Plan de Pensiones en caso de IF

Buenas,
Nunca he aportado a un plan de pensiones porque prefiero otros productos con más liquidez y porque hasta hace no mucho en mi cabeza no estaba el dejar de trabajar antes. Cuando lo rescatara ya jubilado, con la fiscalidad actual me iba a encontrar con el mismo tipo marginal que tengo ahora trabajando, por lo que no me era fiscalmente atractivo. Por supuesto soy consciente que de aquí a una hipotética jubilación a 30 años vista las pensiones no van a ser como las actuales.
El tema es que veo bastante probable que pueda dejar de trabajar varios años antes de llegar a la edad de jubilación, tengo una capacidad de ahorro importante, unido al patrimonio que ya acumulo y la revalorización que voy obteniendo con las inversiones es algo que espero hacer en unos 15 años. Dicho esto ahora sí me planteo que puede ser interesante aportar a un plan de pensiones porque obtendría una rentabilidad bastante mejor que la del mercado, me explico.
En mi caso invertiría 3000 € anuales en un plan de pensiones (1500 € mi mujer y 1500€ yo), pero 1110€ me serían devueltos en la declaración de la renta, por lo que técnicamente solo aportaría 1890€ al plan de pensiones.
Teniendo en cuenta una aportación “real” de 1890€ pero una inversión de 3000€, me sale que en diez años (tiempo al partir del cual se puede rescatar el plan) obtendría las siguientes rentabilidades anualizadas a 10 años.
Rentabilidad del plan: 1% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 5´8%
Rentabilidad del plan: 2% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 6´8%
Rentabilidad del plan: 3% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 7´9%
Rentabilidad del plan: 4% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 8´9%
Rentabilidad del plan: 5% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 10%
Rentabilidad del plan: 6% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 11%
Rentabilidad del plan: 7% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 12´1%
Rentabilidad del plan: 8% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 13´1%
Rentabilidad del plan: 9% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 14´2%
Rentabilidad del plan: 10% - Rentabilidad de mi aportación (1890€) 15´2%

Es decir, que se obtendría aproximadamente 5 puntos más de rentabilidad (suponiendo aportación a un indexado), a eso habría que descontarle la comisión del Plan y las posibles desviaciones con respecto al índice, pero creo que se podría contar con una rentabilidad adicional de 4 puntos.

Es cierto que como desventaja está que cuando retire el plan de pensiones tengo que tributar tanto por las plusvalías como por los 3000€ iniciales aportados al plan de pensiones.

Ejemplo
Tomando una rentabilidad anualizada del plan del 6%, los 3000 € (1890€ realmente) serían en 10 años 5372 €. Si ya has dejado de trabajar todo tributaría al menor tramo de la base general, es de decir, al 19%, que serían 1020€. Por lo que los datos finales serían:
Aportación inicial (real): 1890 €
Capital final (descontado tributación): 5372€ - 1020 € = 4352 €
Plusvalía neta: 4252 € - 1890 € = 2462 €
Rentabilidad neta total: 130%
Rentabilidad anualizada neta: 8,7%

Invirtiendo esos 1890€ en un fondo indexado “similar” al plan de pensiones las cuentas serían:
Aportación inicial: 1890 €
Valor tras diez años al 10%: 3385€
Base imponible: 3385€-1890€=1495€
Impuestos: (tramo del 21% porque ya me paso con dividendos del primer tramo al 19%): 314€
Capital final (descontado tributación): 3385€ - 314 € = 3071 €
Plusvalía neta: 3071 € - 1890 € = 1181 €
Rentabilidad neta total: 62%
Rentabilidad anualizada neta: 4,97%

Creo que con el ejemplo queda claro que merece la pena, desde el punto de vista de la rentabilidad, invertir en un plan de pensiones indexado el máximo posible desgravable antes que en el “mismo” fondo indexado si entre tus planes a diez años vista está que haya años sin trabajar. He hecho el ejemplo con una rentabilidad del 6%, si se coge otra los resultados son similares, y si el plan indexado no renta en diez años es porque en general la década para los mercados habrá sido horrenda.
No sé si este tema se ha comentado antes, si alguien lo está haciendo o si hay algo que no he tenido en cuenta y mis cálculos fallan, agradezco cualquier aportación o comentario.

Un saludo.

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Correcto, esta es parte de la “magia” de los PP.
Aun podrias hacer el redoble y rescatar PPs por debajo del limite exento de 5500€ y no tributar nada por eso.

Un producto denostado por parte de la comunidad inversora y especialmente por el gobierno, que creo que se ha de valorar bien en una cartera.

El jefe del foro va a mover este hilo en 3, 2, 1… :rofl: :rofl:

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Está claro que la mejor propiedad de los PP es su anti fragilidad.

Si estás en un tramo alto del IRPF y dejas de trabajar, voluntariamente o no, antes de cuando lo considera correcto el Estado puede ser muy beneficioso fiscalmente.

Si trabajas hasta el último estertor ya no es tan interesante.

Sin el Estado y sus zarpas no tendríamos este debate.

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Yo me lo tomo como que de cada 1500€, vienen 600€ de vuelta que usaré para invertir.
Para mí será de lo último que tirar, que pasen los años y que lo hereden los niños sin pagar sucesiones y lo rescaten cuando lo necesiten.
Y por el camino, no cuenta para patrimonio.

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¿El mínimo personal y familiar únicamente afecta a la base líquida general?
Es que sí es así, tal como comentas, el rescate sería exento de tributación para el caso que planteaba de ir rescatando durante los años después de haber dejado el trabajo y previo a llegar a cobrar (si se llega a cobrar) una pensión.
Durante esos años mis rentas procederán de los dividendos y plusvalías de compraventas, por lo que no tendría rentas que tributar en la base general, siendo así, ¿no aprovecharía el mínimo exento?
Gracias y un saludo.

