Planes de pensiones

Si la empresa va a aportar el triple del importe que aportes tú puede ser interesante. Si no es así, la cosa cambia mucho, porque vas a diferir el pago de impuestos pero a cambio de no rentabilizar nada ese dinero por años, sería una operación desfavorable.

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Estoy pensando en intentar convencer a RRHH para cambiar el PPE de aporta+ (caixa) a indexa capital.

Alguna idea? Alguien sabe porque una empresa elige un fondo u otro? Cual es la motivación?

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Ojalá :rofl: En ese caso sería un no brainer :sweat_smile:

Infelizmente no, se trata solamente de aportación mia (de la empresa pero en mi nombre, saldria de mi salário, como valor exento de impuestos).

Entonces no le veo ninguna ventaja, la verdad.

Es como si dejases ese dinero en un depósito de muchos años de vencimiento por un interés muy bajo. Y luego encima tendrías que rescatarlo poco a poco para no pasarte de tramo en el IRPF y acabar pagando más de lo que pagarías en un principio.

No lo veo en absoluto. :sweat_smile:

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Además, si la empresa no aporta nada por su cuenta quizás te podría afectar al límite general de tu plan de pensiones, míralo bien.

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Por qué quieres cambiar de uno a otro?

En mi empresa también trabajan con la caixa y había pensado lo mismo que tu…

Las comisiones son bajas, 0,18% creo recordar y en mi caso tenemos una relación 60/40, en la caixa.

Yo también uso indexa para el mío personal.

¿Y si aporta el doble? ¿Cuál es vuestra opinión? Yo creo que solo por el hecho de que la empresa aporte el doble de lo que aporta el empleado, aunque no sea un buen producto, solo por la aportación de la empresa ya es una buena rentabilidad.

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100% de rentabilidad + lo que te desgravas. A ver dime tu con qué inversión obtienes ese retorno y te doy mi dinero.

Tardas menos de un año en hacer un 100%?

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Eso veo yo. Incluso en acciones si cada 2 te dan una, viene siendo un 50% de rentabilidad.

Yo:

Vamos a hacer un calculo. Tengo un plan de pension de mi empresa, cuando aporto 2mil euros, la empresa aporta 2mil euros. Usa esa aportación de la empresa como si fuera retorno del plan (e.g. 100% sobre la aportación puntual). Luego el capital renta al 3 % anual. Al cabo de 15 años que resultado obtengo? Calcula el TWR y el “TAE” final, pero ten en cuenta que solo mis aportaciones son ingresos, los de la empresa y la rentabilidad del plan calcularlos como parte del retorno.

Sky:

Claro, te explico el cálculo paso a paso:

  1. Definición de los datos iniciales:

    • Contribución anual de tu parte: 2000 euros.
    • Contribución anual de la empresa: 2000 euros.
    • Tasa de retorno anual del plan: 3%.
    • Número de años: 15.
  2. Cálculo del valor futuro de las contribuciones:

    • Cada año, tanto tú como la empresa aportan 2000 euros, sumando un total de 4000 euros anuales.
    • Además, cada año las contribuciones acumuladas se rentabilizan al 3%.
  3. Iteración anual para calcular el valor futuro:

    • Se calcula año por año, sumando las contribuciones y aplicando la rentabilidad anual del 3%.

    El proceso se puede desglosar así:

    • Año 1:
      • Aportación total: 4000 euros.
      • Valor al final del año 1 con 3% de retorno: ( 4000 \times 1.03 = 4120 ) euros.
    • Año 2:
      • Aportación adicional: 4000 euros.
      • Valor al final del año 2: ( (4120 + 4000) \times 1.03 = 8356.6 ) euros.
    • Este proceso se repite cada año hasta completar los 15 años.
  4. Resultado final:

    • Después de 15 años, el valor total del plan de pensiones es de aproximadamente 76,627.53 euros.
  5. Cálculo del TWR (Time-Weighted Return):

    • El TWR se calcula como el retorno compuesto anual, teniendo en cuenta el valor final y las contribuciones iniciales.
    • Inversión inicial total: 2000 euros anuales durante 15 años = 30,000 euros.
    • Retorno total: ( \frac{76,627.53}{30,000} = 2.54 ).
    • TWR anualizado: ( (2.54)^{\frac{1}{15}} - 1 \approx 0.0645 ) o 6.45%.
  6. Cálculo del TAE (Tasa Anual Equivalente):

    • El TAE es equivalente al TWR anualizado, ya que refleja el mismo concepto de retorno anual compuesto.
    • En este caso, TWR = TAE = 6.45%.

