Planes de pensiones

Creo que en el caso de los seguros de rentas vitalicias si tienes más de 70 años únicamente tributas un 8%

No te preocupes por eso, seguro que @ifrobertocarlos da con alguna fórmula para torear a Hacienda por chicuelinas. ¿A qué hora dices que tienes cita mañana con el notario de Raticulín?

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Al que me explique la formula para poderle dejar mi cartera DGI a un desconocido sin que Hacienda trinque ni un euro le doy DOS thanks

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Ninguna que se pueda explicar en horario infantil :scream:

“Se trata además de un impuesto progresivo, lo cual implica que a mayor sea la herencia a recibir mayor será el porcentaje a pagar; excepto si el beneficiario de la herencia es una ONG, en cuyo caso el importe destinado irá a parar íntegramente a la misma sin verse mermado por los impuestos.

Me debes DOS eurazos. Ya tengo para pagar las comisiones de IBKR todo un mes :rofl:

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Traspasa patrimonio fuera de España, traslada tú culo fuera de España y no tengas ninguna propiedad atornillada a España.

Luego, dile al heredero que se pire de España.

¿2 :heart:?

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¿Tambien vale no morirse?

Vale, con 1 :heart: me conformo. El otro pa ti.

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Hombre, esa siempre es mi primera opción. :+1:

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Buenas, en mi caso, llevo con un plan de pensiones desde hace años y nunca he indicado un beneficiario. ¿Cómo se podría hacer? En estos momentos lo tengo en Myinvestor.

¡Muchas gracias por la ayuda!

Llámales y pregunta como puedes nombrar los beneficiarios. Te enviarán algún formulario para rellenar y firmar

Esta mañana le estaba echando un vistazo a los beneficiarios por defecto del plan Naranja S&P500 de ING Direct. Por este orden:

  1. Cónyuge
  2. Hijos
  3. Padres
  4. Hermanos
  5. Herederos Legales

En Indexa Capital me metí ayer a husmear y también salen por defecto los beneficiarios como tú indicas @ruindog .

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¿Alguien que haya realizado aportaciones a un plan de pensiones de su cónyuge? Desconozco cómo sería el proceso. ¿Debe el cónyuge con rentas inferiores a 8.000 euros contratar el plan de pensiones? ¿Cómo es la operativa de la aportación?

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Ella tendrá que contratar el PP. En la declaración de renta tendrás que incluir tu la aportación (máximo 1.000€ desde el 2021)

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Gracias por responder. Ok, ella contrata el plan de pensiones y, cuando lo haga, tendrá 0 euros aportados. Entonces yo, desde mi cuenta bancaria, ¿le mando a su cuenta bancaria X euros y ella luego hace la aportación a su plan de pensiones con ese dinero? ¿o debo hacerlo yo directamente desde mi cuenta bancaria a su plan de pensiones?

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Imagino que las aportaciones se realizarán desde la cuenta corriente asociada. Consúltalo con el banco en todo caso.

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A ver si sabéis esto…

Nunca me han gustado mucho los planes de pensiones pero he cambiado de empresa y la nueva ofrece un plan de pensiones.

No pude ver información sobre cómo se invierte pero pensé que igual no sería tan malo. Pues mis peores temores se han materializado, el plan me ha parecido pésimo.

Es un plan de seguro colectivo de ahorro, y el promotor dice que por ley sólo pueden invertir en un tipo de cartera. Por lo que café para todos, es un plan ultra-conservador que está dando “rentabilidades” del 0’7% los 3 o 4 años últimos

¿Eso es así? ¿No hay opción de poder cada uno elegir un perfil distinto? Y supongo que el plan tiene que quedarse ahí mientras esté en esta empresa.

Me interesa porque me duplican la aportación que yo haga hasta un límite y por la deducción fiscal, pero creo que hasta yo conseguiría mayor rentabilidad a tan largo plazo, y tendría que hacer cuentas si vale la pena o no.

Saludos

Si te duplican la aportación compensa.
No se a que te refieres con que te duplican la aportacion, si tu pones 1 ellos ponen 2 o ponen otro 1?
Sea como sea sacas el 100 o 200% inicial mas el pírrico 0.07
Pero merece la pena ya solo por la parte que ponen ellos.

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Aunque la rentabilidad sea mínima siempre te va a compensar si la empresa te duplica la aportación que hagas.
Es como tener una rentabilidad del 200% inmediata.
Supongo además que al ser un seguro de ahorro colectivo la empresa no te imputará la aportación por lo que fiscalmente solo tributarás en el momento en que lo rescates.