Creo que es posible que estés mezclando conceptos y por ello estar confundido.
Estoy desde el móvil y es más pesado escribir, pero a ver si conseguimos aclarar algo el tema…
En una cuenta de margen tan solo te van a cobrar un interés cuando operes un activo y no tengas efectivo disponible en la divisa en la que esté nominado ese activo. Siempre que mantengas una cantidad de efectivo superior a la que esa operación requiera no estarás haciendo uso del margen y por lo tanto no te supondrá el cobro de interés alguno.
Si óperas en USD y no tienes USD en efectivo, puedes operar
directamente en USD utilizando el margen si tus condiciones lo permiten y por lo tanto pagarás intereses por los USD de los que hayas dispuesto. Al tipo de interés USD.
Si dispones de € en efectivo, puedes hacer un cambio de divisa de € a USD y así dispondrás de efectivo en USD y no pagarás intereses.
Puedes adjuntar una orden FX a la principal y la plataforma te cambiará automáticamente de €a USD tan solo el efectivo necesario para dicha operación, y tampoco pagas intereses.
Si no dispones de € puedes seguir haciendo lo mismo que en las ultimas dos opciones y pagarás intereses, pero al tipo de interés EUR.
Luego está “eso otro” que comentas y que creo que es donde radica tu error de concepto. Lo de que te “requieren” tan solo un % de la operación para realizarla. Eso no es tal cual.
Cuando tú mantienes una cartera de activos, y quieres operar en margen, IB para permitirte poder hacer uso del margen te exige unas garantías que puedan respaldar ese margen del que haces uso. Son su “seguro de cobro”. Esas garantías son las que determinan el margen inicial y el margen de mantenimiento, y para determinar esas garantías IB asigna un % a cada tipo de activo. % que variará en función de la naturaleza de cada activo, de su liquidez, volatilidad, etc. Esos son los % que tú llamas requerimientos, pero por esos % no pagas ningún interés, simplemente es lo que IB te exige mantengas en cartera como patrimonio neto para poder operar en margen, si no lo cumples y tienes abierto cualquier posición en margen estarás expuesto a que IB pueda unilateralmente liquidar cualquier posición para compensar el déficit de garantías.
Y luego está la operativa en opciones/derivados, en la cual, ahí sí, operas con tan solo una parte del efectivo de la operación y el resto carga en margen.
Las conocidas como garantías de las opciones. Que se calculan teniendo en cuenta todas las opciones, sean del tipo que sean, que mantengas abiertas en tu cuenta. Y que sería necesario extenderse un poco más para comentar más detalle las mismas si se considerase operar con ellas. Aunque para eso lo mejor es que te remitas al fantástico hilo sobre opciones que los “frikis” del tema mantienen aquí mismo en el foro:
Espero te haya ayudado a despejar tus dudas.
Un saludo.