Sucesiones, donaciones y transmisiones entre familiares

Para que veáis mis penas.
En Ast en 2017 renunciaron a su herencia1600 personas, 2018 2.000… Aquí hay que hacer cuentas no solo por las deudas (que se puede heredar a beneficio de inventario), sino por el Gordo en efectivo que te puede tocar.

Como siempre son juez y parte y valoran como les da la gana, ahí un factor fundamental, por que puedes tener las casas de los abuelos y alguna tierra y ellos valorarlo en decenas de miles de €. Por ese dinero si las comprara el Ppdo se las vendía el 90% de la gente.

Y, valorando viv. habitual de 200k + hijo soltero de 30 años + otros 600k que Hac valore…
Pagaria 103.135€ de sucesiones*

Patrimonio, tres cuartos de lo mismo. Pagaría 3 o 4.000€ anuales.
Asturias pasó de más de 25.000 declaraciones en 2007 (las de todos aquellos cuyas bases rebasaban los 108.000 euros) a un número inferior a 3.800 en todos los ejercicios del período 2011-2015.

Eso y que 15.000 jóvenes emigraron la ultima década, seguro que los mas vagos y sin iniciativa, pues hemos pasado de 51.000 trabajadores < 25 años a tener 25.000.
Tenemos 1 cotizante por jubilado… no recaudamos el 47% en cotizaciones de las jubilaciones…

Pues nada, esos son mis números. Vender todo lo vendible y emigrar con espero la IF hecha.
Y yo ya me tuve que buscar las habas fuera.

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Si las acciones están en una SL seria muy fácil. El problema es que si creas una SL con las acciones que ya tienes Hacienda considera el hecho una trasmision. Pero con tiempo se puede planificar
Si tienes una SL constituida por 3000 acciones de 1 euro de nominal que es la dueña de 500.000 euros en acciones, haces una ampliacion de capital de 1 accion por cada 1 sin prima de emision. A la ampliacion no acudes tu y acude ese familiar de 4° grado. Resultado: la SL tiene 6000 acciones de nominal 1 euro cada una, 3000 tuyas y 3000 de tu familiar que le dan la propiedad de la mitad de la cartera valorada en 250.000 euros por solo 3000 euros mas gastos de notaria y registro
Y si quieres haces ampliacion 5 por 1 y asi casi le pasas ya toda la cartera en vida y que le den a Hacienda
Creo que habeis pillado el concepto
Por eso ponía en e la otra entrasa que la SL esta bien psra trasmitir la cartera. Pero tiene otros inconvenientes
Y la cartera hay que empezarla en una SL
Creo que estoy en lo cierto, si no que alguien me corrija

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Muy interesante esto que explicas

¿Y eso que implica exactamente? ¿Tendrías que pagar IAJD? ¿Como si transmites un piso, por ejemplo?
A lo mejor trae a cuenta hacerlo con una cartera pequeña frente a pagar un montón en sucesiones cuando sea enorme…

Esa es la unica forma, todo lo demas paga.

Demasiado fácil me parece. ¿No hay ningún problema o inconveniente?

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Al considerarlo trasmision, para Hacienda es como si hubieses vendido las acciones y tendrias que pagar si has tenido plusvalias

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Hoy me ha dado por simular el impuesto de sucesiones de mis herederos legales (grado 4) y para que el Estado se quede mas de la mitad de mis acciones despues de toda una vida de ahorro, esfuerzo y sacrificio no merece la pena ni ahorrar ni invertir ni hacer nada. Cobrar una paguita y que le den a todo.

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El problema son los gastos que genera el mantener una SL como la cuota de autonomo societario, impuestos trimestrales…y que si sacas los dividendos que te han pagado las acciones de la SL vuelves a tener retencion del 19% (seria como una doble o triple retencion dependiendo si las acciones son españolas o de fuera). Por eso digo que la SL esta muy bien pero solo para la trasmision
Hay que hacer muchos numeros.
Pero este “truco” es muy bueno para trasmitir SL ya creadas de otro tipo de actividades como fabricas, inmuebles…
De algo me tiene que servir haber estudiado derecho aunque no lo ejerza
Estoy con tablet y me es mas dificil escribir. Mañana lo completo en PC o intento contestar si hay mas dudas y las sé
Si alguno tiene ya una SL por su trabajo o actividad asi puede pasar parte a quien quiera
Tambien puedes crear acciones clase “B” sin derecho a voto para que no puedan decidir en la SL

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La verdad es que es impresionante. Luego se extrañan de que mucha gente haga donaciones encubiertas para evitar estas situaciones.

Pero bueno, redistribución de la riqueza le llaman. De la riqueza de los otros, claro. El tema es que disfrazándolo de justicia social todo cuela.

