Fiscalidad de los dividendos

Quizás esté mal expresada mi afirmación y por ello te agradezco el matiz, pero reafirmas lo que quería expresar

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Espero no equivocarme, tampoco soy experto en absolutamente nada :slight_smile:

Exactamente, pienso que sería como dice @Alembert.

Aunque en ese ejemplo falta conocer datos de la base general, más que nada, porque una persona con una renta así, no llegaría a tributar por ser demasiado bajo su nivel de ingresos, de tal modo que la AEAT le devolvería el 100% de retenciones y no tributaría ni un solo euro. (Con lo que le da igual tener plusvalías o minusvalías).

Suponiendo que además tiene ingresos de 20.000 brutos, 2.000 de retenciones en nómina y 1.000 de Seguridad Social, ya le saldría a pagar 391,99 euros… Al final hay que tener en cuenta muchos más datos.

Una duda que me surge, si una persona tan solo tiene ingresos por dividendos y le retienen en origen, de empresas USA, esa retención del 15% le será devuelta en la declaración del Irpf?
Quiero decir, que no tiene rendimientos por el trabajo, ni rentas inmobiliarias.

Si reflexiona sobre el significado de la palabra devolver, se contestará a sí mismo. Pondremos un ejemplo ajustado a consulta.

Persona que en todo el ejercicio solo tiene el ingreso de un dividendo USA de 140 $. Los números (redondeando) serían:

Dividendo bruto: 140 $
Retención en origen (USA): 21 $ dividendo recibido: 119 $ -> 100 €
Retención AEAT: 19 € dividendo neto: 81 €
Devolución AEAT: 19 €

Resumiendo, el fisco no va a poner “dinero de su bolsillo”, solo devolverá.

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En este hilo se comenta, si solo tienes ingresos por dividendos el problema desaparece si tienes rentas superiores a 19400€, pero está mucho mejor explicado y detallado.

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En Bélgica…

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Cuando las barbas de tu vecino … sobre todo cuando gobiernan los socialistas

Por eso bajo ayer USA

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Alguna calculadora para saber cuánto tocará pagar a hacienda en función exclusivamente de los dividendos? Aunque entiendo que si el broker ya te hace la retención, no hay que pagar nada más a hacienda.
Hablo exclusivamente de acciones españolas

Hola, en España te retienen el 19% y mientras no pases de 6k euros en dividendos no tendrás que pagar nada por este lado. A partir de 6k, entre 6.000 y 50.000 € el tipo es del 21%… tendrás que pagar un 2% adicional por ese tramo (fácil de calcular si estás allí, que ojalá estuvieramos todos…). A partir de 50k sube a 23%…
Por contra, si no estoy equivocado, si has tenido pérdidas de capital te permiten compensar un 25% de los dividendos cobrados en el año (por tanto te “devolverían” ese 19% por las pérdidas equivalentes hasta ese 25%). Ejemplo: si cobro 5k en divs, me retienen el 19%. Si he perdido por operaciones 2k , pues el 25% de 5k (1,25k) de los dividendos es como si no los hubiera cobrado (por las pérdidas) y el 19% de 1,25k me lo tendrían que devolver…
Saludos
Saludos

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Lo mejor es el programa de Hacienda Renta Web Open. Con él podrás simular dependiendo de tu situación familiar y verás que por los primeros 6.000€ no pagas nada o casi nada.

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Ver vídeo y rellenar encuesta, en nuestras manos esta.

Yo he puesto perlas asi:

Ya de por si, el tributo al dividendo es una doble tributación y no debería existir , ya que la empresa tributa por beneficios y el resultado se reparte en dividendos que ya han tributado en el impuesto de sociedades por lo tanto los dividendos no deberían tributar

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Gracias

Esa encuesta la hice hace ya mas de dos años, de hecho me ha respondido que no puedo repetir la encuesta. Recuerdo que era liosa de coj… no había quien la entendiera, algo así como aquello de los hermanos marx. En mi opinión no quieren quitar la doble retención en europa, pero deben aparentar que se preocupan por el asunto…

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Yo la rellene el mes pasado y también me pareció engorrosa de narices. Pero hay que intentar aportar el granito de arena.

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Hay algo que no me termina de encajar. Aflorar minusvalías para comprar el equivalente puede considerarse como comprar BMW vender con minusvalías para comprar BMW en otra bolsa diferente a Frankfurt. Técnicamente no se puede hacer con “valores homogéneos”

Hablaba de ETFs indexados, vendí un LYXOR y compré un Vanguard. Tienen distinto ISIN, que es lo que cuenta para Hacienda. La agencia Tributaria no entra en la estructura de los productos.

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Sólo lo digo porque ya sabemos después lo que pasa con hacienda. BMW adr y BMW Frankfurt también tienen ISIN diferentes. También hay que decir que en etf los nombres de los fondos, las gestoras y los ISIN diferentes hacen que cante menos

No hay que tener tanto miedo. Cumplí con la normativa escrupulosamente.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/cartera-valores/2-valores-homogeneos.html

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