Te estás liando. Aunque sí que es complicado. Se pueden aportar 1500, además de ese monto, en tu caso, puedes hacer aportaciones extraordinarias hasta un máximo de lo que ha aportado el promotor por ti (la empresa en este caso). Como tú aportaste lo mismo que la empresa ya, sólo podrías hacer la aportación de 1500 ya sea al plan individual que tengas o al mismo de empleo de tu empresa.
Creo que ahora lo entiendo, gracias.
No hay mucha diferencia con lo que había el año pasado pero no sé entiende mucho la complejidad que han diseñado y que estén cambiando las condiciones cada año en un tema como éste.
Yo no consigo aclararme, me dan ganas de dejar de aportar a todo.
Si tengo un plan de empleo en el que nunca aporto más de lo que aporte la empresa, podría seguir aportando hasta 1500 euros a mi plan de pensiones individual. ¿Es así?
Muchas gracias.
Exacto.
Eso es. Voy a intentar de todas formas explicarlo con ejemplos, porque el tema tiene su complejidad. Según he entendido yo funciona de la siguiente forma:
- Si trabajas en una empresa que NO tiene un plan de empleo la aportación máxima que puedes hacer es a un plan de pensiones individual por 1.500€
- Si trabajas en una empresa que SI tiene un plan de empleo los límites de las aportaciones se incrementan hasta un máximo de 8.500€ aunque con limitaciones que dependerán de tu salario y del importe de aportaciones que realice tu empresa para ti. Sin embargo, en ningún caso la suma de las aportaciones a planes de empleo e individuales puede superar los 10.000€ anuales. Aquí se distinguen 2 supuestos en función de tu salario:
1 – Si tu salario es inferior a 60.000€ pueden darse 4 situaciones
• 1.a - Si la aportación que hace la empresa es inferior a 500€, el trabajador puede aportar al plan de empleo como máximo la cuantía de la empresa multiplicada por 2,5. Si, por ejemplo, la aportación empresarial es de 400€, el empleado podrá aportar un máximo de 1.000€ al plan de empleo. Por tanto, la cuantía máxima que se podría deducir en el IRPF sería de 2.500€ (1.000€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
• 1.b) Si la aportación empresarial es superior a 500€ e inferior a 1.500€, la aportación máxima del trabajador al plan de empleo será de 1.250€ más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500€. Por ejemplo, si la empresa aporta 1.000€ en favor del trabajador, el empleado podrá aportar 1.375€. Los 1.375€ serían el resultado de 1.250€ + 0,25 * (1.000€ - 500€). La cuantía máxima deducible en el IRPF en este caso sería de 2.875€ (1.375€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
• 1.c) Si la aportación de la empresa es superior a 1.500€, la aportación máxima del trabajador será de 1.500€ más el mismo importe de aportación que haga la empresa. Por ejemplo, si la aportación de la empresa es de 3.000€, el trabajador podrá aportar al plan de empleo un máximo de 4.500€. La cuantía máxima deducible en el IRPF en este caso sería de 9.000€ (7.500€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
• 1.d) Si la aportación de la empresa es MUY superior a esos 1.500€, la regla anterior se matiza por la existencia de un límite máximo absoluto de 10.000€. Por ejemplo, si la aportación que hace la empresa es de 6.000€, el empleado podrá aportar al plan de empleo 1.500€ + 1.000€ = 2.500€. La cuantía máxima deducible en el IRPF en este caso sería de 10.000€ (8.500€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
2 – Si tu salario es superior a 60.000€ la aportación máxima será de 1.500€ más el importe que haga la empresa. Pueden darse aquí 2 situaciones:
• 2.a) Si la aportación de la empresa es de 2.000€, el trabajador podrá aportar 1.500€ + 2.000€ = 3.500€. Por tanto, la cuantía máxima que se podría deducir en el IRPF sería de 7.000€ (5.500€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
• 2.b) Si la aportación de la empresa es de 6.000€, el trabajador podrá aportar 1.500€ + 1.000€ = 2.500€, ya que no se puede superar el límite máximo. La deducción máxima en el IRPF sería de 10.000€ (8.500€ plan de empleo + 1.500€ plan individual).
Muchas gracias por los ejemplos, son de gran ayuda.
No entiendo la necesidad de hacerlo tan complicado, parece que te estuvieran haciendo un favor enorme cuando tampoco es que sea la panacea aportar a este tipo de productos.
Hmmm esas condiciones que has comentado que entran este año ya estaban el pasado (o muy similares). Al menos cuando lo miré a principio del año pasado.
Lo cambiaron el año pasado y ahora lo han vuelto a hacer “para simplificarlo” y lo han dejado tanto o más lioso. La falta de esfuerzo por simplificar la normativa tributaria es vergonzosa
Soy autónomo y cliente de Indexa Capital desde hace unos años. Estoy pensando contratar su plan de pensiones para autónomos (máximo de 5.750 Euros anuales) que sacaron en marzo del 2023. Esto es lo que cuentan de su experiencia en los últimos dos meses.
Pregunta: conocéis algún producto similar de otras gestoras? De momento tengo mis planes de pensiones personales en ING y no parecen tener nada para autónomos.
¿Este PPE de Indexa permite asignar los porcentajes de acciones/bonos como a uno le plazca?
El porcentaje depende de tu edad y no puedes cambiarlo. Lo acabo de confirmar con ellos en el chat de soporte.
40% en RF. Siguiente por favor
Yo tengo pp con indexa y lo cambie a 90/10. En principio sale con esos valores pero luego se puede modificar.
¿El PPE para autónomos también? Yo estoy en la misma tesitura, entre otras cosas porque no conozco ningún otro PPE indexado 100%rv
Para autónomos lo desconozco, yo soy súbdito por cuenta ajena
Vale, pero para el caso es lo mismo (porque es el mismo plan). Tu puedes modificar por tu cuenta la composición de tu plan de pensiones de empresa? Creí que acababan de decir que no
Yo creo que hay dos cosas;
El PP de Empresa, lo “decide” la empresa, y creo que es de “ciclo de vida”, con bastante peso de RF en funcion la edad.
El de Autonomos, se asemeja mas al individual donde podrás elegir tu los pesos de RF/RV.
Comento esto, de una pasada que vi en la web hace unas semanas.
Saludos,
yo hablo del pp personal, no el de la empresa
Aclarado entonces.
¿Los únicos planes de pensiones SP500 que se comercializan en España son el de ING y el de MyInvestor?