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Y que lejos de ir hacia la supresión, lo que están proponiendo en muchas CCAA es quitar las bonificaciones que hay. Y la gente lo vota. Porque es un impuesto “para ricos”.
A mí no me entra en la cabeza.

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Vash, no se como has hecho la simulacion, pero para el impuesto infliyen para saber el % que se paga la cantidad a trasmitir y el patrimonio del sucesor. Si el sucesor tiene un buen patrimonio paga mas en sucesiones
Si dejas lo mismo a dos hermanos y uno es “pobre” y otro “rico”, el rico pagara un % mayor en el impuesto de sucesiones

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He usado este simulador seleccionando la opcion mas baja:
Patrimonio preexistente del heredero o legatario: De 0 a 402.678,11 €

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Nunca es demasiado tarde para el amor y para traer unos mini-Vashs al mundo :wink:

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Vash, llegado el día siempre puedes poner a esos familiares como autorizados en tu cuenta si confias mucho en ellos y que vayan disponiendo de lo que haya. Otra manera para ir más seguros y evitar desfalcos es hacerles una tarjeta de credito con un limite mensual y que vayan gastando o sacando efectivo de los cajeros. Asi al menos tambien ves como lo disfrutan en vida, y es dificil que Hacienda te diga algo con eso
y a las malas se lo vas dando en vida en efectivo mensualmente para que ahorren su nómina y tiren de efectivo en los gastos diarios

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Una buena opción es una cuenta mancomunada con el interesado y todos los herederos como titulares. Las retiradas tienen que tener la firma de todos, luego ninguno puede caer en la tentación de acelerar el traspaso.
Pero implicaría ir vendiendo la cartera en vida, no es lo ideal.

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Uy Uy que se anima… Uno en Dcho y el otro en Fiscalidad :grin::grin:
Ahora si que nos pondremos frikis jjjjjjjjjjjjj

…por entidad patrimonial y que, por tanto, no realiza una actividad económica, aquella en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto, en los términos del apartado anterior, a una actividad económica".
Con muchos ingresos por Irpf pasar al 25% sociedades parece la via correcta…

http://www.supercontable.com/boletin/0/articulos/conviene_montar_o_crear_sociedad_patrimonial_para_ahorrar_impuestos.html

hay una maraña de legislacion y con la reforma de 2015 aun mas. Por que una cosa es constituirla, que no hay problema y otra que Hac no considere que es un fraude de ley (como para Patrimonio)

Y precisamente es a A.Ortega del que surge esa interpretacion.

La manera de fomentar el ahorro de manera clara seria las famosas cuentas Ira/401k anglosajonas y su version empresarial que es la Sicav …pero la accesible, por que en realidad eramos de los pocos paises que gravaban el 1% en ellas, luego iban al Irpf los rendimientos extraidos (ningun chollo salvo el i compuesto y diferir la tributacion).
Pero claro acumular 500k € en un ahorro y luego te sangren con I.Patrimonio, Sucesiones, Donaciones…

O que cambien las reglas a mitad de partido y te “confisquen” la mitad…

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Si todos los herederos son titulares y hacienda no te dice nada, ya está hecho. El día que faltes/faltemos, cada uno retira su parte proporcional (aunque realmente no fuera suya) y lo que quedase (sería lo del fallecido) es lo que habría que heredar y repartir como herencia y sería mucho menos por lo que algún impuesto te ahorras, pero lo veo raro, seguro que hacienda dice algo por si de repente aparecen 5 titulares donde antes solo había uno

Lo de la cuenta mancomunada lo conozco bien por un caso muy cercano en mi familia, y fue el propio banco el que aconsejó hacerlo así.
Aunque eran unas circunstancias muy concretas. Una señora muy mayor, sin hijos, que ya no podía vivir en su casa. La vendió (más de 400.000 euros) y con el dinero se abrió una cuenta mancomunada entre ella y los sobrinos.
De esa cuenta durante años se fue pagando la residencia y gastos y a la vez haciendo retiradas calculadas por parte de los sobrinos. Cuando murió ni siquiera se pagó sucesiones porque lo que quedaba en la cuenta no llegaba al mínimo exento de 8000.
Aquí salió bien y no pasó nada (ya ha prescrito), pero está claro que te arriesgas a una inspección y que vean las retiradas como donaciones. Pero diría que el hecho en sí de abrir una cuenta donde un titular pone mucho más que el resto no tiene ninguna connotación fiscal, porque cotitularidad no implica necesariamente que la posesión del bien se reparta a partes iguales.

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¿Los sobrinas o ella? Y si eran los sobrinos ¿lo retirado lo ingresaban en su cuenta (la de los sobrinos? Sacar me parece una cosa, pero hacerlo nominalmente o meterlo en su cuenta, llama la atención.

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Sí, al decir retiradas no me refería a efectivo. Eran transferencias a sus cuentas.

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