Eso es, 19% pero será en vuestra renta y cada uno por su parte etc.
Hola, tienes toda la razón
He consultado hoy los datos fiscales y me los han actualizado, corrigiendo las duplicidades.
Gracias por tu respuesta
Nada! A todos nos ha pasado
A mí también me vienen duplicado los dividendos españoles. El año pasado también ocurrió lo mismo. Me han dicho que pronto lo subsanarán.
Quería saber si estamos casados y con hijo menor de 3 años y hacemos declaraciones individual . Cuando navegamos por la páginas 1-55 del borrador como debe salir nuestro hijo y cónyuge inscritos para que el sistema calcule el 50% por descendiente de manera automática. A mí me sale estado civil casado , datos míos , de mi mujer y de mi hijo . En mi hijo clave vinculación. A pero no me deja poner nada en unidad familiar y después en residencia
habitual el código de mi comunidad en mi caso pero en el de mi mujer sale vacío u oculto.
Por otro lado tengo entendido que los dividendos o ajustes que pagan ciertos cfds como tlt en etoro por ejemplo , se deben de finiquitar en el mismo contrato poniendo valor de adquisición 0 y de transmisión el que sea más los dividendos netos cobrados , no cabiendo además meterlos en casilla 29 ni poder solicitar la doble imposición en caso de retenciones en origen
En lo primero que preguntas, en situación familiar, cuando entras a la declaración, debes poner casado y la clave de vinculación que corresponda y añadir a tu cónyuge, para que el programa calculé la forma más favorable, conjunta o individual.
es que he visto que yo tengo ya puesto a mi hijo con clave A y tb sale mi mujer aunq no me muestra su dato de que vive en la cv (17) como yo. y en base a eso entiendo que el programa calcula lo que te toca por hijo . yo al acceder le di directo a la individual y tb mi mujer
Respecto a la parte de compensar pérdidas he visto que al ser de 2024 estaban metidas en la casilla 447 sino quiero usarlas este año es solo quitar ese dato de ahí o hay q volver q llevarlo a alguna de las casilla de 1250 para arriba? Gracias
Hola a todos, hace un par de años falleció mi padre sin dejar testamento. A la hora de preparar los papeles de la herencia iniciamos los trámites y se fué juntando por un lado que mi madre no estaba para papeles y por otro que teníamos es establecer al curador de mi hermano pequeño que tiene una minusvalía importante. Eso nos hizo tener que esperar al juez y una cosa por otra la casa sin barrer. El tema es que a día de hoy la herencia sigue sin haberse repartido aunque ya queda menos. Al entrar en el borrador de la renta nos aparece que existen dados de alta en el catastro dos propiedades que eran de mi padre a nuestro nombre pero como os digo no se ha repartido la herencia ni hay ningún documento donde se indique a quien pertenecen esas propiedades. El tema es que el borrador de Hacienda pregunta que si quiero añadirlos a la declaración. ¿Como se actua en estos casos? ¿En el caso de que no los añada, puede pasar algo?
Yo lo que haría es acudir a un gestor a que te prepare la declaración.
Cuando hay herencias e inmuebles por medio suele ser una movida y yo prefiero que me la prepare o al menos me ayude un profesional. Porque la probabilidad de cagarla suele ser alta en estos casos.
Yo no me arriesgaría…como dice el compañero, creo que es mejor acudir a un buen gestor!
Hola
También puedes pedir cita en el catastro y en hacienda para que te informen los unos y los otros.
Saludos
Puuffff pues vaya chusta. Muchas gracias por vuestra respuesta.
Hola @ruindog, de donde sacaste esa info. Voy a ver si consigo aclarar el tema un poco. Nosotros no estamos obteniendo ningún tipo de rentas.
Es así como te ponen. Tienes que declararlos y si son bienes inmuebles,que es lo que creo, tendrás que declarar como ingreso el 1,1 o el 2 por ciento del valor catastral ( depende si lo han revisado o no) por estar vuestra disposición desde la muerte de vuestro padre.Supongo que ya habréis liquidado el impuesto de sucesiones ,por eso aparece a vuestro nombre aún que no hayáis repartido la herencia.
El modelo 184 solo hay que presentarlo si son rentas brutas anuales superiores a 3000€. En vuestro caso con reflejar la parte de la rentas imputadas correspondiente a cada heredero en vuestras declaraciones individuales puede que sea suficiente.
Cuidado porque el 184 lo presentan comunidades de Bienes y herencias yacentes constituidas con su CIF etc. Creo que no es el caso y la IA se flipa.
Estoy empezando a pensar que cada vez que rebata a la IA voy a cobrar aunque sea 20 euros y me hago millonario.
¿El caso del compañero no sería una herencia yacente?
Llevan dos años, tendrían que presentar papeles en Hacienda, pedir CIF y hacer dos 184 fuera de plazo, todo para que les salga en los datos fiscales y quede la renta igual.

