Cambio de residencia e independencia financiera

No me importa explicarlo, pero todavía no me he metido con ello porque económicamente no me compensa, pero la idea es que si tienes un trabajo bien remunerado puedes montar una empresa en cualquier parte, incluso en Europa. Si además no pagas beneficios si no sacas el dinero de la empresa (impuesto de sociedades), y como tendrás cero facturas, pues tardas cinco minutos en presentar los impuestos, y con la gestoría, el primer año sobre 1600€ y el resto un poco menos. Más algunas ventajas de tener una empresa.
Estás utilizando una empresa cómo vehículo de inversión que mientras no saques el dinero no pagas impuestos, con lo que eso añades al interés compuesto.

Lo del trabajo remunerado es para que Hacienda no te pregunté de donde vienen tus ingresos.

PD: Evidentemente no hablo de España y con la seguridad jurídica de una empresa.

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Un poco sesgadito el vídeo de Rallo para apoyar su discurso y además partiendo de un documento ya de por si sesgado y que habría que mirar bien la letra pequeña. Todo eso que comenta es con la figura del no residente en Portugal, pero realmente la fiscalidad de los portugueses residentes no es tan ventajosa, con unos dividendos en el rango alto europeo, superiores a los de España con un 28%. Y con un rango alto de IRPF en el 48%.

Por otra parte, el 0% tax en criptos es solo si no es tu actividad principal. Y a todo eso habría que sumarle el tema de la seguridad social que habría que pagar.

Dicho lo cual, si que parece atractiva esa figura del no residente en Portugal. Especialmente en casos freelance o combinados con inversiones/criptos y demás.

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No puedo opinar porque no he visto el vídeo.

En 1996 se liberalizaron las telecomunicaciones en España.
A partir de 1998 se obligó a llamar siempre con el prefijo de la provincia cuando antes no era necesario entre la provincia, y si llamabas mucho te llegaba una buena factura en pesetas.

Todos sabemos lo que pasó a partir de entonces.

Los países están en ese mismo proceso, quieren primero capturar a toda esa población foránea que sabe que tiene miles de razones a pagar a Hacienda para cambiar de país. Como van a ser pocos pero van a hacer gasto les compensa, y así Europa no dice nada, por cuatro chalados que se cambian de país no pasa nada.

Esto es importante, el ser humano tiene la necesidad de pertenecer a una tribu, ser parte de ella, participar, colaborar, y sentirse útil. Debido a millones de años en los cuales como miembros individuales éramos presa fácil de cualquier carnívoro.
Con el tiempo esa tribu se convirtió en una aldea, esa aldea en un pueblo, ese pueblo en una ciudad, esa ciudad en una ciudad estado, esa ciudad estado en una provincia, esa provincia en un país, ese país en un imperio, y ese imperio en un Estado.

Para los que vienen de la logse, las compañías de telecomunicaciones hacen sus mejores ofertas para captar a clientes que saben que van a cambiar solo con una buena oferta, los clientes habituales aunque les maltraten no cambiarán, por lo que no es necesario hacerles ninguna oferta. Los países están en ese mismo proceso.

¿O porqué creéis que hay un sentimiento profundamente arraigado de Mi casa, mi tesoro?

PD: El régimen fiscal portugués solamente es para Residentes No Habituales (RNH) y solamente durante 10 años. Eso significa que solo es aplicable a aquellos NO residentes que pretendan establecer en Portugal una residencia permanente o temporaria.

PD2.: El resto de residentes portugueses que les den por …

PD3: Por ahora nadie me ha rebatido con números residir en un Estado u otro, todo son emociones, que son totalmente lógicas y nos dan de comer.

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Eso lo puedes hacer, pero es importante saber que como tal, salvo que exista un motivo económico para la constitución de la sociedad que exceda claramente del ahorro fiscal, y que la sociedad tenga medios humanos y materiales (cosa difícil si está en otro país diferente a donde reside su único socio y empleado), es probable que la Administración considere que es una simulación y exija la tributación que hubiera correspondido sin la sociedad interpuesta, con las correspondientes sanciones. Que obviamente, se puede jugar a que no te pillen, pero ese es un riesgo diferente que cada uno debe saber si está dispuesto o no a correr.

Y además, incluso en ese caso, alguien que cobrase dividendos seguiría teniendo el problema de la retención en origen.

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No es ninguna recomendación y todo lo que dices es 100% cierto.