PD: Si el hilo está en el sitio equivocado lo siento, lo planteaba como un tema de IF aunque entiendo que también es tema fiscal.

Viendo la declaración tengo;
Mínimo personal y familiar de la base liquidable general para calcular el gravamen estatal: 8.150 €
Mínimo personal y familiar de la base liquidable del ahorro para calcular el gravamen estatal 0 €
Mínimo personal y familiar de la base liquidable general para calcular el gravamen autonómico 8.505 €
Mínimo personal y familiar de la base liquidable del ahorro para calcular el gravamen autonómico 0 €

Tengo la duda de si al no tener rentas en la base general sí hay mínimo para la base del ahorro.

Creo que este tema ya se ha discutido en otros hilos, y que si no tienes rentas del trabajo y rescatas del PP eso te va a tu minimo personal hasta consumirlo.
Por otro lado distinto van las rentas del ahorro.

Subo esta foto que me aclara bastante el funcionamiento del IRPF

En cualquier caso siempre puedes simular rentas y hacer pruebas en;
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/renta-web-open.html

Saludos

¿No te resulta atractivo fiscalmente pagar el mismo tipo que te ahorras y llevarte la plusvalía gratis?

Ejemplo rápido y con números redondos, con tipo marginal al 50% y una inversión que dobla.

Pp: Inviertes 2000€, te devuelven 1000€, ergo inviertes 1000€. Los 2000 se doblan, tienes 4000€. Vendes, pagas el 50% y tienes 2000€. Has doblado los 1000€ iniciales “gratis”

Fondo: inviertes 1000€, doblas, vendes 2000€ y pagas 200€ de plusvalía. Te quedan 800€.

1000 vs 800.

Fdo Benjamín :rofl:

¿Estoy errado en alguna parte del planteamiento? Me parece tan simple como que te ahorras lo que aportas, pagas lo que sacas y lo que sucede dentro es gratis.

P.P:

  • Año 0: invierto 2000
  • Año 1: recibo 1000
  • Año 10: recibo 2000

F.I:

  • Año 0: invierto 2000
  • Año 10: recibo 3600

PP:
Año 0 Invierto 4000
Año 1 Recibo 2000
Año 10 Recibo 4000

Si lo inviertes el 31 de diciembre solo tardas 6 meses en estar igual que el que invirtió 2000€ en fondos, y a cambio de esos 6 meses, 10 años después recuperas 4000€ en vez de 3600€. Mientras más largo sea el plazo de inversión, más insignificantes son esos 6 meses con respecto al plazo total, ¿no?

Redúcelo al absurdo (a mí me ayuda). Si inviertes hoy 2 unidades y mañana te devuelven 1 unidad, a efectos prácticos dentro de 50 años es exactamente igual que haber invertido hoy solo 1 unidad.

Obviamente si el plazo de inversión son 2 días, la cosa cambia.

No se si me estoy haciendo trampas al solitario, no consigo explicarme bien o directamente no me entero de nada.

Pues metiendo los datos de antes me salen unas TIR del 6.5% para el PP y del 6% para el FI. Y metiendo unos tipos del 3% me sale un valor actual neto (que no se interpretar bien) de 400 y pico euros en el caso del PP y de 600 y pico euros en el caso del FI. El VAN no se interpretarlo.

Todo esto partiendo de una inversión inicial igual, que como dije antes para mí no es la comparación correcta.

A 30 años vista me parece más lógico comparar una inversión de 2000€ en FI con una de 4000€ en PP (si el tipo marginal fuera del 50%).

Pero si comparas dos inversiones iguales y en una de ellas quitas la mitad del capital de componer al año 1, lógicamente el resultado es el que es.

Muchas gracias, tenía claro que el Plan de Pensiones iba a la base liquidable general y por lo tanto favorecerte del mínimo personal en el caso de no tener rentas del trabajo, pero al ver en mi declaración lo de que el mínimo en la parte del ahorro era 0 me había quedado con la duda de qué pasaba con el mínimo exento si no tenías nada en la base liquidable general, con la imagen me queda todo claro.
Un saludo.

El tema es que comenté que no me gusta la iliquidez de los planes de pensiones, con aportar 3000 € al año (entre los dos) y aprovechar para rescatarlo cuando no tengas rentas del trabajo me doy por satisfecho. La poca estabilidad de la política fiscal en este país hace que lo de retener demasiado dinero en productos ilíquidos no me satisfaga.
Un saludo.

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Totalmente de acuerdo con eso.

¿Por cierto, esos 1000€ se quedan debajo del colchón sin hacer nada?

Te los gastas en güiski :wink:

Hombre no. Si la premisa son 2000€ iniciales, digo yo que las devoluciones de hacienda aunque sean un año después se podrán volver a reinvertir en el mismo PP:

Si quieres hacemos otra simulación con 8000€ y los 4000 que sobran, como ya no se pueden meter en PP, se meten en un FI. Pero creo que estos numeros ilustran lo que digo.

A partir del año 5, el valor neto de la inversión en el PP es superior. Y en el año 30 son 9495€ en el FI vs 10979€ en el PP.

Luego podemos debatir sobre temas fiscales, políticos o de liquidez, que ahí no entro. Pero los números están ahí😉

Todo esto suponiendo que los tipos marginales sean idénticos al invertir y al rescatar.

Dejando la plusvalía igual, hasta unos tipos marginales del 79% sigue siendo superior a 30 años el modo PP. Con plusvalia al 25% se vuelve a igualar y con plusvalía al 30% se iguala con tipos marginales al 85%.

Si encima el tipo marginal al rescate es inferior al que se tenía mientras se aportaba, ni te cuento.