Llevo varios años haciendo el modelo 720 y nunca informo sobre cancelaciones parciales o completas.
Simplemente les pongo la foto a fecha 31/12.
Si las acciones ya aparecían en el modelo del año pasado declaro un único paquete con (M) y el valor total
Si son nuevas un único paquete con (A) y el valor total.
“Ahora bien, si dicha pérdida de titularidad, fue consecuencia de operaciones de compra-venta, y los importes obtenidos se fueron reinvirtiendo íntegramente en la adquisición de otros valores (artículo 42 ter del Reglamento General aprobado por el RD 1065/2007), se podrá sustituir la obligación de informar sobre cada una de las cancelaciones, por la obligación de declarar los saldos a 31 de diciembre, con independencia de que el valor conjunto para todos los bienes y derechos comprendidos en este artículo 42 ter del citado Reglamento experimente o no un incremento superior a 20.000 euros.”