BBVA

La de Uno-e ya no funciona, te redirigen a bbva.es, así que ya entro directamente por ahí. No sé si no te has percatado pero las cuentas de uno-e ahora aparecen como cuentas bbva, les cambiaron la numeración y todo. Por cierto, el otro día trasteé un poco con la plataforma broker y no me hace mucha gracia, era mejor la de Uno-e, pero bueno. Sin embargo, las cartas que me llegan a casa siguen teniendo el sobre de Uno-e, al menos por ahora.
Abrazos.

¿Alguien sabe cuál es la comision de cambio de divisas en BBVA? No la he encontrado en su tarifa

Trámites para la gestión de la doble imposición en el cobro de dividendos de empresas alemanas y francesas:

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A los que tenéis acciones españolas depositadas en el BBVA (sin contar las acciones del BBVA) os cobran comisión de custodia y mantenimiento? Porque mi padre dice que a él no se la están cobrando. Mi padre tiene el requisito de los 6000 euros en acciones del BBVA con el que no le cobra el banco comisiones así que ya no se si es que gracias a eso también está exento de pagar la comisión de custodia del resto de sus acciones españolas.

A alguien más le pasa?

Me la cobran. Creo que semestral. Y una cosa es no pagar comisiones en la cuenta corriente y otra no pagarlas en la cuenta de valores. En la de valores no pagas por las propias del BBVA pero por las demás sí. Luego ya si alguien tiene condiciones particulares…

Saludos.

Adjunto copia de texto de BBVA sobre retenciones de dividendos en Francia y Alemania. Aunque ya ha pasado el plazo para este año, puede ser interesante de cara a futuros ejercicios.

Antes era un embrollo ir a Hacienda mientras que ahora parecen haberlo facilitado. Los certificados de residencia fiscal se obtienen fácilmente en la web de la Agencia Tributaria

Francia

Le informamos de que, para que sea posible una correcta aplicación del tratado de doble imposición entre España y Francia, y por tanto, que la retención en origen practicada en el cobro de dividendos sobre acciones de compañías francesas sea del quince por ciento (15%) en caso de personas jurídicas, o doce coma ocho por ciento (12,8%) en caso de personas físicas, es imprescindible, por su parte, la presentación de la siguiente documentación:

  • Personas físicas, certificado de Residencia. Los residentes en España deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales españolas, con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Francia. Este documento tiene una validez de tres (3) años
  • Personas jurídicas, Formulario 5000-ES. Documento francés que podrá solicitar en su oficina de BBVA. Este documento tiene validez de un (1) año, por lo que se hace imprescindible su renovación. El formulario 5000-ES debe ser cumplimentado por usted y certificado por la hacienda española. Si no fuera posible obtener la certificación por parte de la hacienda española, el formulario 5000-ES deberá ir acompañado de un certificado de residencia fiscal con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Francia.

El plazo para la presentación de la documentación antes mencionada finaliza el próximo 31 de enero de 2021. De no presentarse, se recibirán los dividendos con el veintiséis coma cinco (26,5%) de retención y se podrá reclamar la devolución de retención vía formulario de solicitud de devolución, tal y como se hace actualmente. En el caso de que en la referencia valor exista más de un titular, todos deberán documentarse. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

FRANCIA_Formulario modelo -form_FR_5000-ES.pdf (231,1 KB)

Alemania

Información relativa a las inversiones en títulos alemanes Renta Variable Le informamos de que, para que sea posible una correcta aplicación del tratado de doble imposición entre España y Alemania, y por tanto, que la retención en origen practicada en el cobro de dividendos sobre acciones de compañías alemanas sea del quince por ciento (15%), es imprescindible, por su parte, la presentación de la siguiente documentación:

  • Certificado de Residencia. Los residentes en España deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales españolas, con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Alemania. Los residentes en países distintos a España y Alemania deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales de su país de residencia, con mención expresa al tratado de doble imposición vigente entre el país emisor y Alemania. Los certificados de residencia tienen validez hasta el 31 de diciembre del año de su presentación, por lo que se hace imprescindible su renovación anual.
  • Formulario Declaration and Authorisation to Participate in the Electronic Filing Procedure (EFP) of the German Tax Authorities (GTA). Documento alemán que debe ser cumplimentado y firmado por el cliente para su entrega, en su caso, a las autoridades fiscales alemanas junto con el certificado de residencia antes mencionado. Con este documento, el cliente autoriza a incluir sus datos en el sistema electrónico alemán para la recuperación de retenciones.

Este sistema permite recuperar la retención practicada en exceso sobre lo que marca el convenio de doble imposición en el pago de dividendo sin necesidad de cumplimentar ningún formulario adicional para la recuperación de dichas retenciones. Su validez es indefinida, por lo que sólo es necesaria su renovación en el caso de que algún dato declarado en el mismo sufra alguna variación significativa. Este formulario no aplica ni a los fondos de inversión, ni fondos de pensión, ni a SICAVS.

Descripción del procedimiento.

