El modelo 720

Justo iba yo a poner la noticia :slight_smile:

1 me gusta

Independientemente de lo absurdo que es el modelo y de lo irracional que son las multas aplicadas yo no diría que éste es un “error menor”

Por ejemplo, una sanción a un contribuyente "por no informar sobre valores en Bélgica que no superaban los 800.000 euros y que procedían de una herencia"

Y la que de verdad no entiendo es ésta. ¿Desde cuándo un autorizado tiene que reportar los bienes propiedad de un tercero en el modelo 720?

Se trata de un contribuyente multado con 50.000 euros por "no informar de dos cuentas en las que figuraba como simple ‘autorizado’ y que sumaban unos 40.000 euros en total".

1 me gusta

Pero el Estado/Hacienda se lo sigue pasando por el “f****”

1 me gusta

Yo esto lo entiendo como tú, el primer código de país interpreto que es donde están depositadas las acciones, y el segundo, que está en el apartado de “domicilio de la entidad”, donde está registrada. Con tu mismo ejemplo, el “business address” de la empresa Carnival está en Miami, aunque puedes tener acciones de la misma que cotizan en NYS PA1436583006 o en LSE GB0031215220.

1 me gusta

Eso espero porque ya lo he enviado así :shushing_face:

¿Las acciones de REITs cómo las introducís?

He leído por foros de internet estas dos opciones:

Opción A:

  • Clave tipo de bien o derecho: V (valores o derechos representativos de la participación en cualquier tipo de entidad jurídica).
  • Subclave de bien o derecho: 3 (valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y ‘trusts’ o masas patrimoniales que, no obstante carecer de personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico).

Opción B:

  • Clave tipo de bien o derecho: I (acciones y participaciones en instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero).
  • Subclave de bien o derecho: No aplica.

Opción 3:
Clave tipo de bien o derecho: V
Subclave de bien o derecho: 1

Como cualquier otro valor.

También he leído la información que mencionas y tengo la sensación de que ya se está intentando “rizar el rizo”

1 me gusta

Cierto, esa tercera opción tampoco se puede descartar.

A mí la opción 3 me parece la acertada. Alguién por aquí puede explicar (si lo hace así) por qué considera un REIT tipo SPG o AMT como una institución de inversión colectiva, yo no acabo de entenderlo pero me gustaría conocer más opiniones.

Lo pone claramente en las opciones.

“V” es valores o derechos representativos de la participación en cualquier tipo de entidad jurídica. Los REIT’s (por lo menos en los habituales por el foro) con entidades jurídicas, lo dice la propia denominación de la empresa. Ejemplos:
Realty Income Corporation, Omega Healtcare Investors Incorporated, LTC Properties Incorporated, Healhpeak Properties Incorporated, Simon Property Group Incorporated, etc… Son como las Sociedades Anónimas de aquí, personas jurídicas.

Los Fondos de Inversión y los ETF’s son Instituciones de inversión colectiva y no son entidades jurídicas. Por eso la clave es “I”.

¡Cuánta vuelta le dais!

Saludos.

2 Me gusta

Por cierto… McDonald’s Corporation, Kimberley-Clark Corporation, Pepsico Incorporated, Pfeizer Incorporated, etc… ¿Ponéis otra clave que no sea la “V”? Creo que aquí no tenéis dudas :thinking: Pues son el mismo tipo de empresas.

Saludos.

1 me gusta

Entonces las opciones para declarar los REITs se reducirían a:

Clave tipo de bien o derecho: V
Subclave de bien o derecho: 1

o

Clave tipo de bien o derecho: V
Subclave de bien o derecho: 3

La subclave 1 parece que lo engloba todo. La subclave 3 parece más especifica y usa la palabra “fideicomiso” (Un REIT lo definen como un fideicomiso de inversión en bienes raíces). Eso sí, lo que precede de “valores aportados para su gestión o administración”, no acabo de entender a qué se refiere.

Buenas!!! Estoy empezando con el modelo 720 por primera vez y voy con un miedo terrible. Una pregunta trivial… En “identificación de la entidad” rebuscais el nombre completo o poneis simplemente el nombre que me de el broker?? Voy a un ejemplo para que me entendais… Pongo 3M company ó Abbvie Inc. que me da Degiro o queda muy escueto??
Gracias!!!

1 me gusta

Yo en este caso he copiado el nombre que me da el Bróker (IB). No sé si es correcto o no, la verdad.

720 presentado.
Se puede poner fracciones de acción :upside_down_face:.

