Interactive Brokers

Muchas gracias @ruindog! Tienes toda la razón, acabo de generar un informe de actividad por esas fechas y he visto los reintegros de IB. Ya me cuadra todo :+1:

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Si el custodio es IB LLC (USA), ¿la protección es por el SIPC o por Irlanda?

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Es una buena pregunta. Habría que leer más sobre el tema porque igual aunque se custodien en USA, la protección no aplica.
Me explico, en España, el FGD o el FOGAIN, especifican que no cubren a empresas, sino a particulares.
Entonces, si la SIPC tiene alguna cláusula similar, puede que como el custodio es una empresa (IBKR) no cubra, la verdad es que no lo sé con seguridad, pero sería interesante investigarlo.
Habría que demostrar que en última instancia es dinero de particulares etc… pero ya es más engorroso.
Lo digo porque en el pasado ya han existido casos en los que al ser una cuenta ómnibus (y el cliente no tiene una cuenta específica), los mecanismos de protección han funcionado, pero después de batallar un poco.
Resumiendo, no tengo claro que la SIPC nos respalde en este caso concreto, aunque tampoco tengo información para asegurar al 100% que no lo vaya a hacer.
Es un tema confuso y creo que vale la pena profundizar.

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Vale, es que al leerte el otro día no terminaba de interpretarlo así y me extrañó bastante. Gracias.

Un saludo.

Valdría tanto como 480K de haber caso.

Un saludo.

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Según las notas del extracto, el custodio es IBLLC pero la protección es en Irlanda:
“IBIE uses its affiliates Interactive Brokers LLC (“IBLLC”) and Interactive Brokers (U.K.) Limited to custody financial instruments.”
“IBIE is a member of the Investor Compensation Scheme, which provides protection for customers in the event of the failure of IBIE.”

De todas formas y con respecto al sistema de garantías de IBIE, todavía no me queda claro algunos aspectos que no han querido o sabido explicarme hasta ahora. Se supone que el sistema de compensación irlandés (ICCL) solo actúa si IBIE se declara en bancarrota o ‘default’. En ese caso y siempre que no haya habido negligencia, los activos estarán seguros en los depositarios y el efectivo en los respectivos bancos. Es decir si no hacen nada mal, se podría recuperar la totalidad. Si por el contrario han hecho un mal uso de los activos o del efectivo, solo podremos recuperar un máximo de 20.000€ (90% de la cantidad perdida).

La parte menos clara es qué pasa si uno de los bancos donde se guarda el efectivo se declara insolvente y no es capaz de devolver todo el dinero de los clientes de IBIE. Por una parte IBIE dice que prorrateará la pérdida entre los clientes. Es decir si un banco que tiene el 5% del dinero de los clientes de IBIE y ese banco solo devuelve el 50% de los fondos, los clientes recibiríamos 2.50% (5% * 50%) de los fondos de ese banco en particular. En ese caso yo entiendo que el ICCL no entraría a formar parte y que las pérdidas las asumirían los clientes en su totalidad.
Cuando intento que atención al cliente me confirme este razonamiento, me dicen que me mire la web del ICCL o que consulte con mi abogado.

Un saludo

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Pregunta de novato. Tras unas compras a margen, tengo la cuenta en euros y en libras en negativo.

Y no veo como pasar de euros a libras, para dejar el negativo sólo en euros?

Alguna idea?

Yo uso la app así que no se si es lo mismo para la versión web.

En la app puedes hacer click en el balance en libras y te saldrá la acción de convertir, haces click y te permite elegir de que moneda quieres convertir a libras (la moneda base de la cuenta sale por defecto preseleccionada), le das a convertir y ya estaría :slight_smile:

Gracias por compartir lo que averiguaste.

Respecto al cash, yo particularmente intento no tener en IB nada más que lo imprescindible…dicho esto…si quiebra JP Morgan ya no sólo sería problema de los clientes de IB, se va al garete todo el sistema financiero mundial.

