Planes de pensiones

Es por lo mismo que he empezado a aportar este año.

Teniendo ahora PP con gastos tan bajos e indexados en myinvestor, con un IRPF alto, lo veo interesante.

Tengo 38 años, aunque me retirara a los 60, por el camino que vamos, quizás estaría adelantando 10 años la edad de jubilación, así que de pensión alta nada.
Además con los 1500 actuales tampoco es arriesgar mucho.

Combinado con dividendos, pues no estaría mal.

3 Me gusta

Creo que poco a poco leyendo me estáis respondiendo indirectamente.

Puedo mover mi 2050 de ING al Indexado SP500 de MyInvestor.

Echale un ojo al Indexa Más Rentabilidad Acciones, que tempoco está mal.

1 me gusta

Sergi hace una buena comparación

1 me gusta

Yo tengo el de Indexa, que lo puedes llevar con ellos directamente o contratar el mismo plan desde MyInvestor.

Con el producto propio de MyInvestor, lo analizaría con detenimiento, que el año pasado la liaron un poquito en uno de ellos por llevar RF de larga duración como garantía de algunos futuros y se despegaron bastante del índice.

1 me gusta

Llevo esperando años que los Planes de Pensiones Paneuropeos lleguen de una vez a España, pero creo que mejor desistir de esperar y seguir con los PP de toda la vida… La idea de momento es solo para aprovechar los beneficios fiscales, a la vez que se va ahorrando para el futuro.
Luego cruzar los dedos que un dia en futuro se pueda trespasar entre PP y PEPP, pero no tengo grandes esperanzas :unamused:

Así que mirando por posibilidades en MyInvestor (donde penso hacer las compras), y con algunas condiciones: bajas comisiones, renta variable, gestión tendencialmente passiva (indexado)… me sale claro la única opción aceptable:

Posicion Porcentaje
iShares Core S&P Total US Stock Mkt ETF 20.27%
SPDR® S&P 500 ETF Trust 20.25%
Lyxor Core STOXX Europe 600(DR) ETF Acc 14.84%
NEXT FUNDS TOPIX ETF 9.99%
Vanguard FTSE Developed Markets ETF 9.92%
Xtrackers Euro Stoxx 50 ETF 1D 9.87%
Vanguard FTSE Emerging Markets ETF 9.78%
Schwab US Large-Cap Value ETF™ 4.92%

No es perfecto (no supera el Indice), pero dadas las condiciones y opciones resultantes me parece bien (el MyInvestor Indexado Global me llamaba por las bajas comisiones, pero mirando la cartera, el hecho de ser replicación sintética con derivados (Swaps/Futuros) me echa para atrás).

Feedback (talvez de alguno que lo lleve)? :blush:

2 Me gusta

El indexa lo llevo yo mismo desde hace 4-5 años. Contento. Es carete para ser indexado pero no hay otra alternativa razonable.

Lo contraté a través de su propia web porque no había más opciones en aquel momento. Al hacerlo así se firma un contrato de gestión con ellos, se hace un perfilado de riesgo al principio y cada cierto tiempo se actualiza. Son un poco pesados con todo esto porque está pensado para el público general pero bien.

Cómo puntos a favor tienen que son muy transparentes (informan claramente de lo que te han cobrado de comisiones a año vencido), envían mensajes de formación que siempre son interesantes y te hacen el rebalanceo automático si llevas renta fija en el plan.

Al comprarlo por Myinvestor supongo que todo esto te lo ahorras, tanto lo bueno como lo malo.

4 Me gusta

Gracias @el-lenio por tu feedback, si, en mi caso aprovecharia que lo puedo contratar por MyInvestor para hacerlo (pero ahora que lo mencionas, para prevenir el dia que MyInvestor pueda subir comisiones sería buena idea contratarlo directamente con Indexa… :thinking:).

Algunas otras dudas que igual me podrás (o algun otro compañero) confirmar:

  • Como es la operativa para comprar UPs directamente con Indexa/Caser? (Y invertiendo directamente con ellos, como sería en un futuro si quisiera trespasar a otro PP de otra entidad?)
  • El máximo (para 2023, veremos los siguientes) que puedo invertir será 1.500€ (para obtener los beneficios fiscales), correcto?
  • Donde puedo ver el valor diário de la UP (o por lo menos el más reciente)?

