Es un beneficio que ofrecen algunas empresas a sus empleados para ayudarles a ahorrar para la jubilación. Estos planes de contribución definida tienen límites en el monto que puede ser invertido y el dinero es deducido directamente de su salario antes de impuestos. Dependiendo del plan, el empleador está obligado a contribuir con cierta cantidad o tiene la opción de hacerlo. Y en caso de hacer la contribución, el empleado tiene derecho a tomar posesión del aporte de forma automática o en un periodo específico según lo defina el plan.
¿Cómo funciona el 401(k)?
El empleado elige qué cantidad de dinero quiere invertir – hasta un limite establecido por el plan- y esa contribución se deducirá automáticamente de su salario. La aportación se realiza antes del cobro de impuestos al ingreso. Luego se depositará directamente en el plan de inversión que el empleado haya elegido.
Esta selección puede incluir fondos mutuos, títulos de valores individuales, anualidades o bonos. Tanto la elección de los instrumentos de inversión como el riesgo de las inversiones recaen sobre el empleado y no sobre el empleador.
El “rebalanceo” automático, o reajuste automático, es el que te hace el propio gestor (en este caso Indexa Capital) y que consiste en un ajuste para mantener el porcentaje estimado en cada tipo de inversión.
Cuando tu respondes las preguntas del perfil de inversor y se te crea una cartera, se designan unos porcentajes determinados a unos fondos particulares, imagínate que un 25% a un fondo de renta variable europea, un 50% a un fondo de renta variable americana, un 25% a un fondo de renta variable de mercados emergentes y un 25% a un fondo de renta fija mundial. Si la inversión en renta variable de mercados emergentes crece más que el resto de las inversiones y se pone en un 30% de la cartera, hay que vender ese fondo y comprar de los demás hasta que los porcentajes igualen los estipulados inicialmente.
Esto se realiza cuando los porcentajes superan una variación determinada. Es decir, si se pone una marca del 5% el programa no realizará el reajuste hasta que una de las inversiones se encuentre 5 puntos porcentuales desviada de la marca estipulada. Es decir, si la renta variable de mercados emergentes pasa a pesar un 28% en la cartera, el programa no hace nada, solo cuando toca el 30% se realiza un reajuste.
No me he explicado muy bien creo yo, es bastante sencillo!
Si rentabilidades pasadas garantizasen rentabilidades futuras sin duda el Bestinver Global.
Dependiendo de la cantidad a traspasar te puedes plantear entrar en varios de ellos simultáneamente.
La diversificación siempre es buena.
Gracias Ruindog, el Bestinver Global es el q mas me atraia por rentabilidades y por historico. Tambien el Metavalor Pensiones pero tiene una comision creo q de 1,5 %, carisimo para una unica posicion q tiene, q es el fondo Metavalor Internacional.
Por otra parte me encontraba en un proceso de concentracion de cuentas y estos fondos me suponen abrir nueva cuenta, no se, tambien valoro por simplificar y no complicarme la vida traspasarlo a alguno de Bankinter, q es la entidad principal con la q trabajo y dentro de la banca tradicional son los q tienen fondos y planes q se comportan mucho mejor q los tipicos de bancos Santander, BBVA, etc.
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar con esta duda.
Tengo un pequeñito plan de pensiones en forma de fondo indizado en ING y quisiera cambiarme a AzValor o Cobas. ¿Se puede hacer el traspaso y luego en la declaración de la renta declararlo como plan de pensiones?
Hace como diez años me acuerdo de que con la cuenta vivienda se podía hacer algo así. ¿O hace falta que sea un producto específico que se llame “plan de pensiones”?
Creo que tengo un plan de pensiones pésimo y quiero cambiarlo, pero por ignorancia y pereza lo estoy dejando pasar ya demasiado… gracias!
Creo que un plan de pensiones solo se puede traspasar a otro plan de pensiones. De todos modos, creo que ahora se ha flexibilizado el poder rescatar las cantidades aportadas si hace más de 10 años que las aportastes, pero no estoy seguro. Si alguien lo puede ampliar…
No se si se puede o no pero, antes de hacer cosas raras que luego (igual) tendras que justificar ante la administración, yo miraría qué ofertas de planes hacen esas gestoras que dices. Me suena que Bestinver tenía planes de pensiones y funcionaban bastante buen.