Primer paso, estás trabajando con el sueldo que sea.
Segundo paso, montas sociedad OÜ en Estonia. Aunque estés trabajando, puedes darte de alta como autónomo aunque muchos consideren que es una locura. Pero lo puedes hacer en otro país mientras esta fuente de ingresos no sea tu vía principal de ingresos.
Una sociedad en Estonia puedes utilizarla como una sociedad de capital, y por lo tanto es una entidad legal y fiscalmente independiente de los dueños. Por lo que puedes hacer uso de la red de convenios de doble imposición de Estonia sin importar la residencia fiscal de sus socios.

Para poder utilizar los convenios de doble imposición hay que solicitar el certificado de residencia fiscal para la sociedad y beneficiarte de los convenios de doble imposición de Estonia sin necesidad de hacer grandes esfuerzos para conseguir un establecimiento o empleados.

Realmente utilizarías la sociedad como vehículo de inversión, y como solo se paga un 20% cuando se saca el beneficio mientras no, estarías libre de impuestos.
CZD_Cálculo de la base impositiva del ahorro

PD: Vaya estupidez, tener una OÜ para hacer traspasos entre acciones sin peaje fiscal.

PD2: Ya sabemos quien pagará impuestos

PD3: Hacienda podría pedir información de todas las empresas europeas a ver cuales encuentra con socios españoles y pedir explicaciones.

PD4: Si sigues viviendo en España cuando hayas ahorrado lo suficiente para gastartelo, necesitarás crear substrato empresarial con una oficina y empleados, pero entonces gastarte sobre el 1% de tu dinero a lo mejor no te parece tanto.

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Lo que ocurre es que, como comentaba antes, si vas a obtener dividendos, no es que la tributación de los mismos esté libre de impuestos, porque esos son solo los impuestos en destino de Estonia. Si recibes un dividendo de España tendrás una retención en origen del 19% que, si no pagas impuestos en Estonia, a buen seguro allí no te devolverán. Si recibes un dividendo de Estados Unidos o de Holanda, tendrás una retención en origen del 30%/15% que no podrás recuperar, etc. Sí podrías tener esa ventaja si solo tienes dividendos de Reino Unido, aunque obviamente mantener la sociedad allí tiene un coste.

Por poner un poquito de luz sobre el tema de Estonia… en su día lo estuve mirando bastante.

Tú puedes montar una empresa en Estonia, el coste de que te haga todos los papeles una gestoría son unos 80€ al mes lo cual es recomendado y es similar a lo que te cobrarían en España, vamos unos 1000€ año.

El dinero siempre y cuando se quede en la empresa tributa al 0%, si se saca como dividendos la empresa paga el 20% y la persona que lo recibe paga el 0% si reside en Estonia y si es en España pues lo normal el 19% y sucesivos tramos.

Vayamos a ver unos ejemplos… Vivo en España y cobro dividendos… no interesa. ¿Por qué? Mi empresa estona recibiría el dividendo con una retención del pais de origen que haya acuerdo doble imposición que suelen ser del 15%… luego si lo dejo en la empresa puedo hacerlo crecer… pero cuando lo saque pagaré a Estonia el 20% + otro 19% a España por ser residente fiscal en España.

Soy residente fiscal en España y mi estilo de inversión es value. Aquí puede ser interesante, si compras/vendes, la plusvalía mientras se quede dentro de la empresa no tributa lo cual puede hacer que el interés compuesto sea interesante… el problema viene al sacar el dinero que volvemos a tener el 20% a pagar a Estonia como empresa y el 19% a España.

Para evitar esto último seguro que hay maneras como contratarte como empleado (y pagaras seguridad social) quizás la más simple sería irse 6 meses a estonia ser residente fiscal ese año allí y pagar solo el 20% como empresa porque los residentes fiscales de Estonia cotizan a 0%

Otro asunto es que trabajes como autónomo y tengas que hacer facturas… ahí empieza a ser más interesante. Puesto que si estas facturando 10.000€ al mes, pero solo quieres sacar una pequeña parte, puedes dejar el resto dentro de la empresa sin tributar y hacer a la empresa crecer lo cual es el objetivo de esta medida…

PD: Tallin es una ciudad preciosa.

PD2: Puedes usar la “empresa” como excusa para tu mujer para escaparte a Estonia donde las chicas son muy guapas :slight_smile:

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Si hiciéramos un cálculo rápido de ficción (obviando la existencia de mínimos personales y familiares y otras circunstancias personales que aún podrían llegar a mejorar el cálculo para la parte española si los dividendos fuesen la única fuente de ingresos), si una persona cobrase 40.000 euros en dividendos brutos pagaría aquí casi el 21%, 8.280 euros.

