“Tu calidad de vida depende de la calidad de tus pensamientos” - Anthony Robbins
Hoy os traigo un screener que me ha gustado, ya que todos los que he visto o son complicados o tienen pocas opciones o simplemente hay algo que no me gusta.
El screener es este:
Y si queréis encontrar empresas interesantes os doy algunos parámetros (pestaña ALL):
- P/B, Price to book (precio sobre el valor en libros) < 2
- Market Cap. (Capitalización): superior a 50 millones
- P/E, Price to Earnings Ratio (Precio sobre beneficios) < 15
- EPS growth past 5 years (crecimiento beneficio últimos 5 años) > 15% anual
- Return on Assets (Retorno sobre activos) > 5%
- Return on Equity (ROE, rentabilidad financiera) > 10%
- Return on Investment > 15%
- Valor por debajo de la media de 50 días (Price below SMA50)
- Industry (Stocks Only), así seleccionas solo acciones y eliminas los fondos.
Esta es una selección de condiciones que nos devuelven acciones realmente interesantes, con buenos fundamentales y con algún traspiés que tendremos que analizar si es sobrereacción del mercado o por el contrario es un valor chicharro. Puedes utilizar tus propios parámetros, solo te he mostrado unos por si quieres empezar por algún lado.
¿No añades ningún parámetro de deuda?
Se podría añadir perfectamente, lo interesante es que con estos parámetros tienes empresas con buenos fundamentales, lo difícil es separar aquellas que lo están haciendo bien y tienen un bache, o por el contrario aquellas que se están llenando de deuda y hacen una mala gestión. Ahí está el trabajo de cada uno, si fuera tan fácil seguro que todos ganábamos en bolsa.
Si metes parámetros de deuda es posible que no encuentres ninguna empresa, pero siempre puedes probar.
David Schwartz: no hay tanta competencia en los niveles de excelencia, la competencia la hay en los niveles de mediocridad.
Buenas,
Hoy he hecho mi primera compra de PUTs, después de leer mucho, de pensarlo mucho y hasta de reflexionar si estaba haciendo lo correcto.
Esta estrategia estaba planteada pero el hecho de comprar una PUT si se te ejecuta, tienes que comprar 100 acciones, por eso para ciertos valores y ciertas cantidades de patrimonio pueden no ser interesantes, además de tener el dinero disponible.
Así la put es: UN P46.00 19JAN18, la acción es unilever (en mercado Amsterdam), a un precio de 46 y vencimiento el 19 de Enero de 2018. El strike ha sido de 0,23, por lo que me han ingresado 23€ y me han restado la comisión de compra/venta de 2€.
Con esto ya contaré que tal va la prueba y como iré añadiendo PUTs a mi operativa, con la finalidad de acelerar un poco el proceso.
Hoy traigo una gráfica que es interesante para quien está creando su cartera para la independencia financiera.
A veces vemos que nos ponemos a ahorrar, que hacemos sacrificios y que todo esto supone un esfuerzo que no sabemos muy bien a donde llegará.
Lo importante es que vemos que hay una línea naranja (retiro), que nos hará de colchón y que cuando más grande sea mejor. Cuando esta línea supere la línea azul entonces nos podremos plantear que queremos hacer con nuestra vida.
Como he hecho esta gráfica hace poco hay algunos datos que están mal, pero la idea es lo importante.
Hola Luismi,
La línea naranja de “Retiro” que es exactamente? Los dividendos cobrados? Y la línea de “Gastos” a que se refiere exactamente? Veo que el eje temporal representaría un año entero, pero no acabo de pillarlo…
Buenas @waits,
La gráfica es una idea, digamos que la línea naranja de “Retiro” es los dividendos mensuales (o si tienes una cartera booglehead, lo que puedes sacar de la cartera) que tienes mes a mes, y la línea de Gastos, en mi caso son los gastos conjuntos de mi mujer y yo para pagar casa, coche, luz, agua, … los gastos de ocio van aparte.
Con esta gráfica lo que quería representar es que en nuestras carteras solo vemos números y rentabilidades, pero no sabemos cuan lejos estamos de la IF, o como va nuestro camino, y esto nos puede desanimar, pero si lo vemos en este tipo de gráfica vemos que nos queda menos camino y eso nos anima a seguir adelante, a disfrutar de lo que nos queda y a saber reflexionar si un gasto es necesario o no.
