Hola Divideando,
La OCU sirve para más cosas que “equivocarse” en sus últimas compras. INFO OCU:
"Sus inversiones a buen recaudo (y IV): ¿Me fío de la gestora?
03/07/2017
El valor liquidativo de los fondos de inversión y los planes de pensiones se mueve al compás de las inversiones que tienen en cartera. Estas determinarán la rentabilidad potencial a la que se puede aspirar y también el riesgo que se asume con cada uno de ellos. Como ya habrá supuesto, no será lo mismo invertir en un fondo de acciones chinas que p.ej. en uno monetario en euros. Luego, claro está, la pericia de cada gestor también contri-buirá al rendimiento final. Ahora bien, usted puede acertar con el fondo o plan seleccionado, pero ¿y si la gestora echara el cierre? ¿Qué pasaría con sus inversiones?
¿Qué pasa si quiebra la gestora?
Usted no tiene mucho de lo que preocuparse. Fondos y planes están configurados como patrimonios separados pertenecientes exclusivamente a sus partícipes, de ahí que no respondan de las deudas de la gestora ante una hipotética quiebra. En tal caso, el valor liquidativo de los fondos y planes no tendría que verse afectado y solo tendría que apechugar con el trámite administrativo que supondría tener que buscar otra gestora o, en última instancia, disolver el fondo o el plan devolviendo a los partícipes el valor de sus inversiones como si de un reembolso se tratara.
¿Y si quiebra el depositario?
El depositario de un fondo o de un plan es la entidad encargada del depósito o custodia de las inversiones y el efectivo del fondo (o plan), así como de la vigilancia y supervisión de la propia gestora. Si este quebrara, sus participaciones tampoco deberían correr riesgo alguno. La ley exige a estas entidades la separación entre los bienes propios y los pertenecientes a los fondos (y planes). Por ello, en caso de quiebra el depositario quedaría sencillamente cesado y se buscaría un sustituto.
El papel del comercializador
Lo más seguro es que usted adquiera las participaciones de un fondo (o de un plan) a través de un comercializador (Supermercado de Fondos OCU, Renta 4, Bankinter…). Ha de saber que este actúa solo como un mero intermediario entre el partícipe y la gestora, que es quien se encarga de gestionar las suscripciones y los reembolsos así como el registro de las participaciones a nombre de cada partícipe. En la práctica, es como si suscribiera las participaciones directamente en la gestora. Pero recuerde: su dinero estará en el depositario. Si quebrara el comercializador no tendría de lo que preocuparse, más allá de las molestias de tener que cambiar de entidad.
¿Qué sucede en la práctica?
En la práctica puede que no todo sea tan de color rosa y podría tener algún problema añadido, agravado en el supuesto de que gestora y depositario pertenezcan al mismo grupo.
• La intervención y liquidación del Banco Madrid es un ejemplo de ello. Los partícipes de los fondos de la gestora del banco que estaban custodiados por el mismo vieron su dinero bloqueado de la noche a la mañana. En el horizonte estaba el doble cambio de gestora y depositario, con los trámites administrativos que supone. Pero lo que es peor, el principio de separación entre los bienes de los fondos y los del depositario se tambaleó, principalmente por las trabas de los administradores para que el efectivo que los fondos tenían en el Banco Madrid quedara fuera del concurso. Finalmente, las aguas volvieron a su cauce pero los partícipes tardaron un año en recuperar el grueso de su dinero (en torno al 95%) y más de dos años después aún están a la espera de obtener el resto.
• La buena noticia es que el sistema no ha fallado y recuperarán lo invertido. La mala, el retraso injustificado.
Ojo, si la quiebra fuera fraudulenta…
En la teoría no hay razones para la preocupación. En la práctica sí podría haberlas, aunque parecen estar limitadas a una cuestión de tiempo. Ahora bien, si la quiebra de la gestora, el depositario o incluso el comercializador fuera fraudulenta (falsificación de documentos de gestores que no adquieren los valores, el depositario no registra los valores,…) ya sería harina de otro costal. Bien es cierto que esta situación, con el control actual y la responsabilidad subsidiaria entre gestora y depositaria, resulta bastante improbable pero no se puede descartar categóricamente. Y en tal caso, el partícipe sí podría ver desaparecer sus ahorros ya que no hay fondo de cobertura alguna que le ampare. Por ello, no nos cansaremos de reivindicar la creación de un fondo de garantía que cubra a los partícipes ante eventualidades de este tipo. Seguiremos insistiendo."