Fiscalidad en gananciales

Ya se ha hablado alguna vez.
No siendo estrictamente correcto, Hacienda viene aceptando desde siempre la titularidad como criterio para la individualización de rentas. Más que nada, porque a ellos tampoco les resultaría sencillo determinar de primeras si esas rentas provienen de patrimonio ganancial o privativo. Y diría que así lo hacen la mayoría de matrimonios con las cuentas que están a nombre de uno solo. Hay que pensar que este es el método en que las entidades financieras informan a Hacienda y por tanto aparece en el borrador. Y el 99% de la población no se plantea que el borrador pueda estar mal y lo confirma.
En definitiva, sin pretender dar ningún consejo, yo no me complicaría. Salvo que haya un claro beneficio fiscal en juntar las rentas, claro…

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Totalmente de acuerdo con @Juanvi, hacienda nunca se ha metido en esto y además apenas hay dinero que rascar.

Yo empecé a usar el 50% el año pasado. Sumo lo de ambos y divido por dos. Al introducir los valores en el declarante creo recordar que pregunta si copia los mismos datos al otro conyuge.

En cuanto al ahorro, un máximo se daría por ejemplo en los 12.000 € en conjunto, que declarados todos por un único declarante pagarían 2.400 € y declarados al 50% pagarían 2.280 € (1.140 cada uno). Un ahorro de 120 €.

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En nuestro caso, lo unico que compartimos es la cuenta de gastos, recibos y su nomina.

Cada uno tiene su cartera al 100% y asi lo refleja nuestro gestor.

Y la cartera de nuestra hija si que nos la imputa al 50%.

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Hola @un_inversor_mas,

Me he decidido a hacerlo de la forma correcta y asignar 50% cuando aplique.
¿Usas el programa “Cartera de Valores”? ¿Si por ejemplo hago una compra de 2.000 euros?
Me resulta un poco confuso si en “% de propiedad” pongo 50%, luego en “títulos” e “importe” tengo que poner 2.000 euros (el importe total) o 1.000 euros (dividido a la mitad).

Tiendo a pensar que 1.000 porque si no creo que Hacienda duplica el valor de las operaciones, ¿correcto?

@jafuarr No uso el “Cartera de Valores”, me pareció que no aportaba nada y me resultó muy farragoso.

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Tiene sentido.

Entonces, una pregunta más, para ver si me aclaro. Disculpa mi ignorancia pero me casé el año pasado y es la primera vez que paso por el IRPF en gananciales.

Si hago la declaración separada, bastaría con

  • dividir al 50% los dividendos cobrados (incluido la casilla de doble imposición para las americanas)
  • también dividir al 50% las ganancias patrimoniales

Eso parece sencillo…

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Sin entrar en detalles sobre la fecha de la boda (eso sería otra discusión) el tema de gananciales es tan sencillo como sumar lo de los dos cónyuges, dividir por 2 y poner esos valores en cada declarante ya sea declaración conjunta (volverá a salir el 100%) o declaraciones separadas (cada uno su 50%) y así en todos los conceptos de dividendos, doble imposición, pérdidas y ganancias patrimoniales, etc.

Como nota a tener en cuenta, en el caso de declaraciones individuales la compensación de minusvalías puede ser diferente en cada cónyuge y al año siguiente el dato pendiente de compensar también lo será pero esa cuenta la lleva bien la propia declaración.

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Hola, buenas tardes a todos… no se si lo que os voy a preguntar va aquí, pero lo lanzo.
Os cuento, mis padres han decidido invertir un dinero en bolsa, y pensando en el lio de hacienda, debería de abrirles una cuenta conjunta (están en gananciales) que gestionaría yo.
Que Brokers admiten cuentas conjuntas?, con los que trabajo habitualmente no lo hacen y nunca me he visto en el brete de abrir una así. ¿Me podríais iluminar al respecto?
Gracias por anticipado

Hola, a efectos fiscales y estando en gananciales da igual que la cuenta esté a nombre de uno de los conyuges o a nombre de los dos.