A partir de 2025 se podrán rescatar las aportaciones con más de 10 años de antigüedad si no cambia la ley.
No olvidemos que los rescates tributan como rentas del trabajo, con lo cual interesa rescatarlos cuando no tengas más rentas del trabajo (paro, IF) o cuando estas sean bajas (por ejemplo, cuando nos jubilemos y nos den una pensión mucho más baja que nuestro sueldo al hacer las aportaciones o si cambiamos de trabajo y cobramos menos que cuando hicimos las aportaciones).
Por lo que he estado mirando parece que sí tiene que ser un traspaso a otro plan de pensiones… y según decís parece que así puede ser. Total, que me quedo igual… a ver si un día de estos me animo.
El problema es que la mayoría de planes son fondos de inversión, y lleva un poco de tiempo ver qué sistema de inversión siguen y todo eso… ahora no tengo ese tiempo. Cierto que con lo indizado es más fácil (el mío es al Eurostoxx) pero es que lo llevo de años y va fatal, siempre en negativo… pero también para cambiarse hay que encontrar algo que creas mejor.
Gracias por recordar lo de la tributación al rescate, Cazadividendos. Al final no saben ya por dónde sablearnos. Saludos.
Anónima , a ver si encuentro el artículo donde especifica que sólo se puede traspasar a otro plan de pensiones y lo inserto. Y como bien dicen Raúl y Cazadividendos ,a partir del 2025 se pueden rescatar aquellos con más de 10 años de antiguedad y tributan según rendimiento de trabajo y depende de qué comunidad autónoma , pero para que te hagas una idea:
El cambio o traspaso del plan de pensiones de una entidad a otra en sí mismo no tiene impacto fiscal ni retención. Ya que el impacto se difiere hasta el momento del rescate. Si se debe tener en cuenta que hay costes por ejemplo si lleva garantia de riesgo (un seguro).
Otra cosa es que lo quisieras rescatar, hay requisitos y causas tasadas que son básicamente la jubilación, el paro, una incapacidad permanente, la enfermedad o despido objetivo, y desde 2015 cuando hayan pasado 10 años de la primera aportación. Y como ya te dicen en el post de CZD el rescate tributa como renta de trabajo, solo puedes jugar son hacer un rescate parcial o total o en forma de renta o todo el capital de una vez.
En cuanto al cambio…Al cambiar de entidad el Plan de Pensiones se debe tener en cuenta que:
La entidad que dejas puede tener alguna clausula de permanencia o de bonificacion (es lo mas normal), perder las bonificaciones.
A la entidad que llegas normalmente eres bien recibida, e incluso suelen decir que te dan un 3 o un 4% o una tele o un regalo…esos “regalos” si tienen impacto fiscal en tu declaracion del año siguiente. No forman parte de las aportaciones al plan. Hay que declararlos sean en dinero o en especie.
A la entidad que llegas puede someterte a plazos de permanencia (normalmente más de dos años).
Si lo que buscas es diversificar se pueden traspasar los PP en su totalidad o en parte.
No sólo puedes pasar de un PP a otro, puedes pasar de un PP a por ejemplo un PPA (Planes de Previsión Asegurada).
Como dices el Plan de Pensiones es un producto de inversion (tiene riesgos) no es un plan de jubilacion (producto de seguro). Por eso es bueno ver antes de cambiar, y mirar bien la letra pequeña especialmente en lo relativo a la rentabilidad y a la liquidez.
Para algunos los PP no son muy buena opción. Desde el punto de vista fiscal no es gran producto. En cuanto a lo fiscal es bueno saber que no se ahorran impuestos, solo se retrasan, y la rentabilidad no es muy allá casi nunca. Hay incluso quien dice que los PP estan pensados por Hacienda y los Bancos para forrarse, yo no llego a tanto pero como opción para la jubilación tal vez pueda haber cosas mejores.
