Adjunto copia de texto de BBVA sobre retenciones de dividendos en Francia y Alemania. Aunque ya ha pasado el plazo para este año, puede ser interesante de cara a futuros ejercicios.
Antes era un embrollo ir a Hacienda mientras que ahora parecen haberlo facilitado. Los certificados de residencia fiscal se obtienen fácilmente en la web de la Agencia Tributaria
Francia
Le informamos de que, para que sea posible una correcta aplicación del tratado de doble imposición entre España y Francia, y por tanto, que la retención en origen practicada en el cobro de dividendos sobre acciones de compañías francesas sea del quince por ciento (15%) en caso de personas jurídicas, o doce coma ocho por ciento (12,8%) en caso de personas físicas, es imprescindible, por su parte, la presentación de la siguiente documentación:
- Personas físicas, certificado de Residencia. Los residentes en España deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales españolas, con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Francia. Este documento tiene una validez de tres (3) años
- Personas jurídicas, Formulario 5000-ES. Documento francés que podrá solicitar en su oficina de BBVA. Este documento tiene validez de un (1) año, por lo que se hace imprescindible su renovación. El formulario 5000-ES debe ser cumplimentado por usted y certificado por la hacienda española. Si no fuera posible obtener la certificación por parte de la hacienda española, el formulario 5000-ES deberá ir acompañado de un certificado de residencia fiscal con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Francia.
El plazo para la presentación de la documentación antes mencionada finaliza el próximo 31 de enero de 2021. De no presentarse, se recibirán los dividendos con el veintiséis coma cinco (26,5%) de retención y se podrá reclamar la devolución de retención vía formulario de solicitud de devolución, tal y como se hace actualmente. En el caso de que en la referencia valor exista más de un titular, todos deberán documentarse. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
FRANCIA_Formulario modelo -form_FR_5000-ES.pdf (231,1 KB)
Alemania
Información relativa a las inversiones en títulos alemanes Renta Variable Le informamos de que, para que sea posible una correcta aplicación del tratado de doble imposición entre España y Alemania, y por tanto, que la retención en origen practicada en el cobro de dividendos sobre acciones de compañías alemanas sea del quince por ciento (15%), es imprescindible, por su parte, la presentación de la siguiente documentación:
- Certificado de Residencia. Los residentes en España deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales españolas, con mención expresa al convenio de doble imposición entre España y Alemania. Los residentes en países distintos a España y Alemania deberán presentar un certificado de residencia, emitido por las autoridades fiscales de su país de residencia, con mención expresa al tratado de doble imposición vigente entre el país emisor y Alemania. Los certificados de residencia tienen validez hasta el 31 de diciembre del año de su presentación, por lo que se hace imprescindible su renovación anual.
- Formulario Declaration and Authorisation to Participate in the Electronic Filing Procedure (EFP) of the German Tax Authorities (GTA). Documento alemán que debe ser cumplimentado y firmado por el cliente para su entrega, en su caso, a las autoridades fiscales alemanas junto con el certificado de residencia antes mencionado. Con este documento, el cliente autoriza a incluir sus datos en el sistema electrónico alemán para la recuperación de retenciones.
Este sistema permite recuperar la retención practicada en exceso sobre lo que marca el convenio de doble imposición en el pago de dividendo sin necesidad de cumplimentar ningún formulario adicional para la recuperación de dichas retenciones. Su validez es indefinida, por lo que sólo es necesaria su renovación en el caso de que algún dato declarado en el mismo sufra alguna variación significativa. Este formulario no aplica ni a los fondos de inversión, ni fondos de pensión, ni a SICAVS.
Descripción del procedimiento.
- Vía EFP: En el pago de dividendo, los beneficiarios reciben el dividendo con la retención máxima que marca la legislación alemana, actualmente el veintiséis con trescientos setenta y cinco por ciento (26,375%). Aquellos clientes que hubieran presentado la documentación descrita, recibirían posteriormente, y de forma automática, el importe de la devolución de la retención hasta el límite que marque el convenio de doble imposición entre Alemania y el país de residencia del inversor, siempre que el importe a recuperar supere el contravalor de cien dólares americanos (USD 100). El plazo para recibir el importe de la devolución no es determinable a priori pero tentativamente oscila entre los 6 y 10 meses desde la fecha de vencimiento. Los fondos de inversión, fondos de pensión y SICAVS no están sujetos a esta vía por lo que deberán realizar los trámites por vía ordinaria.
- Vía Ordinaria: Aquellos clientes que no hubieran presentado la documentación antes descrita, recibirían el dividendo con la retención máxima que marca la legislación alemana, actualmente el veintiséis con trescientos setenta y cinco por ciento (26,375%), debiendo recuperar la retención mediante la cumplimentación del formulario de solicitud al efecto, siempre que el importe a recuperar supere el contravalor de cien dólares americanos (USD 100). En este caso, el plazo para recibir el importe de la devolución no es determinable a priori pero tentativamente oscila entre los 12 y 16 meses desde la fecha de presentación.
- Status certificate: Aquellos fondos de inversión que presenten el Status Certificate recibirán los dividendos directamente tasados al quince por ciento (15%). En el caso de que en la referencia valor exista más de un titular, todos deberán documentarse.
El plazo para su presentación finaliza el próximo 31 de enero de 2021.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
ALEMANIA_Formulario_ modelo RV.pdf (110,9 KB)