Lo que más me preocupa es el tema de los activos no cash con el cambio a Irlanda, pero entiendo (y espero en lo improbable del caso) que a no ser que “no te los hayan comprado” serían recuperables…

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Buenas, ¿alguien más no puede sacar informes del año pasado? Sólo me deja hasta año en curso, y en Personalizar rango de datos, no puedo tirar más atrás de Enero 2021…

:fearful: :fearful: :disappointed_relieved:

Tienes que cambiar la cuenta a la antigua (en mi caso es incluso el mismo número, pero claro un contrato diferente), o seleccionar ambas.

Pinchas encima del código de usuario en la sección de informes y te deja seleccionar el que quieras.

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Hostias, ¡qué tonto! :man_facepalming: Muchas gracias compañero ¡¡¡Te debo una !!!

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Tengo la cuenta con USD de divisa base. En el informe tengo los dividendos y retención en USD, en origen. Supongamos que recibo $10 de KO, $1.5 (15%)para la agencia tributaria americana, me quedan $8.5, aquí debo aplicar manualmente el tipo de cambio EUR/USD del día, cierto?

¿Qué fuente puedo usar? El cierre que encuentre de ese dia en el bróker o alguno que de institución oficial, etc?

Sigo.
A cambio 0.81876, salen 6.95€, aquí ya aplico el 19% = 5.63€ de dividendo NETO.

Vale, ahora quiero de vuelta mi 15%, entiendo que es el $1.5 a tipo del día del cobro, es decir 1.5 * 0.81876= 1.22€ de vuelta.

¿Es así?

Ahora mi inquietud en cuanto a la divisa. Cuando uso FXCOV para pasar mis EUR a USD y después comprar Coca-Colas . Entra en algún punto lo que pagaste por comprar USD o sólo si llego a vender las Coca-Colas deberé entrar un tipo del día de compra y del día de venta e incluir ahí el efecto divisa sobre el precio de la acción??

Perdón por el tocho, primera renta así “seria”

A la primera cuestión, lo suyo sería usar el tipo de cambio oficial del BCE para esa fecha. Cuando la divisa base es el euro y los informes de IB aparecen ya con la conversión hecha algunos, o muchos, optamos por usar el tipo de cambio aplicado por IB en sus informes para el día de la fecha. ¿Por qué? Porque si llegado el caso se te requiere por Hacienda para justificar tu declaración el único soporte/respaldo que tendrás serán los informes del broker y difícilmente podrías justificar que en estos pusiese una cifra y en tus datos declarados otra distinta, fruto de que se hubiesen usado tipos de cambios distintos en ambos casos, IB el suyo y tú el del BCE. Ahora bien, en tu caso como tu divisa base es USD y los informes van en USD no tendrías este problema y podrías optar por usar el tipo de cambio del BCE sin temor a ese tipo de situaciones.

A tu segunda cuestión, en realidad, tú reclamarías 1.22€ en base a tratados de doble imposición internacional, y si llegado el caso tus ingresos/retenciones permiten que te sean devueltos lo que en realidad te llegaría no serían los 1.22€ íntegros, sino que serían 0.9882€. Resultado de aplicar el 19% de retención a los 1.22€ que estarías percibiendo como un ingreso más y que por tanto estaría sujeto a retención del 19%.

En cuanto a tu tercera cuestión … esa tiene mas miga. Todo va a depender de por qué “opción” te decidas a la hora de llevar el control de las ganancias y pérdidas derivas de las fluctuaciones en divisa. Si optas por llevar un control en el que anualmente “cierres”, por así decirlo, cada ejercicio en cuento a variaciones de divisa se refiere, entonces con incluir el resultado de la FX Worksheet que facilita IB como uno mas de sus informes estarías dejando “cerrado” el tema divisa en cada ejercicio y al año siguiente estarías comenzando balance nuevo para entendernos. De este modo no estarías arrastrando las posibles ganancias o pérdidas derivadas de cambios de divisa efectuados hace años hasta el momento de cerrar posición o incluso afectados por ingresos de dividendos, primas, etc. y cuando cerrases posición simplemente tendrías que atender a las ganancias o pérdidas derivadas de la variación en precio que hubiesen sufrido esas acciones entre el momento de la compra y la venta, cada uno de ellos a su tipo de cambio propio.

