Siempre que lo he preguntado a gente que teóricamente sabe (notarios y asesores de banco) me han jurado y rejurado que sí. Lo que he encontrado en internet parecía confirmarlo. El beneficiario en caso de fallecimiento puede rescatar los planes cuando quiera y como quiera.
Ni idea, nunca he rescatado planes, pero me inclino a pensar que sí. Alguien que haya rescatado planes lo podrá confirmar.
Creo que sí, por lo menos el segundo, que es el que yo había mirado. Siempre hago la declaración de renta del niño y vigilo que no se pase de los 1.800 € de ingresos.
Mi idea llegado el momento es tirar del Renta Web para hacer simulaciones, mirando impuestos pero “sin pasarme”. Eso si no soy yo el “causante”, que ,como el que falte sea yo y tengan que hacer las simulaciones los otros, no sé yo 
En nuestro caso, los planes de pensiones de mi madre, mi mujer, los míos, etc… van todos al niño. El planteamiento es rescatarlos lo más rápido posible con una tributación razonable.
No me planteo tributación cero, porque también está el coste de oportunidad. No es lo mismo rescatar 1.799 € cada año que rescatar 30.000 € el primer año y luego 1.799 € cada año. Puedes ponerlos a funcionar antes y eso también es importante.
Otro detalle a tener en cuenta. Si las aportaciones se han hecho previamente a 2.007 hay una exención del 40% en el primer rescate en forma de capital.
Es decir, si ese familiar aportó 50.000 € de esos 100.000 € (aportación + revalorización entiendo) antes de 2.007 y rescatas de golpe esos 50.000 € (25.000€ cada hijo) solo tributarían por el 60% (el 40% está exento), lo cual viene a decir que solo tributarían por 15.000 y eso tendría una tributación bajísima si no hay otros ingresos. Luego ya es ajustar lo “bajísima” que tú quieres que sea.
Esto a nivel de teoría sin haber bajado al barro. Ya ves que lo que he explicado es muy de trazo grueso y hay que mirar mucho antes de dar el paso…
Espero no haber dicho nada incorrecto. A ver si alguien que trabaje con estos temas puede dar más contexto.