Off-topic, pero una curiosidad. Unos años que hice la declaración en Francia, varias veces metiendo las retenciones, hijos, pensiones, hipoteca, etc. Me salia que las subvenciones por hijos, ayudas, etc. Me tenían que dar más dinero del que había pagado, digamos que unos 1000 Euros.
Yo envié la declaración y me hice a la idea de pagar 0 ese año.
Un día veo 1000 Euros ingresados en mi cuenta del fisco francés
Me puse en contacto con ellos para decirles que se habían equivocado, que me salía ese dinero pero que yo no lo había pagado. Me contestaron que en Francia funciona así. Si tienes reducciones/ayudas que son más grandes que lo que has pagado, te las pagan en la declaración de renta !
Me planteé, y sigo haciéndolo, abrir cuenta en IB. Pasaría con el D6 y el 720. Pero por donde no paso es por llevar un Excel mastodontico para reflejar la fiscalidad de la cuenta multidivisa. Después de 10-20 años puede ser algo mortal. Aparte que dudo pudiera usarse en caso de problemas con la renta / paralelas de Hacienda. Este tema se repite con asiduidad en el hilo, creo que ya ha quedado claro que Hacienda permite dos alternativas para llevar la fiscalidad de cuentas multidivisa. Creo que también está establecido que los informes fiscales de IB son una mezcla de ambas alternativas, lo cual sugiere que sea necesario llevar este control en un Excel que carecería de todo valor legal ante Hacienda. Por tu mensaje creo entender que optas por una vía más pragmática y que usaras el informe fiscal de IB, prescindiendo del megaexcel casero. ¿Estoy en lo correcto?
Esa sí que es buena, unos grandes estos franceses.
No es si vas a la par o no, me refiero que si te han retenido 12mil€ ese año, tu puedes poner cosas en la renta hasta recuperar esos 12mil€, no más de ahí.
Tanto para recuperar las acciones como para la deducción por la hipoteca.
Entendido @Riidc, ahora me ha quedado bastante claro, es que para temas fiscales soy un poco zote, estoy poniéndome las pilas pero aun y todo me sigue costando entender ciertas cosas. Gracias por tu ayuda
@fortknox, además de los posts que ha rescatado de la hemeroteca @ruindog, en este comentario expliqué como he hecho la declaración este año con relación a ese tema:
Jaja, he pensado lo mismo. Yo cuando no encuentro algo antiguo de un tema en el buscador, cito así como de soslayo a @ruindog para atraer su atención y en pocos minutos tengo los resultados disponibles
Si lo he entendido de forma correcta, y suponiendo que no usemos la cuenta para cosas más exóticas como opciones, tan solo compra/venta de acciones.
Por una parte tendríamos las G/P por compra/venta de acciones, pero creo entender que si fijas como tu moneda el euro IB ya te da el precio fiscal en euros. Pregunta: En caso de que compres una acción con los dólares que vas acumulando por el cobro de dividendos, ¿IB calcula el precio fiscal de compra en euros en función del cambio EUR:USD de cada uno de los días en los que cobraste en dólares esos dividendos? Entiendo que no, y que simplemente calcula el precio fiscal en función del cambio EUR:USD del día de compra…
Por otra el informe las G/P de forex anuales. Pregunta: Imagino que esto sólo en caso de que hayas cambiado durante el año USD a EUR, porque sino no puede hacer ganancia o perdida patrimonial. ¿correcto?
En otras palabras. En un año fiscal en el que no tengas ninguna venta de acciones ni hayas cambiado USD a EUR, los únicos datos a ingresar en la renta van a ser los dividendos cobrados (que por lo que he leído, hay algún otro informe de IB que ya te lo da mascado con los correspondientes contravalores en EUR).
Si además de cobrar dividendos hemos cambiado USD a EUR tendremos que además incluir G/P patrimoniales por Forex, datos obtenidos de otro informe mascadito que se podría usar en caso de encontrarte en la desagradable situación de tener que rendir cuentas en una paralela.
Y si además de lo anterior has vendido alguna posición, G/P patrimoniales, y los precios fiscales (en euros) de compra y venta también te vienen masticaditos en otro informe de IB.
Independientemente del que elijas es información que se puede consultar fácilmente en los informes a fecha de compra y de venta (Activity Statement - Trades)
El sistema de IB es muy peculiar y considera una salida de divisa la compra de acciones, no sólo la venta en Forex para convertirla en euros. Así pues, si tienes USD comprados a 1,20 y compras unas acciones cuando el cambio es 1,00, esto para ellos genera un beneficio que se recoge en el informe G/P de Forex. Cuando vendes estas mismas acciones tendrás una entrada de USD (p.e. a 1,10) que se quedarán registrados y que no generan ninguna plusvalía/minusvalía hasta que los uses en otra compra o los conviertas en euros con una venta en Forex.
Al final la idea es no calentarse mucho la cabeza y trasladar un valor que te da IB en un informe (Realized Summary - Forex P/L Details) a la casilla correspondiente de la declaración de renta
Si has comprado acciones USA, tendrás que declarar los dividendos cobrados y el resultado final del informe Forex que te comentaba en el párrafo anterior.
Hay un informe anual de dividendos muy completito (Dividend Report Tax Year 20xx)
Una cosa sobre el informe de dividendos de IB. Si tenéis alguna empresa que reparte dividendos pero luego lo clasifica como “Retorno de capital”, esto reduce el precio medio de compra y no es un dividendo. Sin embargo, IB sí que lo incluye dentro de los dividendos, y habría que restarlo a mano a la hora de incluirlo en la declaración. Un ejemplo es Teekay LNG (TGP)
Las empresas 80/20 como Philip Morris creo que ya fueron tratadas aquí y no aplica esto porque sigue siendo dividendo y no retienen nada.
Así es, pero volvemos a lo mismo de siempre, llegado el caso de que toque la china de un requerimiento como le ha ocurrido a bastante gente, unos cuantos por aquí yo como incluido, para justificar la deducción por doble imposición internacional en la declaración del año 2018 a ver con qué documentación oficial se justifica eso ante la delegación/funcionario de Hacienda de turno. Por mucho que sea cierto vete e intenta, primero, explicárselo de manera que sean capaces de entenderlo. Y segundo, si lo consigues, ahora ve y demuestralo “con papeles”.
Al final, aunque suene fatal, no dejan otra opción que plegarse a lo que oficialmente se consigna en los informes y que además es lo único que van a ser capaces de admitir y entender.
De tus palabras extraigo que lo más conveniente es poner los datos que proporcione IB aunque haya cosas incorrectas y punto, porque ante cualquier llamada de Hacienda es lo único que nos vale de justificante y no van a ponerse a analizar todas las operaciones de compra/ventas y cobros de dividendos, una a una, analizando qué tipo de operación son.
Y yo que me hice el Excel bajando los tipos de cambio del BCE para cumplir con nuestras queridas normas… ays… tontico!