Una vez que te das de alta, desde la app o la web de Indexa pides hacer una aportación. Entre dos y tres días después cargan directamente a la cuenta corriente que les digas el importe solicitado. Nunca he hecho ningún traspaso de PPs, no puedo decirte la operativa.
Por ahora siguen siendo 1500€.
El valor total de la cartera, lo aportado, la rentabilidad acumulada, el historial de rentabilidades, el valor liquidativo,… los informan en el apartado correspondiente. La web/app es sencilla y clara.

1 me gusta

Para traspasar es muy simple, lo pides en el destino y ellos lo gestionan. He traspasado de Mapfre a indexa sin problemas. Demoró unos 5 o 7 días hábiles hasta que aparecieron las aportaciones en indexa.

2 Me gusta

Para añadir a lo que comentan los compañeros:

  • Si eres asalariado y la empresa aporta el mismo, el límite aumenta hasta 10.000€. Aquí el problema es que la empresa ha de aportar.
  • Si eres autónomo, puedes hasta: 5.750€

Aquí tienes cada caso explicado sobre las desgrabaciones máximas:

Fuente: Aportaciones máximas a planes de pensiones y planes de EPSV

El plan de pensiones lo veo muy interesante para perfiles con el IRPF al tramo máximo para poder diferir el impuesto y que este rente a interés compuesto.

Pienso que lo importante es elegir un plan de pensiones con una comisión lo mas baja posible.

Me surge una duda

Si tienes un plan de pensiones de empresa ¿Puedes aportar luego a un plan de pensiones individual los 1500 euros o los 1500 euros son en total entre lo que aportes al plan de pensiones de empresa y al individual?

Puedes si. Yo lo hago. Tengo uno individual, aporto el máximo, 1500. Luego la empresa tengo uno conjunto, yo aporto ellos aportan x3.

Creo que el truco esta en que puedes aportar 1500 al individual y luego hacer aportaciones personales al de empresa como maximo hasta lo que la empresa aporte para ti. Si la empresa en el ano aporta 2mil, máximo 2mil (total 4 mil al de empresa). Eso, mas los 1500 del individual. El maximo creo que son 8500.

En Diciembre veo todo lo que he aportado yo y ellos. Hago la diferencia Empresa - Pepe. Esa diferencia la meto la ultima semana de diciembre en el plan de la empresa.

Lo tienen en la Caixa con 0.25 de comisión. No esta tan mal. Pero es 50RF-50RV. Me compensa por lo que no pago de IRPF que lo reinvierto en en mi cartera.

1 me gusta

Dejo material desde la caixa: Límites fiscales 2023 -
https://aportamas.vidacaixa.es/-noticia-novedades-límites-fiscales-2023

1 me gusta

En varios ocasiones se ha hablado por aquí sobre la posibilidad de utilizar los planes de pensiones para regatear en determinados casos el impuesto de sucesiones. Presento el supuesto de una familia donde los cónyuges trabajan y sus dos hijos menores de edad reciben en herencia de un familiar lejano un PP por un importe de 100.000€ (50K€ por cabeza).

Primeras dudas que me surgen:

  • ¿Pueden los menores de edad rescatar el PP de manera inmediata (fallecimiento del partícipe) sin ninguna periodicidad fija?
  • ¿Si rescataran una cantidad inferior a 12.450€ se les retendría el 19% de IRPF de manera inmediata?

Por otro lado los padres hacen declaraciones individuales de IRPF y se aplican la reducción por dos hijos (5.100€) al 50%. He leído que se pierde esa reducción, entre otras causas, si:

  1. El hijo tiene ingresos superiores a 8.000€ (aunque no haga declaración).
  2. El hijo hace declaración de renta, independiente de los progenitores, con ingresos superiores a 1.800€.

