Pues sobre la bocina prácticamente, primer 720 presentado con éxito.
Reconozco que todo el mérito ha sido puramente de @Autodeclaro , que incluso me lo ha presentado.
Porque si, soy tan desastre que ni tengo certificado digital
He delegado toda la gestión a Dani, por una mezcla de desconocimiento, desgana y falta de tiempo por mis circunstancias, y ha sido la mejor decisión que he podido tomar. Los dividendos están para eso, entre otras cosas, para pagar por tiempo.
La web es súper intuitiva para obtener la documentación necesaria, y en 5 min lo tienes hecho y presentado.
Por culpa de mi Broker, que no me ha enviado los documentos necesarios para Autodeclaro (Scalable Capital Nunca Máis), he tenido que hacer a mano el 720.
Una currada. Y mi primera vez.
Creo que lo tengo ya casi todo a punto, pero me falta una cosa
Llevo Polymetal, tiene ticker JE00B6T5S470. Mi broker me lo muestra todo en euros
En qué moneda cotiza? En rublos?
Con el bloqueo a Rusia, cual es el tipo de cambio?
He encontrado varias cosas; la que parece más “real” es
1euro = 117,201 rublos
Que es del banco europeo, ultimo dato de febrero del 22
Duda de ultimisima hora, las empresas con ISIN español depositadas en broker extranjero deben declararse en el 720? en la casilla de pais no aparece españa y me entra la duda
Hola Bob, si las tienes en broker extranjero tienes que incluirlas en el 720 aunque sean españolas. El Gran Hermano no sabría que las tienes de otro modo
Una pregunta de novato. ¿Cómo se calcula el valor total de la cartera a 31 de diciembre? ¿Por cada empresa se multiplica n° acciones x precio acción a 31 de diciembre + efectivo que tengas en el broker?
Si estaría correcto. Aunque no valdría para determinar si hay que presentar el modelo 720
En el modelo 720 hay 3 grupos:
Inmuebles
Valores cotizados (acciones, etf, fondos, bonos…)
Cuentas corrientes
En tu caso habría que agrupar las acciones y el efectivo, si en uno de esos dos grupos superas los 50k, habría obligación de informar en el modelo 720.
Hola, si se presentó el modelo 720 el año anterior (por tener las acciones en un broker extranjero). Y este año se traspasan la mayoría las posiciones a un broker español (que ya informa y no requiere 720).
¿Es necesario presentar de nuevo el modelo 720 para reflejar que ya no se tienen posiciones fuera?
Si hay que presentarlo, ¿como se reflejan dichas posiciones que siguen en tu titularidad pero fueron traspasadas a broker español?
Entiendo que el traspaso lo has hecho en el 2024.
Sí ahora en el extranjero no tienes más de 50.000€ en acciones, pues el año que viene no tendrás que presentar el 720.
Pero consulte a un asesor fiscal especializado.
Gracias por la respuesta. No creo que muchos se extrañen si digo que me fío más de la info de este foro que de la mayoría de asesores fiscales
Si, empezaré con los traspasos en 2024 (en breve) pero también liquidare algunas posiciones. Voy a pasar las acciones de IB a myInvestor por simplificar la renta y eliminar el 720 (a costa de riesgo españita).
Asi que mi idea es entregar este año el modelo 720 aunque ya no tenga nada fuera. Marcar las que he vendido como vendidas y las que mantengo y pasan a estar en MyInvestor simplemente no ponerlas. Prefiero entregar algo por curarme en salud.
Si alguno ve algo mal con esta forma de actuar os agradezco el comentario.
Por curiosidad, que me ha surgido la duda. En IB si tienes cuenta con cotitular y tienes, por ejemplo 100k en etf’s y 100k en efectivo, tendrías que hacer 720?