Gestionar los medicos de la familia, presentar documentos a las administraciones, sacar certificados tributarios, seguridad social, presentar impuestos, domiciliar recibos, citas previas en organismos públicos, letras del tesoro… Y me dejaré varias cosas más. Para casi todo creo que hay otra alternativa pero creo que el certificado es más práctico, además de que para algunas cosas es obligatorio. Realmente es una de las cosas que mejor funcionan en el sector público.
En la privada no hace falta
¿No vale con lo de clave PIN?
No saco eso. Guardo los resguardos cuando presento algo.
No hace falta
No uso de eso
Por no mencionar que muchísimas entidades privadas (i.e. bancos) ya aceptan documentos firmados con certificado digital. Se acabo imprimir, firmar y escanear los PDFs.
Firmo pegando una imagen de mi firma con Adobe Acrobat Reader directamente sobre el PDF y todavía nadie me ha denegado nada
Cero árboles dañados durante el proceso desde hace años
Eso no es firmar.
eso lo intenté yo en el trámite de una herencia y un par de bancos me dijeron que a donde iba, alma de cántaro
Creo que fue en este foro que alguien comentó como un banco no acepto un extracto de posición firmado con firma digital para hacer un traspaso entre brokers y que tuvo que firmar manualmente (o pegando una imagen, no se sabe) y mandarlo por email.
Si es que estamos vivos de milagro.
Casuística hay mucha, desconocimiento también, pero no es opinable, eso no es firmar. Si sí lo fuera, esta tarde hago un testamento hacia mi persona desde Jordan.
Traspaso de posiciones, renovación del W-8 BEN … todo pegando la foto de mi firma
Las acciones terminaron en el broker destino y en los dividendos USA solo me retienen el 15% en origen
No es firmar pero …
¿Cual es la diferencia entre imprimir un documento, firmarlo y escanearlo y entre firmar, escanear la firma y ponerla en un documento?
¿Puedes diferencias ambos casos viendo únicamente el documento final?
Ninguno de esos dos documentos están legalmente firmados. Un documento físico se firma con la mano, un documento digital con la firma digital. El resto de combinaciones, no es firmar.
Hacer cosas ilegales sin consecuencias es uno de los pequeños placeres de la vida
Cuál es la diferencia de tener un capital garantizado por ley respecto a tener una letra del tesoro del mismo estado?
El fondo de Garantía de Depósitos es una ilusión, como venga una crisis gorda se verá para lo que llega.
En la practica, poca diferencia hay. Las dos cosas son promesas de pago, que valen tanto como la capacidad de pago de su emisor.
De todos modos no tiene por qué ser el mismo escenario, para que entre la garantía de deposito, basta con que el banco donde está el deposito quiebre. El que responde es el estado, o el banco central donde estuviera adscrita la entidad financiera quebrada. Si lo que ha quebrado es el estado, seguramente dará igual tener un deposito o una letra del tesoro.
Por otro lado, creo que los fondos monetarios no tienen por qué invertir solo en deuda publica o letras del tesoro, también pueden tener deuda privada. Y desde luego no tienen por qué invertir solo en deuda de un único país o de un único banco central.
Sí claro, en este caso estoy dando por hecho inversión en letras del tesoro nacionales, y únicamente de países serios o de la zona euro. Quiero decir, por evitarte el engorro de ir directamente a comprar las letras del tesoro.
Yo tengo Groupama Tresorerie y Axa Tresor Court Terme.
Ambos están en MyInvestor.
Tienes razón, por supuesto que no es nulo.
Lo bueno es que están muy diversificados y al ser deuda de corto plazo es muy improbable que haya un impago porque es más fácil refinanciar una deuda a corto que una a largo.
De menos a más riesgo yo pondría monetarios, depósitos y letras del tesoro. No obstante, el riesgo que hay en ellos en mi opinión es muy, muy reducido.
Para mi la mayor ventaja del monetario no es ese pequeño plus de rentabilidad que da ahora respecto a depósitos o letras si no que es la liquidez casi inmediata y la posposición de la tributación por plusvalías. En mi caso, ademas, como este fondo lo tengo para aportar a otros fondos en caso de caídas seguiría sin tributar.
Otra ventaja es poder meter más de 100K sin preocuparte de que quiebre el banco. Aunque esto es solo para ironmanes y gente así
Muchas gracias.
Por lo que leo, son los que menos Ter tienen.
Creo que también me decantaré por dos. No cuenta nada diversificar.
Una pregunta, comprar por participaciones o por importes? O en principio dan igual?
Gracias