1 me gusta

Pues veía muy claro que el tipo de bien era V y la subclave 1, pero viendo lo que comentabas de fideicomiso, veo que citan Trusts y me ha entrado la duda (lo que no comparto como dice Madelman, es lo que dicen que un REIT sea bien I).De hecho yo llevo en cartera FRT cuya denominación cita textualmente Trust (Federal Realty Investment Trust) o URW (además de alguna que citaba Madelman) y lo que me ha hecho cuestionarlo también ha sido este artículo de Rankia que escribió en su día Solrac y he encontrado hoy (si está en este foro espero que no se moleste por compartirlo aquí):

1 me gusta

En el artículo del 720 hablais de un tema que me interesa mucho para mi caso:

Presentaciones posteriores…

Es decir, si el valor de la cartera no aumenta, pero se sustituye un valor por otro mediante venta y posterior reinversión, entonces esas rotaciones me obligarían a rellenar el 720 aunque no se incrementase el valor de la cartera en mas de 20.000€ con respecto a la ultima declaración del modelo 720.

¿Alguien puede ampliar la información sobre esto?

Gracias por vuestra ayuda sobre este tema. La verdad es que el artículo está muy claro. Un saludo.

Quiero compartir con todos los que tiene que rellenar el modelo 720 una información que acabo de recibir de primera mano de hacienda sobre el tema de CANJE DE ACCIONES, SPLIT Y CONTRASPLIT.

No conseguía información por los teléfonos de Hacienda y opté por pedir una cita presencial en Hacienda en el servicio específico de Cumplimentación del modelo 720 en Madrid.

Os resumo los casos planteados:

Lo que se denomina Contra Split: tenía 3000 acciones “VALLOUREC” que fueron reagrupadas en 75 acciones “VALLOUREC REGROUPEMENT 40” sin variación en el valor total de las mismas (Aparece ahora como valor de adquisición el valor anterior multiplicado por 40).

(Nota: Si hubiera sido al revés, dividir acciones, hubiera sido un Split)

Debido a la fusión entre dos sociedades, se creó una nueva entidad lo que provocó que por cada acción PEUGEOT se recibió 1,74 acciones STELLANTIS. Como tenía 450 acciones, recibí justo 783 acciones.

Mis preguntas a Hacienda fueron los siguientes.

Como en ambos casos, ya había declarado en un modelo 720 anterior las acciones de VALLOUREC y de PEUGEOT, ¿qué implicaciones tenían ambas operaciones sobre el modelo 720 y el modelo 100 del IRPF?

Se quedaron con mis preguntas y los documentos que acreditan estas operaciones para estudiarlos y hoy me ha contestado por teléfono la persona que me había atendido después de analizarlo con sus jefes…

Respuesta de Hacienda:

La respuesta es válida para ambos casos en cuanto al modelo 720:

  • En el modelo 720, debo cumplimentar un registro con la clave “C” de cancelación para informar que he perdido la titularidad de las acciones VALLOUREC declaradas en su día.
  • Lo mismo para las acciones de PEUGEOT.
  • En este caso, aunque no tenga obligación de volver a informar de todas las acciones de mi cartera a 31 de diciembre de 2020, sí me dicen que cumplimente un registro con la clave “A” para informar que tengo ahora acciones de VALLOUREC REGROUPEMENT 40.
  • Y lo mismo para las nuevas acciones de STELLANTIS.

En cuanto al modelo 100 de IRPF:

No se refleja en la declaración ya que no se producen ganancias/pérdidas patrimoniales al no haberse producido una venta sino un canje de acciones que no altera mi patrimonio.

Ahora bien, si la fusión o el canje no se ha producido por todas las acciones, las restantes sí generarán una venta y se aplicarán las reglas habituales: es decir, igualmente declarar la cancelación de las acciones no canjeadas en modelo 720 y la venta de las mismas en el modelo 100.

Nota: en este último caso pongo un ejemplo: si me hubieran canjeado solo 400 acciones peugeot por las 783 acciones stellantis: hubiera separado las cancelaciones en 2 registros: uno con las 400 canjeadas y otro con las 50 restantes vendidas.

¡¡¡Espero que sirva mi aportación!!! ¡Estuve varias noches dando vueltas a este tema y aprecio mucho dormir ya tranquila por las noches!

11 Me gusta

Actualización del modelo 720 para el ejercicio 2020:

Si veis algo incorrecto o que hay que explicar mejor, idlo comentando en este mismo hilo. Por ejemplo, hemos añadido la información del post anterior sobre splits y contraslplits de @dominofasol.

7 Me gusta