El modelo 720

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Creo que el hecho de que la misma noticia se haya publicado con menos de 10 mensajes de distancia refleja muy bien cuán importante es este tema para los pequeños inversores, a ver si hay suerte y eliminan está locura de formulario (o al menos las multas desorbitadas por infracciones/me equivoco al meter los números)

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Failazo; lo siento mucho. xD

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Me parece a mí que la cosa al final va a acabar en nada y vamos a seguir con el miedo a la guillotina sobre nuestras cabezas si por error nos equivocamos al presentar el modelito de marras.

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Son las conclusiones del abogado, ahora falta que se pronucie el Tribunal

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Tremenda decepción tras leer el artículo. Nos queda modelo 720 para rato

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El modelo no lo van a eliminar. Es bastante común en Europa. Lo que es una locura son las multas e imprescriptibilidad por no cumplimentar un modelo informativo sin que halla delito o falta tributaria.

La hacienda de Guipúzcoa modificó este aspecto y propuso unas cantidades mucho más razonables y prescripción de 10 años.

https://www.google.com/amp/s/amp.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/guipuzcoa-desmarca-hacienda-rectifica-modelo-720-montoro/2836277/

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Olé! Una preocupación absurda menos

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Ojo, que anula una sentencia, no ilegaliza el 720.
Ellos seguirán multando a todo el que pillen. Y toca seguir recurriendo.
Con estas sentencias está ganado más fácil.
Pero Bruselas sigue mirando a otro lado.

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Una duda; la obligación de hacer el 720 es por tener en acciones (en mi caso) a 31 /12 más de 50000 eur. O bien cuando el saldo medio éstas en los últimos 3 meses los superen?
Este es el punto que no tengo claro. Voy a pasar valores d IB a Ing este año para evitar el 720, pero si importa el saldo medio de 3 meses el importe a traspasar me saldrá mayor. Me podéis confirmar la idea?
Gracias :slightly_smiling_face:

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El tema del saldo medio es para cuentas corrientes únicamente. Para carteras de acciones es si a 31/12 supera los 50k.

Saludos.

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Calla!!! Me acabas de alegrar el día que ni te imaginas ! :tada:

¿Lo tienes en IB y lo vas a pasar a ING sólo para no hacer el 720?
Te lo pregunto porque si yo lo tuviera en IB ni me lo plantearía.
Hay tutoriales muy buenos y “aptos para todos los públicos” para rellenar el 720 y es realmente más fácil de lo que el miedo te pueda hacer creer.

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¿Igual que el D6 o más complicado de rellenar? Porque este como lo rellenes mal la multa es guapa…

En este mismo hilo (17 de febrero) puedes encontrar el enlace que puso el jefe.

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La leyenda urbana no cesa. Todas las multas que se conocen han sido por no presentar el 720 dentro del plazo establecido. Nadie ha sido “crucificado” únicamente por introducir un dato erróneo.

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Un error que vale 40.000 euros y gracias

En el ámbito del modelo 720, los errores se pagan muy caros. Lo sabe bien un contribuyente de origen extranjero y residente en Baleares que presentó la declaración de bienes en el extranjero del ejercicio 2012 dentro de plazo. Declaró un patrimonio de 744.132 euros, sin embargo, el problema es que se equivocó al rellenar el impreso. El formulario 720, que solo se puede presentar por vía telemática, incluye claves alfabéticas en función del tipo de bien. Una cuenta bancaria se indica con la letra C; un valor o derecho, con la V; a las acciones y participaciones en el capital social de Instituciones de Inversión Colectiva le corresponde la I; a los seguros de vida, la S y, a los inmuebles, la B. Y cada tipo de bien, debe declararse de forma individualizada.

El caso es que este contribuyente se equivocó y declaró de forma agrupada 31 valores. El inspector que llevó el expediente señala que, en aplicación estricta de la ley, cada valor omitido sería un una sanción de 5.000 euros. Por los 31 valores, supone una multa de 155.000 euros, que se elevaría a 310.000 euros porque la titularidad era compartida. Al final, el inspector valoró “las especiales circunstancias del caso” e impuso una sanción de 40.000 euros. Pese a la reducción, Del Campo señala que se trata de una multa astronómica por un mero error formal.

https://www.billin.net/blog/modelo-720-bienes-derechos-extranjero/

No se si es leyenda urbana o no pero si buscas encuentras casos…

Quiero ver el enlace a una sentencia formal. Los corta y pega mientras no se demuestra lo contrario son “fake news”

Con lo que leo me vale. Allá cada uno con lo que piense.