Si por el contrario decides hacerlo del otro modo, entonces deberías llevar de manera simultanea a tu balance de operaciones en acciones, derivados, etc un balance solo para el tema divisa con el que incorporarías las ganancias o pérdidas generadas a lo largo del tiempo derivadas del tema efecto divisa cada vez que cerrases una posición afectada por este.

Un saludo.

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Sigue sin salirme. Sólo me salen las divisas que tengo en positivo. La de euro, al estar en negativo no me sale la opción. :sob:

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No se si operas desde TWS o solo APP. Si tienes la posibilidad, en TWS carga el par EUR/GBP. En el mismo podrás ver el precio al que se está negociando e cada momento y además las posiciones de BID y ASK (Precios que se ofrecen en la horquilla de compra y Venta). Simplemente con posicionarte sobre el BID y clicar se abrirá la ventana para cargar y configurar una orden de venta en ese par. Con ello estarás vendiendo el par y por lo tanto comprando libras, pudiendo cerrar así el apalancamiento en GBP y aumentándolo en el €. No olvides seleccionar FX Conv a la hora de configurar la orden. Espero te sirva.

Un saludo.

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Desgraciadamente creo que estás chocando contra el muro regulatorio que impide que podamos “operar con divisas sin tenerlas para evitar el riesgo de apalancamiento y que nos arruinemos de por vida”. El espíritu de la norma es algo así…

Creo que desde la migración no se puede cambiar entre divisas con símbolo negativo, de ningún modo que yo sepa. No he utilizado lo que propone @ciguatanejo , pero me temo que tampoco se podría. Ya nos cuentas @Kathedra .

Como solución solo se me ocurre que hagas un ingreso en € y luego pases a Libras para intentar quedar a 0 en ambas, o que vendas alguna empresa en € o Libras para liberar liquidez y ahí ya sí juegues con los cambios.

Lo que yo particularmente hago si necesito revertir la situación es vender alguna PUT en USD y con ese efectivo hacer el cambio a €. Bajo mi punto de vista es algo ridículo, porque el apalancamiento es mucho mayor así. Imagina que necesitas balancear -50 € y - 50 $ y que el tipo de cambio es 1 a 1. Sería más peligroso obtener 100 € vendiendo una put que compromete 3000 € para quedar 0 € y 0 $ que poder cambiar directamente de para quedarte en - 100 € y 0 $.

Pero la primera opción es perfectamente posible y la segunda está prohibida ¿?

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Yo creo que @virik iba más por el tema de la agrupación. Supongo que referido a un supuesto en el que agrupando todas las operaciones las cifras de compra y venta dieran como resultado cifras muy abultadas, no ya en la plusvalía/minusvalía declaradas sino en el capital principal que se ha movido. Yo cuando he tenido muchas operaciones y los volúmenes totales resultaban en cifras locas lo que he hecho ha sido agruparlas y declarar todo como una única operación, identificada como Cartera de Valores y en los importes lo que hacía por ejemplo, para plusvalías totales de 8000€ era poner como cifra de adquisición 1000€ y como cifra de venta 9000€. Si declarase 8000€ de minusvalías invertiría las cifras, 9000€ a la compra y 1000€ a la venta.

Evidentemente son cifras irreales, pero con las que en ningún caso se altera el resultado. Simplemente se evita tener que andar sumando operaciones cuando el número de estas es elevado. En mi caso hablo de en ocasiones más de 100-200 operaciones.

Un saludo.

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Aquí ya depende de lo meticuloso que sea cada cual. En mi caso tuve aproximadamente unas 30 operaciones de venta en el 2020 (“demasiadas”) y al final sí que hice el cálculo total de los valores de transmisión y adquisición de forma concienzuda. Pero entiendo perfectamente tu planteamiento.

Lo que sí hago siempre es agrupar en un registro todas las operaciones realizadas con brokers nacionales (las que aparecen en los datos fiscales) y otro con las de los brokers internacionales.

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Muchas gracias a los dos. A eso me refería. A lo engorroso de ir una a una… Gracias