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Ah pues estupendo, gracias rlerida, y una cosa, en caso de que el titular muriese ( cosa que espero pase en muchos años), el otro cónyuge, tendría que pagar transmisiones por el 50 %?

A efectos fiscales Sí que afecta y no es lo mismo que esté a nombre de uno que de los dos. Naturalmente si la declaración del IRPF se hace de forma conjunta, efectivamente da igual, pero si la declaración del IRPF se hace de forma individual sí trae consecuencias dado que si la cuenta está a nombre de uno solo de los miembros, los ingresos, gastos, plusvalías o minusvalías se imputan al titular de la cuenta y no la mitad a cada uno.

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Si el régimen del matrimonio es gananciales, el cónyuge que sobrevive por defecto hereda el usufructo. Si el régimen es separación de bienes, son los herederos legales los que heredan. Normalmente en estos casos se suele hacer testamento en que se hacen herederos mutuamente del usufructo de los bienes que quieran.

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En Selfbank sí se pueden abrir cuentas conjuntas. Yo al menos tengo una desde hace años, no se si ahora será distinto.
Si ambos trabajan, puede ser fiscalmente ventajoso abrir la cuenta individual al miembro que tenga menos ingresos. Por ejemplo, mi suegra tiene una pensión pequeña y le gestiono una cartera de acciones, pues bien, en su declaración de hacienda siempre le devuelven todas las retenciones en los dividendos. Si la declaración del IRPF la hacen conjunta porque le beneficia posiblemente haya mucha diferencia de ingresos entre ambos cónyuges, en tal caso es posible que el que cobre menos debería ser el que fuera titular de la cuenta broker.

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Efectivamente si estan en el régimen económico de gananciales, solo entraria en la herencia el 50% del saldo de la cuenta al dia de la fecha del fallecimiento.

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Perdona @jgalesco, sin ánimo de polemizar, creo que deberias de comprobar lo que has dicho. Si estan en gananciales da igual que la cuenta esté a nombre de uno o de los dos conyuges, siempre va a ser al 50%.

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Sí pero no. Si que los ingresos obtenidos por las cuentas broker, igual que los ingresos obtenido por la actividad laboral, pasan a considerarse “bien ganancial” es decir, el patrimonio generado se adjudica al 50%. Pero en las declaraciones del IRPF, los ingresos, gastos, plusvalías, minusvalías, dividendos, etc. son imputados al titular de la cuenta. Claro está que si la declaración de IRPF se hace en forma “conjunta” todos esos ingresos se imputan a la comunidad ganancial.

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Gracias por las respuestas, empiezo a gestionarlo hoy mismo.

No sé, pero no me termina de convencer ese argumento.
Hacienda constata que hay un titular en la cuenta y tú declaras esos beneficios en tu declaración individual.
Hacienda de momento no se mete contigo.
Por el contrario, yo en el mismo supuesto, cuenta individual,
declaró el 50% en mi declaración y mi mujer el otro 50%.
Hacienda tampoco se mete conmigo.
Pero la cuestión es… ¿Qué es lo verdaderamente legal?
Pues como estamos en sociedad de gananciales, las rentas se imputan a ambos cónyuges, independientemente de la titularidad única de las cuentas.
Diferente sería el caso de estar en régimen de separación de bienes, o que se trate de dinero privativo (proveniente por ejemplo de una herencia o donación).
Ante Hacienda gana lo legal, y si me llaman alguna vez justificaré que las rentas son de la sociedad de gananciales.

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En un matrimonio en régimen de gananciales y que hacen las declaraciones de Hacienda (IRPF) de forma individual ¿Dónde se apuntan los ingresos por sueldos o pensiones de cada uno?. Hasta donde yo se en la declaración de cada uno. Pues con los ingresos por dividendos, plusvalías, etc de una cuenta broker individual se apunta en la declaración del titular de la cuenta. No se si ha cambiado la legislación últimamente, pero dudo que yo pudiera declarar mi pensión la mitad en mi declaración y la otra mitad en la declaración de mi esposa.

No es lo mismo.
Los rendimientos del trabajo o una pensión son individuales.
Las rentas del capital, si estás en gananciales, no.

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