Segregar cuenta con titularidad compartida en cuentas con titularidad única

Como yo lo entiendo, legal y fiscalmente nada os lo impide. No hay variación patrimonial, no hay donación, no hay nada. Por defecto, la cotitularidad se interpreta como posesión al 50%. Si se mantiene ese reparto, simplemente estáis guardando por separado lo que antes guardabais junto.
Otra cosa es que el broker lo haga. Como decía, a mí IB me hizo manualmente eso mismo (de conjunta a individual)

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Separacion de bienes por escrito y cuenta conjunta de acciones.
Abrís cuenta cada uno y traspasais la mitad (o bien hacéis un documento con el reparto). O vendéis y repartís.
Nada, yo entiendo que no hay variación patrimonial así que no hay donación.

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Jajaja nos solapamos y es la misma idea
Ok a todo, lo ideal que el broker separe cuentas y ya está :+1:

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Hola @Divideando, la verdad es que no lo se. Solo tengo la experiencia de haber hecho un traspaso de un fondo de ING, donde la titular era mi hija y como tutora estaba mi mujer, a un fondo de Bankinter, donde la titular era mi hija y el tutor era yo, y no se pudo traspasar al mismo fondo, de hecho tenia 2 apuntes de Fundsmith por culpa de la tutoria diferente.

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En nuestro caso, en Cataluña, lo habitual es estar en separacion de bienes, asi estamos nosotros, y no podemos hacernos traspasos de uno a otro. Mi piso y mi apartamento estan solo a mi nombre, y el piso de mi mujer esta al suyo, nos conocimos despues de cada uno comprara lo suyo, y por no pagar donaciones ni ningun impuesto lo dejamos asi. Ademas, como en el testamento de ambos es el habitual tambien, del uno para el otro, pues tampoco nos influye demasiado.

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Una última cosa: hemos hecho la declaracion por separado casi todos los años menos este ultimo que la hemos hecho conjunta. ¿Puede afectar de alguna manera a esta operación?

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De todas maneras estar en separación de bienes y poner las acciones en una cuenta conjunta es una forma de complicarse fiscalmente y de dar oportunidad a la Agencia Tributaria a que interprete cualquier movimiento u operación de manera errónea.

Supongo que hay buenos motivos, pero fiscalmente es una forma de complicarse.

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Yo diría que no influye en nada. Eso es un mecanismo de tributar, no cambia el que la posesión sea en todo momento del 50%

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Si,es que eso es lo que tenía. No tiene mucho sentido fiscal.

Es un jaleo si, por qué una cosa es el régimen patrimonial del matrimonio y otra la posibilidad de hacer una declaración conjunta.

Lo que hay que tener es un criterio y no variarlo por que salga mejor o peor.

Complejo como todo lo Fiscal.

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Todo esto es de cara al futuro, cuando seamos IF los dos.

En estos momentos, la que trabaja es ella y la idea era proteger el patrimonio separando el negocio de lo demás.

Los autonomos estabamos pillados si tu patrimonio no estaba protegido y venian mal dadas por motivos varios, eso fue de lo primero que aprendi.

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La idea es dividir la cuenta de valores conjunta y hacer dos individuales, con el fin de optimizar la fiscalidad con la posibilidad de aflorar pérdidas para compensar ganancias.

Con lo que me habéis explicado parece sencillo. El problema que veo sería cómo dividirla

Si esta valorada por ejemplo 300K €, serían 150K € para cada uno, pero como las acciones están compradas a diferentes precios, corresponderían diferente número de acciones a cada uno. ¿Sabéis cóm se soluciona esto?

No soy ningún experto, pero creo que lo adecuado es repartir cada posición al 50% (mitad de acciones para cada uno) porque eso es lo que implica a priori la cotitularidad. Que cada acción de T es de los dos, no las de T de uno y las de IBM de otro.
Los diferentes precios de compra dan igual porque lo que importa es el valor de mercado y en el momento del reparto cada acción de una misma compañía vale lo mismo.

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Pero si vende alguno de los dos esas acciones,que precio de compra tienen de cara a hacienda ??
¿Las primeras siguiendo el metodo FIFO?

Sí, lo de fifo es siempre

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Bueno,pues he estado esta mañana en la oficina para segregar la cuenta valores conjunta y hacer dos nominativas para la mujer y para mi y en principio sin problema.

Mañana inicio los tramites y segun parece en 3-4 dias,estarian listas para empezar a operar sin incidencias.

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Esta mañana ya he estado reunido con el asesor y no he iniciado hoy la segregacion de cuenta porque quiero consultarle un par de cosas antes de dar el paso, que luego ya no tiene vuelta atrás.

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Si ya nos contaras, mas que nada por que ellos tienen la experiencia practica de donde pueden saltar las alarmas, problemas, como actua tu Delegacion en concreto.
Yo tambien entiendo que estando todo declarado es seguir partiendo el resultado, luego cada uno su cuenta. Justificantes y 0 problemas.

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Una pregunta: ¿Hay posibilidad de que un dinero que estaba en el banco en una cuenta a nombre de dos titulares pase a estar repartido en dos cuentas diferentes con un solo titular en cada una? ¿O habría problemas con Hacienda?

… al 50%. OK.

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Si, al 50 %, un titular por cuenta con el 50% del dinero en cada una. Gracias @ifrobertocarlos .

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