Si esa persona cobrase esos dividendos a través de una sociedad en Estonia y recibiera esos dividendos en partes iguales de empresas de España, Reino Unido y Estados Unidos, pagaría algo más de un 11%, 4.533 euros. Si el coste de tener la sociedad son 1.600 euros, estaríamos hablando de un ahorro de un 5% por una estructura que la Administración te podría cuestionar.

Obviamente, para patrimonios mucho mayores podría ser interesante, pero a una rpd media del 3,5%, para sacar esos 40k en dividendos ya necesitarías 1,14M con lo cual, no está nada mal.

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Creo que no es del todo así, eso solo es verdad si resides en Estonia.
Quizás este equivocado pero me intento explicar siguiendo tu caso y haciendolo mas simple. Todo el dinero viene de empresas de USA y hay acuerdo doble imposicion por tanto en origen te retienen el 15%.
De los 40.000€ tu empresa obtiene 34000€
Ahora sacas los 34000€ como dividendos, pagas el 20% a hacienda de estonia: Te quedan 27200€
Ahora tu vives en España, hacienda te pregunta ese dinero de donde viene? Y pagas el 19% porque es lo mismo que te pague tu empresa de Estonia a que te pague directamente a ti 3M por ejemplo y te quedan: 22032€, en definitiva has pagado 18000€ en total.
La diferencia es, que durante los años que no saques el dinero estas pagando solo un 15% y no un 19%.

Si nos vamos al caso más favorable sería el siguiente. Todo en UK, ganas 40.000€ en UK se tributa al 0% tu empresa cobra 40.000€
Lo sacas de tu empresa y la empresa paga el 20%, te quedan 32000€.
Vives en Estonia y pagas 0% Te queda neto 32000€

En definitiva si es por dividendos yo no creo que merezca la pena, si estas haciendo compraventas y tienes plusvalias y quieres componer si interesa porque esas plusvalias cotizan a 0% en Estonia y puedes componer pero tendras el problema al sacar el dinero del 20% + % del pais que residas Por eso decia… empresa en Estonia durante 10 años generando mucha plusvalia… te vas 6 meses a Estonia para ser residente fiscal, sacas el dinero pagando la empresa 20% y tu 0% y te ha servido para retrasar el pago de impuestos y ganar mas

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Si, yo me refería a tu tributación personal vs la tributación de la empresa en Estonia, sin contar el momento futuro en que sacases los dividendos de Estonia, pero es cierto que sería peor. Pero en cualquier caso, una sociedad patrimonial sin estructura en Estonia te la pueden cuestionar, otra cosa es que las posibilidades que creas que tienen de pillarte.

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Casuísticas hay muchas y de todo lo que habéis hablado la cuestión no es solo mirar dividendos, hay muchas combinaciones posibles.
Antes todas estas estructuras de empresas e impuestos podían permitírselo grandes patrimonios, ahora se ha acercado a patrimonios medianos, y solo pretendo resaltar que existe esa posibilidad.

Cada cual es libre de gastar su dinero donde quiera, donar el dinero que le de la gana y pagar los impuestos allí donde viva.

La idea es para patrimonios medios, cualquiera que tenga una empresa que genere menos de 50.000€ en beneficio o que sean dividendos le compensa poco todo el jaleo.
Y a cualquiera que gane menos que eso o no tenga trabajo le compensa más irse a un sitio que haya más oportunidades laborales.

La idea que me gustaría calase es que lo inteligente es ganar mucho dinero, más que si pagas muchos impuestos o pocos. Y esto solo se consigue en otro lugar donde abundan las oportunidades no como aquí que a base de impuestos tenemos pocas oportunidades de hacernos IF.

Imagínate un emprededor, 50€ al mes los dos primeros años de autónomo más 50€ al mes una gestoría, comparado con los 80€ mes de Estonia. Tiene 20€ al mes para gastar en Adwords y dar a conocer su idea.

Si está arriesgando su dinero en una idea que puede ser un fracaso, ¿en qué país creerás que se arriesgará a montar su empresa?

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La clave si resides en España como bien dices es hacienda. Pensad que para ser considerado residente fiscal debe pasar una de estas tres condiciones:

  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español.

  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.

  • Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.

