Sí.
No.
Fuera bromas, el etf como acciones. El efectivo al ser menos de 50k no haría falta. pero, ¿qué te cuesta meterlo?. Ojo, que si tienes efectivo fuera, ejemplo trade republic, todo suma, es 50k en total, no por entidad.
Sí.
No.
Fuera bromas, el etf como acciones. El efectivo al ser menos de 50k no haría falta. pero, ¿qué te cuesta meterlo?. Ojo, que si tienes efectivo fuera, ejemplo trade republic, todo suma, es 50k en total, no por entidad.
ETF, declarar con resto de acciones.
Cuenta, sólo se tiene que declarar si tienes más de 50.000€ en cuentas.
Muchas gracias a los dos por vuestra respuesta
Pregunta, si quieres transferir el dinero del extranjero a tu cuenta bancaria en España, sería suficiente prueba para el banco el.modelo 720 y el extracto de cuenta del broker?
Yo envié eso exactamente a ING cuando me pidió justificar la transferencia desde IB y fue suficiente.
Edito para añadir que también envié 3 nóminas para justificar que el dinero acumulado allí provenía de mi trabajo.
Ando un poco perdido con este tema. Cual es la multa por no presentar el 720?
200€
A algunos le saldrá más barato pagarla que otra cosa
Otra es rellenar el 720 rápidamente. Creo que la multa era de 100€ por hacerla incorrectamente. La diferencia entre una multa y la otra es que el técnico va a tener que trabajar.
Hacer trabajar a un funcionario de Hacienda? Tentador…lo mismo me toca el mismo que me hace año si, año también las paralelas por la doble tributación
150€
Creo que las penalizaciones van por dato erróneo, de ahí que mejor declarar sólo lo obligatorio para evitar equivocaciones
Que se te ocurre meter un par de lreIand con la primera letra siendo la L minúscula y la cuarta una i mayúscula y pillas a Charo Haciendez atenta, pues preparar 300€ #haciendasemostodos
Multas de hasta 20k? En serio? Vaya tela…
Nuestro amigo GPT dice:
Calcula cuál sería la multa por no presentar el modelo 720, que debería tener introducidos 50 empresas de una cartera de inversion depositada en un broker fuera de España.
La sanción por no presentar el Modelo 720 actualmente sigue un régimen más moderado tras la sentencia del TJUE. Veamos el cálculo para tu caso:
Si aún no lo has presentado y temes una sanción, lo mejor es regularizar la situación cuanto antes para evitar problemas adicionales con Hacienda. ¿Necesitas ayuda con algún otro detalle?
El Quid de la cuestión está aquí.
Todavía no tenemos 100% seguridad en un sentido u otro.
La ambigüedad y la interpretación de la norma nos tiene a oscuras.
A riesgo de enfangarlo todo, he hecho una búsqueda respecto al modelo 720 y las sanciones y modificación tras la sentencia de TJUE (27/1/2022).
La ley 5/2022 publicada en BOE la tenéis aquí.
Añado este enlace de AEAT donde explica las sanciones por no presentar o equivocar (ocultar) algún dato del modelo 720.
Según el cual, se derogaron las multas previas y serán las mismas que otros incumplimientos de otras obligaciones de información. Establecido en los artículos 198 y 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Su desarrollo reglamentario se contiene en los artículos 14 y 15 del Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.
Así pues… y usando la IA.
Ahora bien. Me he dado cuenta que el tiempo que he dedicado a leer, buscar, pedir tablas, confirmar que no pongo burradas… con autodeclaro (y el descuento de Patreon) ya habría presentado el 720 y ya podría dedicarme a menesteres más agradables.
Hola , estáis contentos con auto declaro para el modelo 720?
Estás contento luis con auto declaro? Sabéis si hacéis el modelo hand off que documento hay que mandar?
Yo no puedo estar más contento.
Proceso simple y bien ejemplificado en la web paso a paso. Para párvulos como yo…
Para mí la mejor inversión para ahorro de tiempo y quebraderos de cabeza.