Más dudas:

  • ¿Estos últimos puntos siguen vigentes a día de hoy?
  • ¿Qué convendría más desde un punto de vista fiscal? ¿Qué los hijos rescatasen lo máximo posible de los PP para a posteriori recuperar ese 19% en la declaración de IRPF anual aunque eso significase que los padres no se pueden aplicar la reducción? ¿Cuál sería esa cantidad si no tuviesen otros ingresos? ¿Aproximadamente los 12.000€ que mostraba el @jefedelforo en su mítica tabla de rentas de ahorro/trabajo)?
  • ¿O mejor no rescatar más de 1.800€ anuales de los PP mientras son menores de edad y dejar que los padres se sigan aplicando la reducción?
1 me gusta

Siempre que lo he preguntado a gente que teóricamente sabe (notarios y asesores de banco) me han jurado y rejurado que sí. Lo que he encontrado en internet parecía confirmarlo. El beneficiario en caso de fallecimiento puede rescatar los planes cuando quiera y como quiera.

Ni idea, nunca he rescatado planes, pero me inclino a pensar que sí. Alguien que haya rescatado planes lo podrá confirmar.

Creo que sí, por lo menos el segundo, que es el que yo había mirado. Siempre hago la declaración de renta del niño y vigilo que no se pase de los 1.800 € de ingresos.

Mi idea llegado el momento es tirar del Renta Web para hacer simulaciones, mirando impuestos pero “sin pasarme”. Eso si no soy yo el “causante”, que ,como el que falte sea yo y tengan que hacer las simulaciones los otros, no sé yo :joy:

En nuestro caso, los planes de pensiones de mi madre, mi mujer, los míos, etc… van todos al niño. El planteamiento es rescatarlos lo más rápido posible con una tributación razonable.

No me planteo tributación cero, porque también está el coste de oportunidad. No es lo mismo rescatar 1.799 € cada año que rescatar 30.000 € el primer año y luego 1.799 € cada año. Puedes ponerlos a funcionar antes y eso también es importante.

Otro detalle a tener en cuenta. Si las aportaciones se han hecho previamente a 2.007 hay una exención del 40% en el primer rescate en forma de capital.

Es decir, si ese familiar aportó 50.000 € de esos 100.000 € (aportación + revalorización entiendo) antes de 2.007 y rescatas de golpe esos 50.000 € (25.000€ cada hijo) solo tributarían por el 60% (el 40% está exento), lo cual viene a decir que solo tributarían por 15.000 y eso tendría una tributación bajísima si no hay otros ingresos. Luego ya es ajustar lo “bajísima” que tú quieres que sea.

Esto a nivel de teoría sin haber bajado al barro. Ya ves que lo que he explicado es muy de trazo grueso y hay que mirar mucho antes de dar el paso…

Espero no haber dicho nada incorrecto. A ver si alguien que trabaje con estos temas puede dar más contexto.

10 Me gusta

Si rescata un plan de pensiones no te retienen nada , ese es el peligro que tienen ,que luego hay que declararlo en la renta como rendimiento del trabajo sin retención…

En el caso de hijos hay 2 cifras importantes a tener en cuenta en caso de plusvalias del peque.

Por un lado esos 1.800€ es el limite para plusvalias del peque exentas de tributacion.

Los 1.600€ es el limite a partir del cual es obligatorio realizar la declaracion de renta.

Esto verificado con mi gestor en la ultima declaracion el pasado mes de junio.

"Buenas tardes M.A.,

Son dos cosas distintas:

Obligación de presentar declaración: sucede cuando se obtienen ganancias superiores a 1.600 euros anuales.

Mínimo exento por descendientes: tanto tú como tu mujer os lo podréis seguir aplicando el mínimo exento por descendientes, siempre y cuando vuestra hija no presente declaraciones con unas ganancias superiores a 1.800 euros"

Esto lo ha comentado @ifrobertocarlos varias veces que hace cada año con los fondos de su hijo. Vende con unas plusvalias menores a 1.800€, exentas de tributacion, e inmediatamente vuelve a comprar el mismo fondo.

Yo tambien lo hago.

No solo no tributas si no que recuperas la retencion que se le practica al fondo cuando se hace la venta, cantidad que tambien reinvierto.

14 Me gusta

Yo sabia que para algo me iba a servir tener 4 hijos.

2 Me gusta

No se si habra diferencias en la tributacion.

El año pasado, tributado en la declaracion de IRPF de este año, realice un rescate de una cantidad superior a esa, y la retencion efectuada en el banco fue del 10%, 9,9% para ser exactos.

2 Me gusta