Dale Carnegie: el único medio de salir ganando en una discusión es evitándola
Me gusta mucho esa idea de visualizar gráficamente los dividendos cobrados a la par de los gastos. Como dices es muy motivador. Lo que no entiendo es la razón de separar los gastos de ocio del resto. Yo quitaría los gastos que pudiese asociar a ir a trabajar todos los días, por ejemplo. Porque se supone que si consigo la IF eso no lo haré, y en cuanto deje el trabajo efectívamente los ingresos superan a los gastos. Pero el ocio no acabo de ver la razón.
Buenas @keko,
En el mundo hay múltiples colores, unos ven 8, otros 16 y otros millones de colores, yo nunca entenderé el fucsia y por qué existe el blanco roto.
Con esto te quiero decir que hay muchas posibilidades como situaciones personales, mi mujer es la que aporta más económicamente al gasto del día a día y yo soy el que aporta más en el tema de inversiones por una cuestión de herencia. Como los gastos comunes trato de que sean entre los dos, ya que yo no puedo aportar mucho más, los gastos de ocio los paga mi mujer y no los contabilizo en la gráfica.
No se si he respondido a tu duda.
Saludos.
Por supuesto que lo he entendido. Al final cada uno tiene unas circunstancias personales distintas y unas metas distintas. Espero que no hayas tomado mi comentario como una crítica, sino que simplemente no entendía la razón. Se me hacía raro que llevases tan bien cuantificados tus gastos y quitases de ellos una partida, que a priori, no debería cambiar tras la IF. Ahora ya lo entiendo.
Me doy cuenta que igual no tengo bien definida mi meta. Pensaba en sustituir todos los gastos familiares y poder dejar de trabajar mi pareja y yo. Pero a lo mejor no tiene sentido ponerla tan arriba y basta con sustituir uno de los sueldos. Le daré una vuelta. Gracias por la aclaración.
Tranquilo @keko, he entendido que tenías curiosidad por el razonamiento de mis gastos.
La IF tiene muchas caras, y por ahora lo único que sabe mi mujer es que invierto en bolsa, la IF ni siquiera está planteada, ni siquiera le cuento nada porque en las bajadas le daría un soponcio. Además en cuanto le dices el PIB o cualquier otro dato de economía se aburre soberanamente.
Para mi la IF es simplemente tener cubiertos los gastos básicos ya que el resto del tiempo estaré desarrollando mis ideas de negocio.
En mi caso te pongo un ejemplo, mi mujer no entenderá esto de la IF, pero el que nos cojamos 3 meses y podamos viajar por china sin tener que preocuparnos por el dinero, entonces empezará a entender el concepto. No me importa que ese año no pueda invertir y nos gastemos todos los dividendos si eso me da energía para seguir en el camino.
Te entiendo. Si le hablo a mi mujer de bolsa más de tres minutos seguidos ya empieza a resoplar.
Pero la meta de la IF sí que se lo he explicado, y vaya si lo entiende!! jeje. Eso ayuda a que vea con mejores ojos cuando me echo un par de horas delante del ordenador viendo gráficas o el foro de CZD en vez de echar una mano con los niños. Al final se trata de intentar disfrutar también del camino.
Un saludo.
El billete de lotería
Desde que tengo recuerdos en mi casa empezaba la navidad con la televisión puesta y escuchando la lotería de navidad. Cuando me hice mayor, yo que no soy nunca de comprar lotería, la de navidad siempre caía, y así empezaba la ilusión de estas fechas con la musiquita de fondo.
Pero llegó la crisis y el Gobierno en su afán recaudatorio (en vez de recortar corruptelas) se inventa la norma de que ahora quien gane la lotería tiene que pagar a Hacienda el 20%. ¡¡MANDE!!
Pero claro en España a las personas esto le da igual, mientras sigan con su pellizquito, todos tan contentos.
Yo debo ser un tipo raro, o seguramente extraterrestre, como la del anuncio de este año, y me he negado en redondo a volver a comprar otro décimo de navidad, ya que no juego solo sino con hacienda y esta no paga parte del décimo y que las probabilidades son tan bajas, que así se ha quedado, navidad sin canción de fondo.
Este año he decidido que esos 20€ vayan a una criptomoneda (en concreto Riple que es de una empresa privada), total cambio el estado por una empresa privada.
Así que a partir de ahora la navidad empezará con la cotización de estas monedas.
Feliz navidad a TODOS.
Espero que la Navidad la hayáis pasado muy bien, sin agobios de cuñáos que lo saben todo y sin haber acabado odiando la bandeja de turrones y polvorones.
