Subsidio para mayores de 52 años al llegar a la IF

Aparte de lo que te han dicho, las rentas consideradas para este subsidio son BRUTAS, asique si quieres seguir haciendo cálculos, ten en cuenta que los dividendos, los intereses de cuentas, los rendimientos presuntos de los fondos… Todo suma por el bruto al objeto de no superar el 75% del SMI.

Si hoy en teoría estarías incluido en un subsidio a cobrar en el futuro por tener rentas bajas, piensa que tal como vamos, con el tiempo más y más gente irá teniendo rentas más bajas que la tuya y esto puede hacer que seas excluido no por no ser “tan pobre” sino por haber más gente más pobre que tú

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Minucias, como va a haber mas pobres si nuestras botellas llevan tapon incorporado?, si eso no es alta tecnologia no se deciros lo que es…

Que suerte tiene de conocer “ cuáles son las acciones más growth de enorme calidad, hablo de las mejores empresas del mundo “. Así tiene mucho más cerca la IF.

Al patrimonio que no produce rentas se le aplica una renta presunta, pero al que si produce rentas la que vale es la que da.

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Siempre que sea como mínimo “la presunta”

Hombre, yo lo veo lógico. De hecho, estoy flipando de que haya gente con un patrimonio de varios cientos de miles de € pensando en acogerse a esta ayuda, cuya finalidad es claramente impedir que una persona mayor de 52 años, para la cual el mercado laboral ya se ha estrechado mucho y tiene una edad, se muera de hambre. Ayudas que por cierto salen de los impuestos de los millones de mileuristas trabajando en precario en este país, la mayoría de los cuales jamás verá junta esa cantidad de dinero en su vida.

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Si abrimos debate debemos comentar también los que están pelados, cobran ese subsidio y no quieren trabajar porque no les interesa.
De estos conozco yo unos cuantos.
De los forrados que se aprovechan de esto no conozco a nadie.

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https://www.sepe.es/dam/jcr:fa570471-5e6d-4d4f-9f70-d19329e05bfe/declaracion_rentas_mayores_52.pdf
https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/carencia-de-rentas.html

Cuando no se acrediten rendimientos efectivos, se computarán los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el interés legal del dinero vigente, con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por la persona trabajadora y los bienes cuyas rentas hayan sido tenidas en cuenta.

A mí siempre me ha sorprendido que los trabajadores que no tienen para comprarse una vivienda tengan que ayudar económicamente con sus impuestos a los que sí la tienen. Como si no existiera la hipoteca inversa o la venta directamente. Pero qué sabré yo.

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Creo que aquí está el meollo de la cuestión, de lo que se pregunta al menos.

Si lo tengo todo invertido en Google con un yoc de 0,5%, esas rentas ya han sido tenidas en cuenta. Y aunque tengamos un millón de euros invertidos, si no se les imputa rentas mayores, realmente está contando para muy poco y podríamos ser susceptibles de pedir la ayuda.

No es una afirmación por mi parte, es una pregunta.

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Yo tengo la experiencia de las ayudas a dependientes. Te cuentan todo el patrimonio y si superas determinado umbral que suele estar especificado en cada ayuda, da igual si es una vajilla de limoges de tu tia abuela o pisos ocupados, te pasas y te dicen que gracias por participar.

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