El modelo 720

Muchas gracias, Alaburile. :ok_hand:

Para no calentarme la cabeza, yo lo presento cada año. Prefiero presentarlo y que no haga falta a lo contrario, sobre todo antes que las sanciones eran de órdago. Dejaré de hacerlo cuando repatrie todo en el futuro. Eso sí, me espero hasta marzo, no sea que lo quiten en este plazo :wink:

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Es una buena forma de no comerse la cabeza, se presenta cada año y fuera.

Buenos días, alguien en el foro que haya presentado el nuevo modelo 345 ya? Tenemos hasta el 31 de enero. Agradecería cualquier consejo para cumplimentarlo. Gracias!

¿Estás obligada a presentarlo? Es para entidades promotoras, gestoras de planes de pensiones etc (art 53 RD 1065/2007).

Me pareció en su dia que no habia mucha novedad salvo que ahora pueda haber más entidades con aportaciones empresariales (las cuales tampoco son tan ventajosas con los limites que han puesto, por lo que no creo que sean muy habituales en nuestra economia de pymes).

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Lo leí en un diario económico y daba por hecho que los particulares éramos los obligados a su presentación. Ya escuchas las palabras “modelo”, “plazo límite”, “presentación” y… Tengo la sensación de que vivimos permanentemente en las trincheras. Gracias por tu respuesta!

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De nada. Es normal, después de la que se va a liar con todos los autónomos y sus bases nos podemos esperar cuaquier cosa.

Otra cosa que ha pasado por alto es que sancionan si aportas más del limite a planes de pensiones. Bastante castigo es no poder desgravártelo y tributar cuando en un futuro lo recuperes.

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Hola a todos.
Mi duda sobre el modelo 720… a fecha 21/12/2022 mi cartera en IB era de 45000 euros en valores y 6000 en cash. Tengo obligación de presentarla?

El modelo 720 aplica a 3 grupos diferentes:

  • 1: Cuentas corrientes en entidades financieras en el extranjero.
  • 2: Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • 3: Bienes e inmuebles situados en el extranjero.

Hay que tener en cuenta que cada uno de los 3 grupos actúa de manera individual . Así pues, si ninguno de los 3 grupos sobrepasa los 50.000€ a 31 de Diciembre/saldo medio del último trimestre del año en el caso de las cuentas bancarias, no habrá que rellenar el modelo 720 aunque en conjunto sumen esos 50.000€ mínimos.

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Muchas gracias por tu respuesta. Creo tener más o menos claro que no tengo que presentarla, pero claro en el punto 2 dice “valores… y rentas depositados…” y como en IB mi cartera dice que tiene un valor de 51.000 euros (45.000 en valores + 6000 en cash) pues ahí es lo que me hace dudar.

Ese punto se refiere a rentas temporales o vitalicias obtenidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, de derechos de contenido económico o de bienes muebles o inmuebles, a entidades situadas en el extranjero.

Muchas gracias, un jaleo menos.

Euro Foreign Exchange Reference Rates (30 Dec 2022)

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Buenas

Una pregunta para salir de dudas.

El año presente el modelo 720 pq tenía mas de 50k en acciones.

Este año tengo menos de 50k

Según he leído en muchos sitios si no tengo mas de 50k en acciones no tengo que presentarlo.

Pero la duda es la que planteo, el año pasado si que tenía y presente, este año no llego.
Tengo que presentarlo?

Muchas gracias foro :slightly_smiling_face:

En teoría, si la disminución de capital ha venido como resultado de pérdida de valor en los activos que mantienes en el extranjero no habrías de presentarlo, ya que no se ha dado el incremento mínimo de capital que hace necesario su presentación, pero si dicha disminución de valor viene dada por la venta de posiciones en tu cartera sí habrías de presentarlo para informar de las posiciones que han sido extinguidas, salvo que el efectivo resultante de dichas ventas haya sido reinvertido íntegramente de nuevo en la cartera a través de nuevas posiciones y/o aumento de las ya existentes.

Un saludo.

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Hola

Pues las 2 cosas, he tenido ventas de acciones y disminucion de capital por el añito que hemos tenido.

Entonces ante la duda mejor presentarla y si ya el año que viene sigo por debajo de los 50k pues ya dejar de hacerla.

Si, tenía la duda esa, que el 2o año si la cartera baja menos de 20k no habia que presentarla y en mi caso pues no lo he calculado pero ha bajado y me he quedado por debajo de los 50k

Que jodienda, otro año mas a presentarla por si acaso…:pensive:

Muchas gracias

Un saludo

Hola

Lo que se comenta de las ventas, viene en la pregunta 81 de las preguntas frecuentes del Modelo 720: https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf

Sin embargo, creo que prevalecería el primero de los límites, el de 50.000€.

Si hubiera que presentar por la disminución de valor por la venta de posiciones en cartera, por lógica, habría que presentar el Modelo 720 toda la vida, incluso teniendo en cartera por ejemplo, 200€, declarando y declarando esas ventas del primer Modelo 720 presentado.

Un saludo

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Yo entiendo que las ventas solo hay que declararlas en el ejercicio que pasas de tener más de 50.000€ a menos. Más adelante ya no sería necesario porque estarías por debajo de ese umbral.

En mi caso particular siempre les he remitido la foto de lo que tengo anualmente en el extranjero a fecha 31 de diciembre (jamás he incluido ventas). Si por algún motivo decidiese vender parte de esa cartera y quedarme con menos de 50.000€ rellenaría un “último” modelo 720 reflejando el cierre de esas posiciones.

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Hola @ruindog

Con tu respuesta te estas refiriendo a mi duda planteada un poco mas arriba?

Entonces tu piensas que como el año pasado tenia mas de 50K y este año menos. Seria presentar el 720 este año, como explicando a hacienda que ya no tengo 50k en acciones en el extranjero y asi que sean conocedores?

Y el año que viene si no llego a 50k ya no presentarlo

Muchas gracias

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Si has bajado del umbral por haber cerrado posiciones sí que deberías presentarlo. Lo que te comentaba @ciguatanejo unos mensajes más arriba y lo que indica Hacienda en la pregunta 18 de las preguntas frecuentes del modelo 720.

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