Método FIFO

Muy buenas. Tengo una duda de sobre la fiscalidad del método FIFO y quiero exponerla para ver si me ilumináis con propuestas interesantes a mi “problema”:

Tengo 3 paquetes de igual número de acciones de Alphabet (GOOGL)
-El primero comprado en 2020 a 73 en broker A
-El segundo comprado en 2022 a 131 en broker B
-El tercero comprado en 2022 a 115 en broker B

Google es una empresa que me encanta, pero no me siento igual de cómodo con el paquete de 73 que con el de 131 (precios actuales aprox), ya que me planteo deshacerme de este último para hacer liquidez y quizás promediar a la baja más adelante.

Como ya sabemos, el método FIFO me obligaría a vender “por ley” el que llevo a 73 por ser el más antiguo, pero yo quiero vender el de 131. El tema está en que están en diferentes broker y, en las compraventas, no hay ningún tipo de control de hacienda (como sí lo hay con los dividendos). Cada año tu mismo tienes que incluir las compraventas que has hecho.

Tengo dudas de si hacerlo o no. Veo bastante complicado y lotería que se metan a inspeccionar una cartera relativamente pequeña como la mía y, en segundo lugar, que el funcionario se de cuenta del “error”. En 8 o 9 años nunca me ha tocado y entre tantas compraventas y datos creo que sería algo como una gota en el mar… Si estuvieran en el mismo broker no me lo plantearía, pero encima estando en diferentes cuentas…

¿Sabéis las posibles consecuencias si se dan cuenta?¿Lo habéis hecho alguna vez?

Saludos

No tiene sentido lo que dices.

Si quieres vender 131 acciones véndelas. Pero la hora de presentar esta venta en el IRPF
tu venta se corresponderá a 73 acciones al precio de adquisición de 2020 y el resto al precio de adquisición de 2022 en el broker b. Esto es así y si no lo haces de esta manera lo estás haciendo mal y te expones a una inspección fiscal y su correspondiente multa (que ya sabemos todos cómo se las gastan cuando te pillan).

No, si @romano lo tiene claro y sabe lo que está bien y lo que está mal. Lo que pasa es que eso de compartir con la garrapata escuece y le está dando vueltas a mirar para otro lado y marcarse un “sinpa”.

Que aquí entre nosotros, ahora que no nos oye :stuck_out_tongue:, yo creo que ya lo tiene decidido y lo único que busca es que le demos nuestra bendición para terminar de tirarse al río.

En lo que a mí respecta la tienes. Teniendo claro que pareces plenamente consciente de lo que estarías haciendo y de que llegado el caso serías tú el que tendría que hacer frente a las consecuencias.

Si me “repreguntas” te preguntaría yo a ti que si de verdad te iba a compensar el “escaquear” esa plusvalía a cambio de vivir durante cinco años con la espada de Damocles de la garrapata sobre tu cabeza.

Personalmente creo que una vez ejecutases el movimiento de la forma correcta con el paso de los días terminarías llegando a la conclusión de que no era para tanto, que seguro que podrás compensar esas plusvalías y que no te habría compensado vivir con el peso de esa preocupación en la mochila.

Un saludo.

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131 y 73 son los precios de compra y no el número de acciones

¿Hay alguien al que la Garrapata le haya pedido alguna vez justificar la compra/venta de acciones?

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A mi

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Es lo que dice ciguatanejo, hacer cálculos y ver cómo eres. Si te vas a comer el tarro por quinientos euros, por ejemplo, durante cinco años o no. Digo quinientos o cincuenta o lo que sea. Si no te vas a comer el tarro… Según cómo sea cada uno. A todos nos ha pasado comernos el tarro por una cantidad, hacer las cuentas y ver lo ridículo que somos por ejemplo
Saludos

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Eres el primero que conozco :scream:

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En mi experiencia suelen pedir justificacion si son cantidades grandes. Si has vendido en los 3 brokers, al final te pueden pedir info de los 3.

Cuidado sobretodo si la cantidad dejada de ingresar supone un importe elevado, porque la sanción en vez de leve será grave o muy grave y te puede salir la broma por un pico. (pasas de sancion del 50% de dicho importe al 100% y al 150%)

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@OraculoDelCierzo era precio de compra, olvidé poner el simbolito del USD.

Como dice @ciguatanejo , en el largo plazo es irrelevante. La cantidad que tendría que pagar a hacienda serían unos 600 euros. Mi supuesto venía más al caso informativo de saber si hay compañeros en el foro que les hayan inspeccionado los precios de compra. La doble imposición del dividendo si que sabemos que te podría tocar la lotería, pero de lo otro nunca había escuchado a nadie. Y otra cosa es que te pidan los precios de las compra-ventas realizadas, pero… ¿todos los precios de compra?

De todas maneras en el supuesto de Raven, si la sanción puede ser del 50% estaríamos hablando de 300euros+ los 600 euros no declarados.

No se si alguien puede aportar algún conocimiento de otros casos de inspección de ese tema, más que nada por saber y aprender.

La cosa entonces quedaría así, @Raven ?:

caso 1: Pierdo los 600.
caso 2: Lo hago y esos 600 euros se quedan “componiendo” ad infinitum si en 5 años no pasa nada.
caso 3: Lo hago y esos 600 euros componen hasta que me pillan y acabo pagando 900.

Por lo tanto creo que la probabilidad de “ganar” está a favor de hacerlo, puesto que en el caso 1 los pierdes, en el caso 3 pagas 900; pero el caso 2 compensa ampliamente el riesgo de los otros 2 puesto que los 600 se quedarían componiendo toda mi vida y es poco probable que me inspeccionen. En el caso de que me inspeccionen, incluso podrían no darse cuenta dada la cantidad de compraventas en 5 años.