El primer punto es claro, el tercer punto dice que si tu trabajas fuera de España y mandas el dinero a tu mujer e hijos puedes ser considerado residente fiscal pero es más complicado porque es un terreno gris pero la clave es el segundo punto.

Si tú eres autónomo con un taller de coches llamado Taller Pepe y montas una sociedad en Estonia… a la hacienda española le da igual porque tu negocio y principal actividad de interés económico está claramente en España

Si tú eres autónomo y eres consultor y facturas a empresas de distintos países… ya no te pueden considerar residente fiscal en España por este punto. Así pues hasta donde se aplica lo mismo a las empresas, mientras tu empresa “facture” desde otros países que no sean España (osea los dividendos vengan de otro lado) no hay problema.

Es un tema muy complicado, con muchas aristas, un terreno gris que es mejor consultar con un asesor fiscal. Ya para dejar el tema os voy a poner un ejemplo donde SI interesa la empresa de Estonia:

Un ingeniero trabaja como autónomo en distintos proyectos de distintas empresas. Las empresas están en Inglaterra, Alemania y Dinamarca. En total factura al año 120.000€.

Esta persona reside en España y tiene que ver sus opciones para tributar:

  1. Darse de alta como autónomo por módulos. Opción que va a desaparecer y le obligaran a tributar por ingresos reales.

  2. Montar una empresa en España donde todos los años saques o no saques el dinero pagaras impuesto de sociedades.

  3. Montar empresa en Estonia, con las condiciones que hemos hablado.

Opción 1 y 2 van a ser mucho más cara que la 3.

Ahora bien, esta persona factura 10.000€ al mes, todos los gastos que pueda como portátil o coche lo comprará a nombre de la empresa, y pongamos que necesita “solo” 2000€ al mes para vivir. Puede hacer cuentas y decir pago el 20% en estonia solo de esos 2000€ y luego el 19% en España como persona física, pero los otros 8000€ no tributan… o mejor aún… me doy de alta como trabajador en España que con las nuevas leyes solo pagaría el 15%

En resumen, lo que quiero transmitir es que lo de Estonia está muy bien si quieres dejar dinero dentro de la empresa, si quieres sacar todo lo que generes y no vives en Estonia ya no interesa tanto.

También quiero transmitir que esto de los “nómadas digitales” va a más los gobiernos lo saben y incluso España se intenta pelear por atraer este “talento” y que no salgan en desbandada a Andorra

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Si está arriesgando su dinero en una idea que puede ser un fracaso, ¿en qué país creerás que se arriesgará a montar su empresa?

Si yo residiese en España y quisiese montar una empresa online lo haría en Estonia, no por los 20€ al mes, sino porque en Estonia tengo todo listo en 2 horas y en España me tiro 4 meses

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Si la empresa se dirige desde España, hacienda considera que es española y sujeta a la ley local. Si te pillan, acabas pagando los impuestos estonios y los españoles.

Había varias condiciones para poder evitarlo, contar con socios en el país de destino, que la participación en la sociedad fuera menor que cierto límite. No los recuerdo bien ya que me interesé por este tema hace ya bastantes años.

No soy fiscalista.

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Era un ejemplo sencillo, ya que al montar una empresa arriesgas mucho más que simplemente 20€.

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Esto es lo que comentaba @luismiaprendiz más arriba si. Se puede dar el curioso caso de que la fiscalidad sea bastante mejor para un portugués en España que en Portugal, y para un español en Portugal que en España.

Aparte de inversiones, creo que lo que puede aportar más ventajas o flexibilidades a una persona es tener alguna empresa online o simplemente ser freelancer/autónomo para diversas empresas, en ese caso por ejemplo la ley portuguesa para no residentes tiene todavía más importancia.

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Lo que viene siendo como las compañías de telecomunicaciones, mejores condiciones al cliente externo que al interno. Y la evidencia empírica es clara, los resultados son “magníficos”.
¿Alguna manera de hacer un amago de cambio de residencia para que te llame AEAT mejorándote las condiciones?

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:rofl::rofl::rofl:

Sería gracioso, ir a tu delegación de Hacienda con una cámara oculta diciendo que te vas a ir de España si no te bajan los impuestos o te dan unas tarteras.

:rofl::rofl::rofl:

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Sin menospreciar, eh.

Yo aún las estoy usando hoy en día, y son del siglo pasado. Vajilla, copas, copones y cubertería también.

Creo que fue determinante para conseguir la IF.

Menos mal que no soy griego.

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