También puedes no vender si no lo necesitas y en ese caso te libras casi por completo del IP. Puedes vender con plusvalías pero las plusvalías si son de mas de 2 años creo que no cuentan a efectos del calculo de los limites (de eso no estoy seguro) o pueden que las plusvalías sean una cantidad pequeña que también te beneficia. Hay mucha casuística pero tu eres el que la maneja no hacienda.
Pues es algo que no sabia, nunca los he declarado y no he tenido problemas hasta ahora. Si es asi lo tendré en cuenta a partir de ahora y tendré que plantearme que hago en el futuro con esas acciones.
Todos los dias se aprende algo, gracias por la info. Lo voy a verificar pero si es asi simplemente serán acciones para vender antes de mi vuelta a España para evitar plusvalias.
La verdad es que no me he fijado si después de la entrada de las acciones baja mi precio de compra o no. Si lo hace es que entraron a 0 y si no lo hace es que efectivamente debería declararlas. Un tema mas para investigar.
En cualquier caso al estar en el extranjero y no generarse dichos dividendos en España y ser los impuestos 0 en mi país de residencia no creo haber cometido ningún delito fiscal por no haberlos declarado en los últimos años, pero dicho eso, si lo que dices es verdad si que me tengo que hacer un planteamiento diferente con esas acciones para cuando vuelva a España. Mi idea siempre ha sido dejar esas acciones crecer con la reinversión como si fuera un fondo de acumulación pero esto cambiaria mi planteamiento
La cazadivipedia es tu amiga
Bueno, pues ya he aprendido algo hoy que no sabia.
Gracias a Dios que por mi condicion de no residente no he generado un problema por mi desconocimiento.
Ya sabiéndolo tendré que plantearme que hacer con estas acciones en el futuro porque para mi con mi desconocimiento eran una hucha de ahorro y ahora a mi vuelta se convierten en acciones normales y corrientes como las demás y en ese caso casi prefiero coger los dividendos, pasar por Hacienda y luego hacer con el dinero lo que me de la gana.
En fin, un tema para dentro de un par de años, no para ahora pero importante.
Gracias por la info, me queda claro.
Conocer las reglas del juego te da una buena ventaja.
Sin lugar a dudas, y puedo dar fe que aqui, leyendo a unos y otros se sacan muchas cosas de provecho no solo para la gestión de tu independencia financiera sino incluso aprendizajes de lo mas variopinto que al menos para mi, son muy útiles, cosa que agradezco.
Me acaban de entrar las acciones de British Tobacco y no se si será porque ING no se entera pero desde luego me han entrado a coste 0 como si fuera script y me ha bajado el precio medio de compra.
Asi que para ING la DRIP de British me la clasifica como Script a nivel fiscal.
Es lo que tiene operar con un broker Mickey Mouse
Pues también es verdad pero si eso es lo que informa finalmente a Hacienda, yo encantado de la vida. Estoy en paz con el fisco, conmigo mismo y todos felices.
De hecho, me abri la cuenta en IBKR para empezar a invertir en USA y la ostia que complejo que es.
usa la App del móvil, es más sencilla que la de ING
Si te perjudicase en vez de beneficiarte ya no estarías tan feliz. Mejor hacer las cosas bien o no le daremos ninguna credibilidad a tu total return
En r4 me han aperecido hoy tambien y segun lo hacen es un DRIP.
Creia que al tener algo que ver con ing el proceso era el mismo pero no.
S2
poco se habla de esos casi 6.000 eurazos. Logista me parece un empreson
Como dice el buen refranero español que tanto me gusta…, ande yo caliente y ríase la gente
¿Os importa desarrollar esto @ironman e @ifrobertocarlos por favor?
En los DRIP, ING acaba informando a Hacienda como corresponde, indicando el importe del pago en efectivo del dividendo. Claro que para poder verlo hay que esperar al informe fiscal que emiten cada año para el IRPF. En el caso del DRIP en cuestión que has tenido, hasta abril de 2023 no lo verás. Hasta entonces, aparece como aparece: “stock dividend” con acciones valoradas a cero.
y hace lo mismo cuando las venda?. Las valorara en el informe fiscal a su precio real o me hará pagar por plusvalías que ya pagan dividendos?
La ley dice que la liquidación del Impuesto de Patrimonio + el de Renta no puede superar el 60% de tus ingresos (se excluyen las ganancias patrimoniales de mas de 1 año) o Base imponible del IRPF (Techo del pago).
En ningún caso (incluso si no se tuviera ingresos de IRPF) la cuota puede ser inferior al 20% de lo que te correspondería pagar por Patrimonio (suelo del Pago).
Esto quiere decir que si tienes un patrimonio alto y no tienes ingresos tributables por IRPF, podrías estar vendiendo fondos (con plusvalías mayores a 1 año), solo pagarías el 20% de lo que te correspondería por patrimonio.
Si tuvieras ingresos por IRPF y estos fueran bajos también te servirían porque la suma del impuesto de patrimonio mas tu cuota del IRPF no podrían superar el 60% de tus ingresos y por lo tanto eso limitaría tu pago por el IP.
Veamoslo con un ejemplo.
Tienes que pagar de IP 20k euros porque tienes unos 2,8M en total.
Recibes 24k de pensión con un pago de impuestos de unos 3,000 euros.
Tu pago de impuestos seria teóricamente 20k mas 3k euros, en total 23k.
tus ingresos totales 24k con lo que 23k superaría ese 60% máximo.
El 60% de 24k serian 14,400 euros.
Como ya tienes 3,000 euros por pago de IRPF, de Patrimonio solo pagarías la diferencia 14,400 - 3,000 = 11,400.
Al final por tener ingresos bajos o una base imponible baja en rentas de menos de un año, tu impuesto de patrimonio seria de 11,400k en vez de 20,000. Es decir, te estarías ahorrando 8,600 euros en el pago del impuesto.
Obviamente si cobraras dividendos estarias jodido porque tu Base imponible de ingresos subiría y pagarías el IP completo.
No se si lo he explicado bien pero espero haberte al menos dado una idea. Seguro que cualquiera del foro puede explicarlo mejor que yo.
Perfectamente
La única pega es que mucha gente pensará que si después de conseguir amasar 3 millones de euros de patrimonio vas a vivir con 24K - 14,4K = 9600 euros netos al año para ahorrarte impuestos quizá haya que plantearse otras alternativas
Del resultado de las compraventas ING no informa nunca a Hacienda, ni tampoco del coste de compra de las acciones vendidas.
Lo que queria decir en mi mensaje anterior es que a la hora de informar en el informe fiscal de los dividendos recibidos en el año en cuestión (los cobrados en efectivo), figuran los de las empresas britanicas para las que se ofrece la reinversion del dividendo. En dicho informe fiscal no aparecen los scrip dividend de Iberdrola si se ha elegido recibir acciones, por ejemplo, pero sí los dividendos de empresas inglesas por el importe pagado.
Cómo valorar las acciones inglesas adquiridas mediante DRIP? Yo lo hago al precio oficial de cierre de la fecha de alta según el broker.