En resumen, después de 15 años, con tus contribuciones y las de la empresa, y una rentabilidad anual del 3%, el plan de pensiones alcanza un valor de 76,627.53 euros, con un retorno anual compuesto (TWR y TAE) del 6.45%.

Luego sigo con mas:

ten en cuenta, ademas que tengo rendimientos brutos del trabajo de 60mil euros e incrementos salariales del 2% anual y resido en Catalunya. Cuanto me desgravo cada año por las aportaciones al plan de pensiones de la empresa? Agregalo al TWR.

Es un buen resultado

Cálculo del TWR incluyendo las desgravaciones fiscales

  1. Datos iniciales:

    • Contribución anual tuya: 2000 euros.
    • Contribución anual de la empresa: 2000 euros.
    • Desgravación fiscal anual: 1480 euros.
    • Contribución efectiva anual después de desgravaciones fiscales: ( 2000 - 1480 = 520 ) euros.
    • Tasa de retorno anual del plan: 3%.
    • Número de años: 15.
  2. Contribución total efectiva anual:

    • Contribución tuya efectiva anual: 520 euros.
    • Contribución anual de la empresa: 2000 euros.
    • Contribución total anual efectiva: ( 520 + 2000 = 2520 ) euros.
  3. Cálculo del valor futuro considerando las desgravaciones fiscales:

    • Se calcula año por año, sumando las contribuciones y aplicando la rentabilidad anual del 3%.
    • Al cabo de 15 años, el valor total del plan de pensiones es aproximadamente 48,275.34 euros.
  4. Cálculo del TWR y TAE:

    • Inversión inicial total ajustada por desgravaciones fiscales: ( 520 ) euros anuales durante 15 años = 7800 euros.
    • Retorno total ajustado: ( \frac{48,275.34}{7800} \approx 6.19 ).
    • TWR anualizado ajustado: ( (6.19)^{\frac{1}{15}} - 1 \approx 0.1292 ) o 12.92%.
    • TAE ajustado: 12.92%.

Resumen:

  • Valor futuro del plan de pensiones con desgravaciones fiscales: 48,275.34 euros.
  • TWR ajustado: 12.92% anual.
  • TAE ajustado: 12.92%.

Esto refleja que, incluyendo las desgravaciones fiscales, el retorno anual compuesto del plan de pensiones aumenta significativamente, alcanzando un TWR y TAE del 12.92%.

Entiendo igual que parte de lo desgravado y aportado por la empresa se cancela, ya que debe aparecer como pago en especie. Pero igual, creo que es atractivo, sobre todo pq parte del retorno sucede en este mismo momento, cuando aportas y luego al otro año cuando haces el IRPF y entonces tiene muy pero muy poco riesgo para ti.

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Buenos dias a todos desde la ciudad de los bolos y las carcamusas donde tenemos una temperatura suave de 40°
Os consulto lo siguientes solisitando ayuda y consejo:
Tento intención de recuperar el plan de pensiones.
La verdad es que no me ha ido mal, es un global con bestinver, pero este producto nunca me ha gustado. Además es una cantidad pequeña que no supone gran cosa ni en mi muy futura jubilación ni en mi cartera.
Lo contraté en el Pleistoceno cuando era joven y bello y no tenia nada de cultura económicas.
Tengo pensado .ir recuperando mensualidades de mil euros para no llegar a los 12000anuales y para pagar menos a hacienda y conozco que éstas exentas las aportaciones anteriores al 2007.
La duda es: ¿Se me escapa algo?
Al rescatar en el 2025, hay hándicap o limitaciónes.
Puedo acogerme a la exención antes mencionadas.
Cualquier opinion será agradecida.
Muchas gracias y un saludo

¿No has pensado en traspasarlo a otro que te guste? Hay de todos los tipos : cartera permanenre, indexados, etc.
Ten en cuenta que si no lo gastas el dinero una vez fuera del fondo de pensiones cotiza por patrimonio.
Yo diria que hay una reducción del 40% en el IRPF para aportaciones anteriores a 2007, no exención.

Además de los plazos, existen otros límites para beneficiarte de la reducción del 40%. El más importante es que la reducción debe aplicarse en el primer y único rescate en forma de capital. Dicho de otra forma, solo puedes solicitarlo una vez por cada plan de pensiones que tengas incluyendo la reducción del 40%.

Puedes solicitar más rescates en forma de capital a lo largo del tiempo e incluso dentro de los dos años posteriores a la jubilación. Sin embargo, para el segundo y posteriores rescates en forma de capital no podrás aplicar la reducción y tendrás que tributar por todo el capital que recuperes.

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