He leído una noticia sobre un tema que será interesante investigar el año que viene.
Este se trata de la norma sobre los 183 días que un español puede vivir fuera de españa para no ser residente en españa de cara a hacienda, o dicho de otra manera, para cambiar la residencia fiscal tienes que demostrar ante hacienda que has pasado 183 días fuera de España.
Antes hacienda según su criterio subjetivo, si consideraba que te ibas de españa para evitar pagar los impuestos o cualquier otra razón, te consideraba contribuyente esporádico y no te aplicaba la norma de 183 días. Ahora el tribunal supremo le ha quitado la razón a Hacienda, la noticia es esta:
Que paséis unos buenos días en los últimos días de inversión del año.
Yo soy no residente. Tengo mi broker en España, y realmente no sé muy bien qué ventajas fiscales tengo por ser no residente. Según creo, tus ganancias de capital en España deben ser tributadas en España, así que al final es lo mismo no?
Saludos cordiales!
Hola LuisMi, ¿Dónde compraste la criptomoneda? Estoy interesado pero no me animo…
Gracias
Un saludo.
Buenas @Loiel,
Primero comentar que no soy asesor fiscal y lo que te voy a contar es lo que me he ido informando, por lo que la información puede no estar completa y puede que desactualizada.
Sobre las ventajas fiscales no te sabría decir, ya que habría que mirar cual es tu país de residencia y que impuestos tienes que pagar allí.
Lo que si es cierto es que no tendrías que pagar dos veces por el IRPF, es decir por una actividad que realizas en tu país de residencia no tienes que declararlo de nuevo en el IRPF español. Esto básicamente es lo que dice la noticia que si eres no residente (norma de 183 días) no tienes que pagar en el IRPF Español por las rentas obtenidas en el extranjero.
Primero tendríamos que definir quienes deben tributar por el Impuesto sobre la Renta de No residentes. Estos serán las personas físicas que hayan obtenido rentas en España aun cuando su residencia fiscal no se encuentre en el país. En otras palabras, si has ganado dinero en operaciones en España deberás declararlas, aunque esto no quiere decir que siempre debas presentar el impuesto.
Desde el 2008, quedan dos únicos impuestos para no residentes: la renta de no residentes y el municipal (IBI).
Los ingresos que sí pagarán impuestos en este apartado son los siguientes:
- Las rentas de actividades que se lleven a cabo en territorio español, lo que también incluirá las explotaciones económicas, tanto si existe una sede física o establecimiento como si no la hay. Por ejemplo, si desempeñas la labor de delegado comercial de una marca extranjera por tu cuenta o actúas como su distribuidor en España.
- Los rendimientos de trabajo, siempre que deriven, directa o indirectamente, de una actividad personal desarrollada en territorio español o cuando se trate de pagos por parte de la Administración. Si la actividad se desarrolla íntegramente en el extranjero, como el caso de un colaborador vía internet, esta norma no será aplicable. Y es que se entiende que la red revierte de un especial carácter internacional.
- Las pensiones y prestaciones similares cuando deriven de un empleo prestado en territorio español. Es decir, si vives en el extranjero pero cobras una pensión del estado.
- Las retribuciones de los administradores y miembros de los consejos de administración de entidades residentes en España.
- Los dividendos y rendimientos de la participación en entidades residentes en España, así como derivados de la cesión a terceros de capitales propios.
- Los cánones satisfechos por personas residentes en España, dentro de los cuales figuran los derechos sobre obras artísticas, las patentes, planos, modelos, derechos sobre programas informáticos etc.
- Los rendimientos de bienes inmuebles en territorio español, dicho de otra forma, el dinero que pueda proceder del alquiler de vivienda, entre otros.
- Las ganancias patrimoniales cuando deriven de valores emitidos por personas o entidades residentes en territorio español o de otros bienes muebles distintos a los valores que también estén en España.
Si has obtenido una renta de este tipo, deberás reflejarla en el impuesto de no residentes y tributar por ella.
Esta información cualquiera la he recopilado de internet y organizado, lo interesante de todo esto es que puedes ser residente de otro país viviendo en el al menos 183 días (y por lo tanto dejar de ser residente fiscal español), y la segunda es que igual que buscamos empresas para invertir, podríamos gestionar nuestra propia empresa para las inversiones que realizamos y que esta nos pagases los beneficios obtenidos. Como he dicho en todo este hilo, os iré escribiendo lo que vaya aprendiendo.