Como parece que os interesa ese punto… decia que desde 2015, concretamente desde 1 de enero, caben rescates pasado 10 años. Es decir, el primero se hará en 2025. Pero la ley busca la gradualidad. NO podrás rescatarlo todo.
En 2025 sólo puedes recuperar los derechos consolidados de la inversión realizada en 2015…pero hay que esperar a 2026 para recuperar las aportaciones y el beneficio de 2016, y así año a año hasta rescatarlo todo.
Ejemplo, si has aportado en 2015 4.000€ con rendmiento al 3% anual, pasados 10 años ese dinero habrá generado X (teniendo en cuenta que a esa X va con interés compuesto). Y ese será el capital que puedes recuperar, nada más, eso si bien ‘de golpe’ o como renta hasta terminarlo. Cada año va asi.
¿Y crees que la legislación irá en la línea de flexibilizar un poco este producto (permitiendo rescates en otros supuestos) o permitir un trato fiscal parecido para otros productos (acciones, fondos, etc…) si se contratan a largo plazo para cubrir la contingencia de jubilación, como ocurre en otros países como Estados Unidos?
Yo acabo de traspasar mi plan de pensiones a Azvalor, también desde ING donde la rentabilidad acumulada que tuve en los últimos años fue más bien “mediopensionista”.En Azvalor en confirmaron que la rentabilidad del producto debe ser casi exactamente la misma que la de sus fondos, ya que la política de inversiones es la misma.
Creo que Cobas por el momento no tiene autorización para gestionar fondos de pensiones aunque sí Bestinver.
Este artículo quizás te sirva para aclarar dudas sobre los planes de pensiones value e indexados que hay disponibles
Yo hace algún tiempo que traspasé los planes indexados de ING (EuroStoxx50 y Ibex35) a planes value de Bestinver y Azvalor y hasta la fecha no puedo estar más satisfecho de la rentabilidad. Solo me arrepiento de no haberlo hecho antes. Para ser justo también hay que reconocer que el plan indexado de ING del S&P500 ha ido como un tiro en los últimos años
Es muy dificil saberlo sin tener una bola de cristal.
¿Que hará Hacienda en un contexto de gasto publico exagerado y con necesidad de ingresos urgentes?, de futuros no se, pero en el presente la linea que estan siguiendo es de mayor presión fiscal, y apretar tuercas por todos lados. Mira como van ya con el IVA. Orwelliano total. No preveo que eso cambie a corto plazo.
Bien es verdad que el problemas de las pensiones está ahi y algo tendrá que hacerse.
Otra cosa que sea en la linea de los planes de pensiones. De futuros no se pero como dato objetivo mira la modificiacion de la ley 35/2006 por la más reciente 26/2014, es decir de hace nada, no ha aportado mucho (salvo lo de los 10 años) y las “novedades” se han centrado principalmente en los Tipos de Cotizacion y algún juego menor con las CCAA. Independientemente de que Pais Vasco no lo está haciendo mal en ese sentido, en general pienso,que fiscalmente no lo han incentivado mucho con esa reforma.
Menos, mucho menos incentivo de lo que el sector necesita.
Se suelen confundir mucho, pero un plan de jubilacion es un producto de seguro (menor rentabilidad menor riesgo), un plan de pensiones es un producto financiero (riesgo, rentabilidad variable).
Fiscalmente y de forma muy generica:
Con el plan de jubilación puedes disponer del dinero en cualquier momento, cumpliendo las condiciones del contrato y pagando la penalizacion. EL PP sólo puedes retirar el dinero en los casos tasados por la ley.
El plan de jubilación no se puede deducir en la declaración de la renta, no es deducible, no desgrava, peeeero como compensación al recibir el dinero cuando finalice el período solo se tributa por los intereses generados, no por el total como el PP.
Si te sirve de referencia, yo tengo contratado para mi mujer el Bestinver Ahorro FP y desde la primera aportación allá por diciembre 2013, lleva acumulado algo mas del 50%. Personalmente estoy contento con su rendimiento, siempre los puedes encontrar mejores, pero como digo, estoy satisfecho sobre todo porque en los momentos de alta volatilidad en los mercados durante las crisis creo que se ha comportado bien y eso al final también es un punto a tener en cuenta, al menos para mí.