Divagaciones varias… xD

Hombre. si te pones así … estás diciendo que hay un 33% de posibilidades de salir ganando frente a un 66% de posibilidades de terminar palmando de una u otra forma, 2 opciones para palmar frente a una en la que ganas.

¿Tú invertirías supeditado a un sistema con un supuesto ratio de aciertos del 33%?

Por otro lado, (esto no he podido comprobarlo mas allá del comentario que hace tiempo me hizo al respecto una persona que trabaja en el “sistema”) el hecho de que te puedan llegar a “fichar” cogiéndote en un renuncio parece que activa la posibilidad de que te quedes con el “asterisco” puesto para el futuro a corto plazo, sin contar que si mas adelante te surgiera cualquier desavenencia con la garrapata y les diera por revisarte de manera mas seria te podría suponer un inconveniente más el tener en tu histórico ya un apunte. En cero como te iban a poner el apellido reincidente.

Siento hacer de abogado del diablo, pero tu fuiste el que preguntaste :stuck_out_tongue: :pray:

Un saludo.

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jejeje se te nota la solera y la experiencia @ciguatanejo . Play safe.

En cuanto a tu supuesto de deducción del 33% (2 posibilidades de perder frente a 1 de ganar), creo que solo sería válido en el caso de que todas las posibilidades fueran idénticas en cuanto a ganancia o pérdida, pero yo no lo veo así porque en el caso de perder, pierdo cantidades fijas de 600 o 900, pero en el caso de ganar, teóricamente gano mucho más ya que son muchos años componiendo y/o dando dividendos.
Ten también en cuenta de que muchos buenos sistemas de trading se basan en bajo porcentaje de acierto. Cuando fallas limitas la pérdida y cuando aciertas dejas correr hacia arriba.

No obstante lo que dices de la espada de Damocles tiene todo el sentido, podría no compensar el hecho de “saber” que has hecho algo mal durante 5 años. Al fin y al cabo invertimos para estar más tranquilos, pero un poco de picante siempre viene bien :wink:

Ni mil palabras más … :rofl: :rofl:

Suerte :wink:

Un saludo.

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A mí me inspeccionaron mis operaciones de bolsa en el año 2013.

Como las tenía perfectamente anotadas, les presenté mi Excel más el extracto bancario de ING, y lo dieron por bueno, dando carpetazo.

Lo mejor de todo era la tranquilidad que yo tenía ante Hacienda al saber que lo había hecho bien, sin trampas.

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Además de jugártela con una inspección, te vas a complicar la vida. Porque tienes tres paquetes, vendes uno y ahora declaras el que más rabia te dé. Luego a ver cómo reflejas eso en tu hoja de seguimiento.

Y luego, igual no hace falta que hagan una inspección muy detallada. Pero si dices que vendes unas acciones compradas en 2021 por decir algo, y de alguna manera (modelo 720 o lo que sea), que compraste antes, a ver si eso no salta fácilmente.

Cada uno sabrá lo que hace. Yo personalmente hago las cuentas sabiendo que si vendo, se va a aflorar la plusvalía que toquen por FIFO. Por eso quizás cada vez pretendo operar menos a corto o medio plazo.

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Tienes GOOG y GOOGL para jugar con el FIFO. En realidad tienen ISIN distintas.

Eso sí, vas a tener 2 FIFOs de Google distintos, y puedes complicarte más.

Por otro lado, Hacienda estara deseando que vendas y pagues la plusvalía para luego volver a comprar :crazy_face:

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:raising_hand_man:
Alrededor del año 2008 hice bastantes operaciones de trading (perdiendo pasta, por supuesto :joy: :disappointed_relieved:). El caso es que la suma de todas las ventas se iba a una cifra que ahora mismo no recuerdo pero seguro que bastante por encima de 100.000€.
Recuerdo que al leer el requerimiento se me pedía que explicase las ventas por valor de xxx.xxx€. Y ahí es donde me di cuenta que lo que hacía pitar al ordenador de Hacienda era la suma.
Realmente no hace falta operar con mucha pasta, sino hacer muchas compras-ventas para que la suma de las ventas se te dispare.

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Pero Hacienda acepta que pongas solo el saldo de perdidas y/o ganancias ¿no?

Quiero decir que si has comprado por 200K y vendido por 199.5K basta con que declares perdidas de 500 euros ¿correcto?

P.D: Otro motivo para no liquidar la cartera de golpe e indexarme :stuck_out_tongue:

Yo lo que creo que pasa es que el banco le dice a Hacienda: “las sumas de ventas de este tío son de 365.000€”. Y el pobre tío lo único que hizo fue comprar 2000€ de Telefónica los días pares y venderlas los impares durante todo el año. Empieza el año con 2000€ en la cuenta y lo termina con 1900€.
Pero Hacienda con lo único que se queda es que has vendido mucho (suma ventas = 365000€) y esto ya puede ser un motivo para llamarte a ver si hay algo que rascar.
Si alguien trabaja en banca/Hacienda a lo mejor puede decirnos si es verdad que los bancos están obligados a pasarle esta información a Hacienda o solo una conjetura mía.

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Si haces eso requerimiento seguro. Las ventas ya las saben, que son 200k si no las pones te llaman a ver que pasa y si te revisa algun tocapelotas ya tienes el lio porque no pusiste correctamente el valor de compra etc. Aunque lo hagais en bloque o por brokers etc poned siempre el valor de compra.

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