Ojo, porque no tiene por qué ser así. Americanas y europeas no tiene que ver con el mercado en el que coticen las opciones, sino que con la clase de opciones que son.
Es decir, que puedes vender una call de Repsol americana y/o europea:
Buenas! soy nuevo en el foro. Un saludo a todos antes de nada!
Quería preguntaros una duda de opciones.
Hasta ahora he utilizado ventas de put, pero el mes pasado hice un bear call spread del SPY (el ETF del S&P 500), con una call comprada a 530 y una call vendida a 510. Me ingresaron una prima de 1165$.
Al ser una call spread, es una apuesta de riesgo y beneficio limitados… en teoría. El caso es que si el SPY cierra entre 510 y 530 el 19 de abril, me asignarán la call vendida y quedaré con una posición de -100 acciones y en la cuenta +51000$ (lo que me ingresarán por las 100 acciones vendidas). O eso creo entender.
Mi duda es, no tendré más que usar el dinero que me ingresan (51000$) para cerrar la posición, ¿verdad?
Y otra duda, ¿cuándo es lo más óptimo para hacerlo? ANTES de que venza la call (para asegurar el precio que pago por las 100 acciones) o DESPUÉS de que haya vencido, es decir, el lunes cuando abra el mercado?
Espero haberme explicado bien, no es un lenguaje que domine (me dedico a la medicina ).
SPY en la fecha del strike por debajo de 510, te quedas la prima íntegra
SPY en la fecha del strike entre 510 y 530, vendes 100 acciones (en negativo) a 510 $. Si tenias las 100 acciones, pues ahí queda la cosa, si no las tienes en cartera, tendrás que comprar a mercado (digamos a 520) para vender a 510 teniendo una pérdida patrimonial.
SPY por encima de 530, puedes comprar a 530 para vender a 510, (asumiendo que no tienes las 100 acciones) y es aquí donde aplica la cobertura de la call comprada.
En ese caso, qué sería recomendable? Comprar las acciones ANTES del vencimiento para asegurar el precio que pago por las 100 acciones, o esperar al lunes siguiente, con el riesgo de que pasen “cositas” el fin de semana.
En la call spread que describes, si estas operando contratos SPY, son opciones tipo americano y no son cash-settled, por tanto:
En cualquier momento puedes decidir ejercer la call-530, pasarás a tener una posición larga de 100 en el ETF y 53.000$ menos.
En cualquier momento te pueden asignar la call-510, pasarás a tener una posición corta de 100 en el ETF y 51.000$ más.
El día de vencimiento tu P&L en $ se corresponderá con la imagen que adjuntas.
En mi opinión, cuando operas ese tipo de estrategias, lo mejor suele ser cerrar el trade antes de vencimiento, ya que el coste en comisiones no suele ser alto y evitas correr riesgos incensarios. Eso ya es a tu criterio, pero un “buen indicador” puede ser que % tienes actualmente del beneficio/perdida máximos que puedes conseguir con el spread, frente a cuantos días quedan hasta la fecha de expiración de los contratos.
También me han sugerido comprar una call en el mismo vencimiento y mismo strike que la call vendida (en este caso a 510) y así cerrar la posición. Creo que es lo que haré.
Esa es precisamente la manera de “cerrar el tarde”, al menos la parte abierta en corto. Si solo haces esa operación, pasarás de tener un call-spread a una simple call comprada ya que dejarás abierta la call-530 en largo. Haciendo eso puede que ganes algo más si el subyacente empieza a subir, o que pierdas el valor actual que tenga el contrato si el subyacente se mantiene por debajo del strike hasta vencimiento.
Ahora que estamos con la renta, y lo mucho que fastidia que te salga a pagar y tener que sacar el dinero del broker, tengo una duda. En más de una ocasión he escuchado lo de usar estrategias con opciones para diferir el pago de impuestos. Es decir, generar pérdidas ficticias para trasladar las ganancias en bolsa al siguiente año fiscal. ¿Cuál es la mejor estrategia para conseguirlo? Porque no acabo de verlo claro.
Ostras… Esta parece buena. Entonces…
Si yo tengo 100 acciones del BBVA compradas a 5 y las vendo a 10, tendría 5 euros de beneficio que declarar.
Pero… si después compro una CALL con strike 5, y se ejecutan, genero una pérdida de unos 5 euros para compensar aprox, que serán de la prima y algo más. Si esto lo hago en diciembre, por ejemplo, podría deshacerme de las acciones adjudicadas en enero, otra vez a diez, con lo que conseguiría el objetivo de diferir el impuesto de la ganancia original, ¿no? ¿Como se declararía la prima de esa call ejecutada para compensar?
En el caso de opciones de compra: para el comprador, la ganancia o pérdida patrimonial se determinará minorando el valor de mercado del activo subyacente recibido por el importe satisfecho o precio de ejercicio, la prima pagada y los gastos inherentes a la operación. A efectos fiscales, el activo subyacente se considerará adquirido al valor de mercado.
Hola chicos, ya que soy un apasionado de las opciones, os dejo por aqui mi ultimo video para el que quiera verlo. Hice un canal de YouTube hace muy poquito pero llevo en esto 15 años, si os gustan os iré compartiendo por aqui las operaciones. Un abrazo a todos!!
Hola! Aún no he empezado a operar con opciones pero quiero aprender para introducirlo también en mi modo de inversión. Tengo una duda respecto al margen necesario para vender una put en IB. ¿Puedo vender una put sin tener nada de dinero en efectivo utilizando mis acciones como margen?
Por otra parte, cómo se calcula el margen para cada caso?