener una misma naturaleza, cantidad, calidad, valor o forma, o de compartir alguna cualidad o característica.
Proporción o correspondencia entre las partes que uniformemente componen un todo.
Entonces, desigualdad o igualdad de qué:
Igualdad de oportunidades
Igualdad de rentas
Igualdad ante la ley
Igualdad de derechos
Igualdad de obligaciones
Igualdad de inteligencia
Igualdad de vivienda
Igualdad de salud
Para igualar en una cosa hay que desigualar en otra. Ejemplo: Igualdad de rentas. Necesariamente no puede haber igualdad de derechos, porque para igualar las rentas tengo que quitar de unos para dárselo a otros. Donde unos tienen un derecho y otros una obligación.
Y ese es el problema de aplicar conceptos matemáticos a las ciencias sociales. 5 = 3 + 2 = 4 + 1. Igual significa igual, que es lo mismo. El hecho de que yo viva en mi casa con sus vistas, con su parque y al lado del mar ya me hace diferente. Porque no todos pueden vivir en mi casa, y por tanto no podemos ser iguales.
Lo que hace la subida del salario mínimo es reducir el salario de los buenos trabajadores para aumentar el de los malos y así igualar. Y repito, trabajo hay infinito, Si el precio mínimo fijado por el gobierno de las manzanas fuese 3.000 euros no habría manzanas en las fruterías. Nos guste o no el trabajo es una mercancía exactamente igual que las manzanas.
Si uno no le llega con un trabajo que tenga dos o tres, y que se apoye en su familia y amigos. O en organizaciones de caridad. Contra intuitivamente la “igualdad”, además de ser inmoral, genera egoísmo e individualismo. ¿Para que voy a ser un buen vecino? ¿para qué voy a tener lazos familiares fuertes? ¿Por qué tendría que ayudar a los demás si el Gobierno ya quita y da?
Que la igualdad genere crecimiento económico está por ver (que no creo que sea el caso), en todo caso el crecimiento económico tiende a igualar. Pero eso es irrelevante. Lo más importante para mi es que es inmoral.
En lo único que veo que puede favorecer la subida del SMI es en la reducción de personal para implementar nuevas tecnologías, la tecnología no pilla vacaciones, no te pide subidas de salario, no tiene bajas de paternidad… Se pone mala a veces y hay que repararla y tiene que pasar por el fisio pero nada más. Ah, y por ahora no hay que pagar a la SS por ella
Que me suben el SMI para los camareros, pues los reduzco y pongo una máquina de pago, gasolineras tipo low cost sin personal…
Tengo una duda en relación a contratos laborales con teletrabajo para empresas fuera de España.
Una empresa francesa me está tanteando. No tiene ninguna sede/oficina en España, por lo tanto, si me tienen que hacer un contrato, ¿me tendría que dar de alta como autónomo? Y en relación a la seguridad social, ¿como se gestionaría?
Por ejemplo, si el nuevo salario al que expiro sería de X (el equivalente a un contrato por cuenta ajena en España), ¿cuánto más debería pedir para incluir las cuotas de la seguridad social y autónomo?
Por un lado me echa para atrás todo esto, pero por otro, tampoco no quiero cerrar las puertas…
Desde mi punto de vista aproximadamente un 32% de la base máxima de cotización (54K anuales). Unos 17.250 € más.
Es decir un sueldo de 60K como empleado equivale a un sueldo de 77.25K como autónomo.
Si es para 2024 un poco más porque se espera que la base de cotización suba un 4% (Gracias Antonio, gracias pensionistas, gracias socialcomunismo). Redondéalo a 20K extras
Además para facturar a una empresa francesa deberás darte de alta en el ROI (registro de operadores intracomunitario). Bien, por poder podrías facturar igual pero con IVA (salvo que por algún casual la actividad estuviera exenta). Si tanto ellos como tú estáis dados de alta en el ROI puedes emitir facturas sin IVA dentro de la Unión Europea.
A países que están fuera de la UE puedes hacerlo sin necesidad de nada en especial para la prestación de servicios a empresas u otros autónomos si se cumplen las reglas de localización (siempre que tus servicios se integren en la actividad que la empresa francesa realice en Francia, si por ejemplo asesoraras a una empresa para establecerse en España no se cumpliría la regla de localización).
Yo en su momento pedí a una asesoría que me diera de alta precisamente porque necesitaba alta en el ROI, pero a partir de ahí ya me hice yo los papeleos. Cuando me di de baja del ROI (Brexit) ya lo hice yo mismo.
No tiene mucho misterio, en el modelo 303 del IVA hay unas casillas destinadas a operaciones intracomunitarias. Si sólo haces facturas intracomunitarias no hay riesgo de equivocarse, si también facturas en nacional y/o a terceros países es más fácil despistarse, pero no es complicado.
También hay que rellenar el modelo informativo 349 a fin de año, donde se resumen la operaciones intracomunitarias que has hecho a lo largo del año.
Realmente no es mucho más trabajo, pero conviene tenerlo claro.
En casos como el que describes es habitual hacer uso de un intermediario (“recruitment agency”). Los contratos suelen tener una duración máxima de un año. En España te das de alta como autónomo y emites tus facturas sin IVA.
Cada trimestre toca hacer cuentas con el fisco español (modelo 130). Con este se paga un 20% del rendimiento (ingresos menos gastos) de la actividad, es decir, un porcentaje fijo independientemente del volumen de ingresos.
Si al final del año has pagado más de lo que te corresponde por tus ingresos reales con los cuatro anticipos del modelo 130, la Declaración de la Renta te saldrá a devolver. Mientras que si has ganado mucho dinero, los anticipos no serán suficiente y la Declaración de la Renta te saldrá a pagar.
Primero: comprobar que dice el convenio que te aplique. Es lo más importante, y será lo que valga. En defecto de convenio, ET.
Edito, que acabo de consultar la ley: 46.2 del ET.
Si llevas un año en la empresa, y no has solicitado una excedencia en los últimos 4 años, te la tienen que conceder, no inferior a 4 meses ni superior a 5 años. Se pueden ir pidiendo prórrogas.
Mucho ojo con el apartado 5 del artículo 46.
El trabajador en excedencia voluntaria conserva solo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
Esto no solo significa que tenga que haber una vacante para que te readmitan, sino que además tienes que enterarte y poder demostrarlo en un juzgado si quieres volver y la empresa se pone tontorrona