Interactive Brokers

Gracias Chartis. Errores de novato :frowning: Habrá que repartir el dinero por días e ir rotándolo mientras las ventas se liquidan.

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Saludos a tod@s,

Referente a la cta margen:
El 3% (corríjanme por favor si me equivoco en el número) que te cobran por hacer uso del margen:

  1. Te lo cobran al abrir una posición con dicho margen, esto es, al realizar la compra
    O
  2. Si abres una o varias posiciones limitadas aunque la compra esté en espera de ejecución, ya empiezan ha cobrarte el 3% por entender que estás haciendo uso del margen?
  3. En ambos casos.

P.S Entendiendo q en los 3 casos no tienes efectivo tuyo en la cuenta claro.

Gracias, feliz semana y buenas compras

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Hola! En el punto 1 sí que te cobran. Si te quedas al descubierto en alguna divisa te cobran lo relativo a ese “margen”. Por ejemplo si compras acciones por valor de 2000 € y te quedas en -2000€ te cobran intereses por esa cantidad.
Lo del tipo de interés va variando. Aquí en el móvil no encuentro el simulador, pero IB lo tiene. Para € era 1,5% y 1,55% para USD (ojo que hace unos días que no compruebo).
Punto 2 no lo sé, no se me ha dado el caso, pero francamente me extrañaría. Por ejemplo si vendes puts no te cobran interes mientras no se ejecuten.
Un abrazo!

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Muchas gracias Paul!
Lo pregunto porque me interesa mucho. Soy marino y paso semanas sin conexión de modo que me encantaría poder dejar muchas órdenes limitadas a precios que, igual ahora parecieran muy bajos, pero en mi criterio podrían darse, al menos en parte.
La duda es si por dejar esas órdenes limitadas utilizando el margen me van a estar cobrando un 3% entonces esperaría a sólo lanzar las órdenes cuando el precio esté más cerca del disparo.
Gracias de nuevo y feliz semana

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Me surge una duda, a ver si me podéis echar una mano. Al tener cuenta multidivisa en IB cuando cobre dividendos o venda una empresa americana el ingreso se va a quedar en la cuenta de $ sin hacer la conversión automática a €.

A la hora de tener en cuenta en la declaración de la renta las posibles plusvalías o minusvalias de esa empresa o los dividendos cobrados como tengo que hacer para la conversión de divisa? Tengo que tener en cuenta el precio del cambio del día que hago esa venta o cobro de dividendos? O tendría que hacerlo de otra manera?

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Hola, está el hilo lleno de dudas al respecto. Hay varias opciones sobre la mesa, aunque quizá lo más pragmático sea usar los propios informes del broker para que en caso de comprobación por parte de Hacienda tengan algo con lo que contrastar los datos que aportas más allá de tu propio Excel.

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Hola,

Yo no hago la declaración en España pero lo que hago es mirar el Cash Report de actividad que podrás encontrar al día siguiente en tu cuenta.
No tengo tiempo para un caso real pero da igual, te lo imaginas. Mi cuenta está en dólares a la base. Si compro/vendo/dividendos en CHF, me apunta 10 CHF por dividendos en mi cuenta CHF pero en la Base veo… no se… 10.8$ por dividendos.

SI tuviera que hacer una declaración en los EEUU, utilizaría los 10.8$ por varias razones:

  • No tengo que “enmierdarme” buscando la cotización de ese día 8 meses después de hacer la operación. Guardo el informe en un pdf y arreglado.
  • Tengo un documento “oficial” de lo que me ha costado/devengado en la moneda de mi hacienda.

Si a la hacienda no le gusta esto, que me diga claramente donde y cuando tengo que aplicar el cambio y cual. O lo tengo que adivinar yo? :stuck_out_tongue_closed_eyes:

Saludos.

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Perfecto! Muchas gracias @paulshirley y @Tino por vuestra ayuda.

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Sí, hay varias opiniones al respecto, tanto en este hilo como en otros blogs y foros.
Yo he optado por trasladar tal cual a la declaración el concepto G/P forex que me da el informe de IB. Mi criterio es que no hay criterio y esto es lo menos engorroso en caso de un requerimiento de información.

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Me hace gracia que nosotros nos preocupemos por presentar la documentación de forma correcta pero no haya un criterio único, eso si, luego te pueden hacer un requerimiento si no les gusta lo que presentas.

Somos bichos raros. Ayer estuve con el gestor revisando la declaración de renta y me confesó que en más de 20 años de profesión era el único de sus clientes con retenciones de dividendos en el extranjero, operaciones forex o declaraciones conjuntas con retoños.

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Lo que tengo claro es que el año que viene haré la declaración con un asesor, al ser el primer año que voy a tener cobro de dividendos en dolares y posiblemente alguna plusvalía también en dólares no me quiero complicar demasiado. Prefiero ganar en tranquilidad

Llegado el momento es posible que con todo lo que hayas leído en este foro sepas mejor que él como rellenar ciertos aspectos de la declaración pero yo también soy partidario de aplicar el “principio de los cuatro ojos” en este asunto.

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Es probable que el asesor medio tenga más dudas que tú y encima no sabrá que existe este foro. :wink:

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Totalmente de acuerdo, yo por asuntos de trabajo he tenido de asesores a KPMG y desde hace 2 años a MERCER y el borrador de este año me lo han elaborado de manera diferente al del año pasado. Les he tenido que enviar un email pidiendo los motivos de su cambio de criterio (que yo presupongo que es por comodidad suya). Así que ojito con los asesores. Aparte que estamos a día 12/06 y aún no la he presentado porque tardan 3 semanas en responder a cada consulta.

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Es increíble ese tema con los gestores, se dedican a llevar el papeleo de negocios pequeños del pueblo y algunas personas que cuando tienen una hipoteca ya se lían con la declaración.

Su trabajo se reduce a agrupar papeleo y llevarlo a hacienda.

Por eso estoy empezando a mirar todo con tiempo, para poder buscar un asesor que sepa de que va la película, porque si voy a gastar mi dinero en tener que darle yo clases a un asesor estamos apañados entonces.

Quiero tener todo lo mas atado posible porque tengo una hipoteca y todo los años al hacer amortización a final de año me devolvían en la declaración del año siguiente alrededor de 1000€ pero ahora para poder recuperar la retención del 15% adicional no se como voy a tener que actuar, porque si no me equivoco con todo lo que os he ido leyendo necesito que en la declaración me salga a pagar porque hacienda nunca devuelve nada si la declaración te sale en positivo, corregidme si estoy equivocado.

Tengo que ver que es lo mas conveniente para mis intereses y prefiero hacerlo con suficiente antelación para no llevarme sorpresas de ultima hora.

Tienes que tener retenciones pagadas durante el año de las que recuperar esos importes (efectuadas en la nómina por ejemplo). Si no las tuvieras tampoco te devolverían por la hipoteca.

Si, tengo retenciones de IRPF de la nomina, lo que pasa es que mas o menos al aplicar las tablas de retencion van a la par sobre lo que debería retenerme, así que me quedaría casi a 0 la declaración. También tengo un plan de pensiones sobre el que voy rescatando un importe pequeño todos los meses y podría interesarme ampliar la cantidad a rescatar.