La mayor parte de esa gente tiene nada o muy poco que perder.
Escribo muchas cosas, pero lo que te describí para deshacerte de tú propio patrimonio no es ilegal. Si estás en un país que no te cobra por donar, vender, loque sea, todo tú patrimonio a una empresa, a la vuelta a España vuelves tú sin nada. Y una empresa que no reside en España tiene a un pipiolo que está usando la tarjeta de esa empresa que no reside en España para gastar dinero en lo que quiera.
Qué es lo que va a investigar? Para dar las ayudas en España cuenta lo que tengas tú o los que conviven contigo si sois unidad familiar o algo así.
'- Es ilegal ser dueño de una empresa y no decir que se es dueño de esa empresa.
'- Si, pero no es ilegal que otra persona (es un oficio en los países indicados) sea la dueña de tú patrimonio y tú tengas un papel/contrato en el que esa persona renuncia a todo ese patrimonio en favor tuya ya firmado.
Como ya dije, el problema es no tener el dinero suficiente para hacerlo BIEN. Si queremos eludir barato barato, se hace mal y pasa lo que pasa.
Como yo NO TENGO el dinero suficiente, he buscado lo que puedo hacer para mí nivel de patrimonio. Siempre dentro de la constitución, evidentemente.
No te creas.
Pareja con trabajo cada uno de ellos y al menos dos pisos de los que obtienen alquileres, consiguen que si hijo obtenga ayudas que el mío no puede obtener.
Como crees que lo hacen?
Estoy muy cansado de ver a tanta gente haciendo irregularidades para conseguir pagar menos impuestos, por eso, no me duelen prendas en intentar pagar lo menos posible legalmente.
Con dinero y buenos asesores/gestores, puedes acabar pagando lo que quieras en impuestos, menos si eres funcionario o trabajas por cuenta ajena que te roban antes de pagarte.
No, lo que dices no es legal. La Ley General Tributaria regula, por ejemplo, los supuestos de conflicto en aplicación de la norma y de simulación:
"Artículo 15. Conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
1. Se entenderá que existe conflicto en la aplicación de la norma tributaria cuando se evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o se minore la base o la deuda tributaria mediante actos o negocios en los que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que, individualmente considerados o en su conjunto, sean notoriamente artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido.
b) Que de su utilización no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con los actos o negocios usuales o propios.
2. Para que la Administración tributaria pueda declarar el conflicto en la aplicación de la norma tributaria será necesario el previo informe favorable de la Comisión consultiva a que se refiere el artículo 159 de esta ley.
3. En las liquidaciones que se realicen como resultado de lo dispuesto en este artículo se exigirá el tributo aplicando la norma que hubiera correspondido a los actos o negocios usuales o propios o eliminando las ventajas fiscales obtenidas, y se liquidarán intereses de demora."
"Artículo 16. Simulación.
1. En los actos o negocios en los que exista simulación, el hecho imponible gravado será el efectivamente realizado por las partes.
2. La existencia de simulación será declarada por la Administración tributaria en el correspondiente acto de liquidación, sin que dicha calificación produzca otros efectos que los exclusivamente tributarios.
3. En la regularización que proceda como consecuencia de la existencia de simulación se exigirán los intereses de demora y, en su caso, la sanción pertinente."
Estos dos artículos se ha usado en múltiples ocasiones por la Administración con ocasión del uso de sociedades interpuestas (habitualmente, menos burdos que el que planteas).
También a veces se han utilizado otras figuras, como la doctrina del levantamiento del velo como instrumento para descubrir la identidad entre los intereses de una persona jurídica y los de un sujeto individual.
Pero vamos, yo te animo a que vayas a uno de esos buenos asesores a proponerles ese plan a ver si te dicen que es una operación que no conlleva riesgo.
… o es ilegal?
Sigo sin entender porque me investigan si llego a España sin ninguna posesión o con media pensión, el caso es investigar. Con razón hacen falta más inspectores.
Aún así, si ese es todo el problema, es suficiente no volver a residir a España o el estado español también persigue (sueños húmedos de más de uno) hasta al que se va de España una vez que se ha ido legalmente. Pues vengo solo de “vacaciones” o no vuelvo. Que difícil me lo estás poniendo.
En el abanico de colores que comenté hace unos minutos entra lo que va a hacer el compañero que vuelve de Panamá con las plusvalías a 0. También lo puede perseguir Hacienda? Su único motivo es el ahorro fiscal.
Resumen: te digo que hay muchas posibilidades para reducir los impuestos que se pagan. Yo mismo he descrito y aplicado alguna aquí en directo. En la medida de mis posibilidades seguiré investigando y aplicando todas y cada una de ellas siempre que sean legales. También hay que darse cuenta que los que hicieron esas leyes ya han dejado esos resquicios intencionadamente para poder eludir ellos en su momento.
