Otro afortunado por aquí
Hoy ha tocado devolucion de hacienda.
Espero que haya mas afortunados en este dia.
S2
Mañana es “BLACK IRPF”
Soy la única que todavia no ha tenido noticias de la querida agencia tributaria este 2025?
Que va! Yo tampoco, y lo mío es peor, hice la declaración de los primeros días y me hicieron la devolución rápido. Peeeeero luego mi empresa se había equivocado en los datos que le mando a Hacienda y tuve que hacer otra para que me devolvieran 900€ mas y ahí se ha quedado
A ver por donde me salen
Que va, tienen alguna otra devolución pendiente por aquí ![]()
No pasa nada, os pagaremos este todos los intereses de demora.
Ya sabéis que el dinero público no es de nadie.
Buenas
Acaban de pedirme que justifique la retención en origen de los dividendos extranjeros. Sus datos no concuerdan.
Pienso enviar el informe fiscal de los broker y los cuatro cálculos que he hecho. Si quieren regularizar a la baja pues vale.
Los cuatro cálculos que dices @PGon es aclaración de los informes de los broker supongo ¿no?, la suma que te da
Suerte
Creo que sí. Mi idea es presentar el informe fiscal de los cuatro brokers con los que trabajo y explicar como he llegado al cálculo de la devolución por el cobro de dividendos extranjeros. Mi retención en el extranjero no es alta, sobre los 800 euros.
Lo que me fastidia es que en la notificación me piden certificado de retenciones de las haciendas extranjeras… como para pedir a usa un certificado vamos.
Nada más pueda fiscalmente me quito todo lo extranjero y me quedo con fondos y etfs ucits.
A mi me lo pidieron también (en agosto) y solo mandé los certificados de los broker. Creo recordar que en menos de dos semanitas devolvieron el dinero.
A mi lo curioso es que ya me devolvieron el dinero
Leche, ¡ya no podemos ni dormir tranquilos con la devolución en el bolsillo!
Yo ya voy por el segundo requerimiento en los últimos tres años y veo que están revisando la del año pasado una vez validada, así que lo mismo este año toca de nuevo sorpresa.
Siempre me han llegado los requerimientos entre noviembre y diciembre, este año supongo que no será distinto.
En mi caso para la doble tributación y las retenciones a pagar por pagos de dividendos en el extranjero (IB) lo he justificado con los informes de los distintos Brokers si realizar los cálculos exactos ni como llegué a ssa cantidad. Entiendo que cuando vieron el medio millón de apuntes de los distintos Brokers, se les quitó las ganas de seguir rascando.
No te asustes. Con los informes ya será suficiente. Yo creo que no tienen para pagar las devoluciones y lo quieren retrasar a 2026. Pagamos todos a escote los intereses de demora.
La primera vez me planteé traducir los informes al castellano ( los franceses ya puedes pedir que sean en castellano que te hacen 0 caso). Al final me salía tan caro que no desgrabarme la doble retención).
Aceptaron los originales.
Ni los “x” años siguientes que aún están a tiempo de tocarte los huevos legalmente. Y si no sé retoca la ley y a perpetuidad.
Para mí que con que les llegue el PDF marcan la casilla que tengan de “justificado” y pa alante. No me imagino a ningún inspector dedicado a sumar y restar con su calculadora para ajustar 20 euros arriba o abajo.
Eso sí, retrasan el expediente y mandan mensajito para que dejes de tocar los huevos invirtiendo en esas empresas raras indescifrables, que si KO, que si CAT, que si T… es que pareciera que les estamos vacilando
Puedes tener TO CAT T LOS KO JNJ ES
Esta semana, y seguramente como medida de cortina de humo por la sentencia del FGE, la Hacienda del Reino de España ha tenido la bondad de ingresarme la devolución del IRPF.
Con en ocasiones anteriores, lamento el quebranto que la devolución de parte de lo que previamente me han robado pueda hacer sobre la sanidad, carreteras (especialmente las de acciona) y otros servicios de vital importancia que me da pereza enumerar.
Hola, a ver si alguien me da un poco de luz en este tema. El caso es que este año por primera vez me llegó hace un mes el requerimiento de hacienda para que justificase la deducción por doble imposición internacional y después de enviarle un escrito explicando un poco todo y el certificado con la información fiscal oficial de la entidad bancaria (ING) me han notificado hoy la terminación del procedimiento de comprobación y me comunican que no se me va a practicar liquidación alguna, que no tengo que hacer nada.
En el acuerdo me comunican que no procede regularizar la situación tributaria y en las actuaciones realizadas sólo aparece la notificación del requerimiento de hace un mes y que finaliza el procedimiento de comprobación limitada con esta última notificación.
Luego que puedo presentar recurso y bla bla bla.
En el estado de tramitación por otra parte me indican que estiman conforme la devolución solicitada por mí y proceden la pago en 4 días hábiles.
Como es la primera vez que me pasa no sé muy bien que ha pasado exactamente, no sé si estoy en lo correcto pero entiendo que el responsable de hacienda ha pasado de leer la información que le envié y da por hecho que la declaración que presenté está bien sin comprobar nada.
Bueno, si alguien conocedor de estos procedimientos o que haya pasado por algo similar me explica si es como entiendo o no se lo agradezco. Gracias y saludos.