IF Roberto Carlos

Juraría que en impuesto de patrimonio vas a pagar lo mismo con acciones que con fondos

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A largo plazo se paga menos con los fondos… porque son menos rentables ya que pagas comisiones :japanese_ogre::japanese_ogre:

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Los fondos de inversión no pagan patrimonio? :thinking:

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Si ganas menos de 24000€ por persona no pagas IRPF? Estoy un poco perdida…

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Aaaaaaaaaaaaaaaah

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Si vendes un fondo por valor de 1.001.000 € en el que tú ganancia es 1.000€ NO PAGAS NADA EN EL IRPF.

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Si no tienes ingresos (con acciones los tienes por los dividendos) y no necesitas vender fondos o tus plusvalías no sobrepasan el 20% de tu cuota a pagar por patrimonio, tu impuesto de patrimonio se puede reducir hasta el 80% de la cuota resultante.

Que conste que esta opción la desconocía y la saque tras una charla aqui en uno de los foros con @ifrobertocarlos asi que es una opción interesante para el futuro en mi caso.

Mi Impuesto de patrimonio en España en el futuro se puede ir tranquilamente a los 20,000 euros asi que un ahorro de 16,000 euros al año no es algo baladí.

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Si que pagan o mejor dicho se computan a efectos de calcular tu patrimonio y su cuota (no asi con los planes de pensiones), pero si no tienes plusvalías o no vendes te puedes beneficiar de la norma que dice que tu pago por el impuesto de patrimonio no puede superar en un 60% (si mal no recuerdo) la suma del pago de tus impuestos por IRPF + impuestos del Ahorro o ganancias de capital, con un limite por debajo del 20%.

Lo que significa que si no tienes ingresos de IRPF o son bajos y no tienes plusvalías (ya sea por no vender o por vender fondos con pocas plusvalías), si tu impuesto de patrimonio es algo, puedes ahorrarte un buen pico.

Los que sois residentes en Madrid…no tenéis el problema del IP…por ahora. El resto es otro cantar

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Entonces no es un tema de fondos vs acciones sino de ingresos. También puedes vender tus acciones de dividendos y comprar otras que no paguen y tendrías la misma bonificación en el IP

P.D: Esta claro que hay un complot contra los dividendos :rage:

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Hay una norma en el que el impuesto de patrimonio no puede pasar de una cantidad determinada sobre tu cuota de IRPF+Impuestos del ahorro. Con acciones siempre tienes unos ingresos por dividendos altos que no te permiten reducir el IP, pero si tienes fondos y no vendes o no vendes con muchas plusvalías puedes beneficiarte de esa norma.

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Tambien podría ser una opción efectivamente tener acciones que no pagaran dividendos, pero no me suelen gustar ese tipo de acciones. Prefiero en ese caso un fondo que este invertido en acciones con dividendos y los reinvierta.

Dicho eso si que hay acciones donde se te permite reinvertir los dividendos y funcionarían igual que el fondo. De hecho un tercio de mi capital esta invertido en BAT, Imperial Brands, ACS, LEGAL AND GENERAL e IBERDROLA donde todos los dividendos son reinvertidos. Podría vender todas las acciones dividenderas y reinvertirlo en estas acciones y la optimización fiscal seria similar.

Ambos casos son factibles.

En mi caso con 2/3 de mi capital en acciones dividenderas sin RDIP; si decidiera venderlas creo que dejaría las que tengo de reinversión y el resto preferiría meterlos en un fondo que me diera confianza antes que meter todo el dinero en acciones con reinversión o acciones - normalmente growth- sin dividendos, pero es mi caso y al final supongo que dependerá de cada uno.

A mi como a todos supongo, me encantan los dividendos o cualquier tipo de renta pasiva con lo que no hay complot o mejor dicho si que puede haberlo por parte de la política fiscal que penaliza la generación de ingresos y los dividendos son una fuente de ellos. Creo que al final lo único importante es tener en cuenta la optimización fiscal y entonces tienes que elegir la mejor opción para ti financiera - fiscal.

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Tras leerte he decidido cambiar mi estrategia de fondos de reparto a acumulación. Lo veo más claro que el agua.

Un piso en alquiler, cuyo rendimiento se ve reducido al 60%, más fondos… Según mis cálculos se te queda un irpf irrisorio

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Vais a asustar a @zorroviejo que solo quería aprender desde cero.

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Me suena haber leído otra regla que minoraba el impuesto de patrimonio y es que si las plusvalías tenían más de dos años de antigüedad quedaban exentas. Tengo que buscarlo.

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@ifrobertocarlos en el hilo de @ifrobertocarlos en el blog de @cazadividendos .

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Eso me hace gracia, con lo ‘de izquierdas’ que son los dividendos, ya que es la forma en que las empresas reparten sus beneficios entre la gente, y en cambio fomentan la ‘especulacion’ de comprar y vender.
A ver si no van a ser tan de izquierdas como dicen…

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En los casos de BAT e Imperial Brands (desconozco el caso de Legal and General pero imagino que será igual), esos dividendos reinvertidos deben declararse como dividendo cobrado a efectos del IRPF, no es el mismo caso que ACS e Iberdrola con los scrip.

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Y esta frase tampoco la entiendo, ¿cómo se puede ser IF vendiendo fondos sin muchas plusvalías? Se puede si el fondo se ha contratado en los últimos años y tiene pocas plusvalías latentes, pero en ese supuesto alguien habrá vendido previamente otros activos con muchas plusvalías, pagando sus impuestos, para contratar el fondo después.

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También puedes no vender si no lo necesitas y en ese caso te libras casi por completo del IP. Puedes vender con plusvalías pero las plusvalías si son de mas de 2 años creo que no cuentan a efectos del calculo de los limites (de eso no estoy seguro) o pueden que las plusvalías sean una cantidad pequeña que también te beneficia. Hay mucha casuística pero tu eres el que la maneja no hacienda.

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Pues es algo que no sabia, nunca los he declarado y no he tenido problemas hasta ahora. Si es asi lo tendré en cuenta a partir de ahora y tendré que plantearme que hago en el futuro con esas acciones.

Todos los dias se aprende algo, gracias por la info. Lo voy a verificar pero si es asi simplemente serán acciones para vender antes de mi vuelta a España para evitar plusvalias.

La verdad es que no me he fijado si después de la entrada de las acciones baja mi precio de compra o no. Si lo hace es que entraron a 0 y si no lo hace es que efectivamente debería declararlas. Un tema mas para investigar.

En cualquier caso al estar en el extranjero y no generarse dichos dividendos en España y ser los impuestos 0 en mi país de residencia no creo haber cometido ningún delito fiscal por no haberlos declarado en los últimos años, pero dicho eso, si lo que dices es verdad si que me tengo que hacer un planteamiento diferente con esas acciones para cuando vuelva a España. Mi idea siempre ha sido dejar esas acciones crecer con la reinversión como si fuera un fondo de acumulación pero esto cambiaria mi planteamiento

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