PD: tantas leyes lo que demuestran es que robar es su afición.
Podíamos debatir si contra el vicio de robar y ser legal porque lo hace el estado, se podría justificar la protección por todos los medios de lo que es tuyo, pero eso si, eso para otro hilo.
¿Él también va a ocultar su patrimonio a través de una sociedad ficticia interpuesta y cobrar ayudas en España que no podría percibir de no hacerlo?
Qué yo sepa está en Panamá por trabajo, y vuelve a España, ni hay ninguna simulación ni conflicto en aplicación de la norma. Ni fraude. Vamos, no tiene nada que ver.
El supuesto que planteas de no volver a España es otro caso distinto, ahí dependerá de dónde estés y la normativa que apliques. Lo que yo he puesto es para alguien que vuelve a residir en España.
Los argumentos que puedes usar sobre si algo es ético, o no, o si es más o menos probable que te pillen o no, pueden tener su sentido, y ese es otro debate. Pero el supuesto que planteabas no es un supuesto de economía de opción ni de elusión fiscal.
Ese caso al que haces referencia es totalmente contrario a lo que estás proponiendo de inicio. Esa persona no se ha ido de España, lava sus beneficios a coste cero o reducido y posteriormente regresa con una mano delante y otra detrás. Esa persona ha estado residiendo en el extranjero durante muchos años, ha generado su patrimonio, o la mayor parte de él, fuera de España durante esos años de residencia en el extranjero y antes de regresar a España lleva a cabo una reasignación de sus activos financieros atendiendo a las normas de su lugar de residencia habitual.
Entiendo que son casos muy distintos.
Por otro lado, eso que comentas de que si te piras pueden seguir investigándote … tú prueba a irte con un patrimonio de los que hacen bulto, “lavalo” fuera y después te vuelves a tomar el sol y ya me dices si te llaman para pagar la cuenta del bar o no.
Un saludo.
P.D.: Creo que he solapado mi respuesta con la de @quicksand diciendo mas o menos lo mismo.
Digo que entre el abanico de posibilidades está la de él,o las que hago yo.
Si se entiende por mi texto que él está haciendo algo ilegal, muy mal me explico.
Si, claro, sólo que tú planteas un abanico con alternativas legales e ilegales.
Yo no critico si es ético o no es ético o si alguien debería o no hacerlo. A mí eso no me importa, todo depende del riesgo que cada uno quiera asumir.
Pero no es legal.
Pues debí expresarme mal si ya sois dos que decís que yo he dicho que está haciendo lo mismo que dije como extremos del abanico.
Olvidaros de uno de los extremos del abanico y coger todos los demás casos que veáis compatibles con la legalidad vigente.
Está claro que el extremo del esa parte del abanico lo he roto. Aunque creo recordar que también escribí menos de 4M€.
Bajo la legalidad vigente, salvo que tengas pasta de la de verdad para que un despacho contable te monte algo serio de verdad la realidad es que en mayor o menor medida tu culo es suyo te pongas como te pongas.
Luego ya lo de ir ajustando compensaciones y lavados de beneficios cada año para no acumular y no alcanzar así los mínimos a partir de los cuales te toca retratarte, repartir patrimonio entre miembros de un núcleo familiar y tal y tal como vienes haciendo en tu caso ya algún tiempo pues te da para lo que te da, que estando bien encima de ello y controlando el tema te puede permitir reducir la factura bastante o incluso anularla por completo como ha sido tu caso en algunos ejercicios que no es poco. Pero incluso esa estrategia tú sabes igual que yo que tiene fecha de caducidad, por cuando los activos que tienes en algún momento dejarán de poder compensarse, el avance en la edad de algún miembro del núcleo familiar hará que cambie su consideración fiscal, etc, etc y por eso te comes la cabeza buscando soluciones para el día después. Cosa por otro lado lógica y normal
Un saludo.
Lo acepto. No conozco la ley a ese extremo, si me dices que es ilegal, lo acepto.
Vamos a centrarnos entonces en el abanico legal que es muy grande.
Y más adelante, cuando tenga la posibilidad (€$) de tener otra opinión/punto de vista, podré tomar la decisión de que hacer y no hacer. A lo mejor, si me declaro independentista ya es legal.
Lo acepto. No te voy a insistir, ya que claramente no tengo la certeza de haberlo hecho.
Para eso tengo tiempo.
Cuando entré por aquí no sabía ni la mitad de lo que se hoy. Mucho lo aprendí aquí, entre unos y otros, y otras cosas fuera.