  • Vía EFP: En el pago de dividendo, los beneficiarios reciben el dividendo con la retención máxima que marca la legislación alemana, actualmente el veintiséis con trescientos setenta y cinco por ciento (26,375%). Aquellos clientes que hubieran presentado la documentación descrita, recibirían posteriormente, y de forma automática, el importe de la devolución de la retención hasta el límite que marque el convenio de doble imposición entre Alemania y el país de residencia del inversor, siempre que el importe a recuperar supere el contravalor de cien dólares americanos (USD 100). El plazo para recibir el importe de la devolución no es determinable a priori pero tentativamente oscila entre los 6 y 10 meses desde la fecha de vencimiento. Los fondos de inversión, fondos de pensión y SICAVS no están sujetos a esta vía por lo que deberán realizar los trámites por vía ordinaria.
  • Vía Ordinaria: Aquellos clientes que no hubieran presentado la documentación antes descrita, recibirían el dividendo con la retención máxima que marca la legislación alemana, actualmente el veintiséis con trescientos setenta y cinco por ciento (26,375%), debiendo recuperar la retención mediante la cumplimentación del formulario de solicitud al efecto, siempre que el importe a recuperar supere el contravalor de cien dólares americanos (USD 100). En este caso, el plazo para recibir el importe de la devolución no es determinable a priori pero tentativamente oscila entre los 12 y 16 meses desde la fecha de presentación.
  • Status certificate: Aquellos fondos de inversión que presenten el Status Certificate recibirán los dividendos directamente tasados al quince por ciento (15%). En el caso de que en la referencia valor exista más de un titular, todos deberán documentarse.

El plazo para su presentación finaliza el próximo 31 de enero de 2021.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

ALEMANIA_Formulario_ modelo RV.pdf (110,9 KB)

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Recomiendo consultar con BBVA, la fecha de 31 de enero era orientativa segun me dijeron

Que significa Via EFP??

Electronic Filing Procedure (EFP) . Copio del documento para cumplimentar

1Declaration and authorisation of_ _1toparticipate in the Electronic Filing Procedure (EFP)ofthe German Tax Authorities (GTA)inorder to apply for the reimbursement of domestic withholding taxwithin the context of the double taxation agreement betweenGermany and Spain

Gracias por la aclaracion👍

Alguien sabe la contraseña para poder editar los documentos PDF de la información fiscal del BBVA. Ya he probado la clave personal, el NIF… y nada.

Hola.
Editar o ver?
Para verlo es el NIF, en mi caso que solo tengo un dígito en el millón sin 0 delante y siempre me lío si, la letra es mayúscula o minúscula, es probar.
Editar no he probado pero probablemente no se pueda.
Saludos

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Con el ADOBE se puede convertir un documento PDF en Excel, imagina lo que te simplifica eso los cálculos. Bueno pues todos los documentos bancarios de certificados fiscales te permiten esa conversión… excepto BBVA. Acabo de llamar al servicio de atención al cliente, creo que en chino la conversación hubiera sido más clarificadora.

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En teoría esos documentos no se deberían de poder editar, ya que es la información que la entidad remite tanto al usuario como a la AEAT.

Un saludo.

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Pues de hecho se pueden editar los de todas las entidades, excepto BBVA, de los que yo uso. Lo que hago es exportarlos como Excel y eso me facilita muchísimo la faena de cara a la declaración. En fin, habrá que hacerlo a mano.

Prueba a abrir el PDF con el Word, después selecciona todo el contenido y lo pegas en un Excel. Mantén el formato de origen y ya lo tendrás en Excel para poder trabajar con él.

No te va a quedar como si lo hubieras convertido directamente de PDF a Excel pero para poder trabajar con los datos y ahorrarte picar te valdrá.

Un saludo.

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Te agradezco el interés pero está hecho para que no se pueda intentar ninguno de los trucos habituales. He conseguido algo utilizando el editor de texto de google.

Buenas tardes a tod@s:
¿Han podido leer las nuevas condiciones y comisiones de BBVA? Se elimina la comisión de administración y se engloba todo en comisión de mantenimiento. Hasta 160€/año si no se cumplen requisitos de ingreso, gastos (recibos y operaciones con tarjeta de crédito), productos financieros con la entidad. Y eso a nivel particular porque como autónomo también lo hay.
¡Qué mala f***á me ha entrado!
Es lo que hay, ¿verdad? Existen más opciones disponibles.

Encima eso es únicamente para clientes antiguos. Para los nuevos hay una cuenta online sin comisiones ni condiciones.

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Yo soy uno de los afectados por las comisiones del BBVA. De todas formas esa cuenta la tengo solo para los recibos y la hipoteca del apartamento.

La solucion, si no se tienen productos que obligo el banco a contratar con la hipoteca, es cambiar la domiciliacion de todos los recibos con lo que quedaria como una cuenta soporte tan solo para hipoteca, y segun circular de Banco de España, en estas cuentas no pueden cobrar comisiones.

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