En su día, varios años declaré lo mismo por ingresos del trabajo que por plusvalías del capital. No me digas que no es hacer el canelo.
Los que llevan el estado me incentivan todavía más a comerme la cabeza.
Todas las pequeñas cosas que hago, tienes razón, me valen para ahora, cuando el patrimonio se duplique igual algunas ya no son tan útiles, pero ya buscaré la manera.
De todas formas, quizás sea mejor no contarlas dado que parece que hay más gente que le moleste que las busque a que explique lo que encuentro. Egoístamente al compartirlas también me sirve para buscarle fallos como me ha dicho @quicksand ( si un día se da la circunstancia y lo consigo, serás el segundo en saberlo, por privado)
Tendré que sopesarlo, herir los sentimientos de la gente está muy mal visto hoy en día. Para que hacer sufrir a la gente, que cada uno page lo que se merece.
Lamento si te ha parecido que me molestase que lo dijeras. Pero no es el caso para nada. De hecho, creo que he dicho que, si quisieras hacerlo, a mí no me parecería mal mientras fueses consciente de los riesgos.
Sin embargo, lo has planteado como si fuese una alternativa de algo que “se puede hacer”, y como yo considero que esa opción sería muy probablemente cuestionada y sancionada por Hacienda, y que no es algo remoto que fuese detectado, lo he indicado así.
Pero me parece bien, e inteligente que busques y pienses en todas las alternativas.
Espero que no lo estés diciendo por mí a raíz de lo que hemos ido comentando, porque lo que te he comentado te lo habría dicho igualmente sentado frente a ti invitándote a una cerveza (por mirar por tu patrimonio ) y no es para nada porque me moleste que busques camino para evitar en la medida de lo posible el palo fiscal. En lo que a mí respecta estás en todo tu derecho y esa búsqueda me parece perfecta, porque joderme joderme a mí me jode como mínimo lo mismo que a ti que con mí dinero hagan todas las sandeces y derroches que hacen. Así que sí, mi voto es para la ONG a la garrapata ni agua.
Un saludo.
P:D.: La única puntualización, que ya la hice en su día, y como sé que tienes memoria la vas a recordar seguro, es que aunque a veces no seamos conscientes aquí nos lee mucha gente, de toda esa gente unos saben más y otros menos, de todos los temas, y en esto de la fiscalidad si no se dicen las cosas muy claritas, como para parvulitos a veces podemos llegar a inducir a error a otros que por lo que sea no tienen los conocimientos tan bien asentados sobre el tema en cuestión.
Porque tú sabes muy bien lo que buscas, cómo y por qué lo buscas, y muchos de nosotros también entendemos lo que dices y cómo lo quieres decir, pero igual hay otros muchos que no lo terminan de pillar y ya sabes que la ignorancia suele ser muy valiente.
@quicksand y @ciguatanejo , OK a los dos.
Respecto al oro: es de los pocos activos sin riesgo de contraparte. Su ventaja es tenerlo cerca, a mano.
Históricamente (y pocos activos tienes el historial del oro) ha sido una reserva clara de valor y ha cumplido su misión de mantener el poder adquisitivo de aquellos que lo tenían.
Su ventaja es obvia, “clandestinidad” si la quieres en venta entre particulares. Una vez compras, puedes hacer con el lo que te dé la gana. Si lo has “perdido”, nadie puede decir nada. Allá cada cual.
Con tus facturas de compra, si las quieres (tienes multitud de tiendas con precios cercanos a spot), puedes moverte e irte donde te de la gana hasta un máximo de 10k (si hablamos del extranjero). Si quieres mover más, pues más viajes. No pasa nada.
Sea como sea, es un activo como otro más, con la ventaja de que es de lo poco que puedes tocar y usar en caso de hecatombe.
Y ojo con esto para los que comenten lo típico de “venga hombre, que esto no es Mad Max…”
Familias enteras se salvaron por las monedas que tenían guardadas en primera y segunda guerra mundial. Tenemos casos más recientes de la importancia de los metales en según que situaciones: Venezuela, Argentina… Es historia y no está de más mirar de vez en cuando atrás, sin volverse loco, claro está.
Mirad los asiáticos y los bancos centrales a nivel mundial. Que compran? Los papelitos cada vez les gustan menos.
En resumidas cuentas, yo si lo tengo en cuenta dentro de una cartera bien diversificada.
Un saludo!!
Pero si …
Pero si el cadáver aún está caliente.
Edito: perdón confundí tú avatar con el de @ciguatanejo.
Me gusta tu forma de pensar, tú en mi equipo de ideas.