Usar las ganancias patrimoniales de más de un año para reducir el impuesto de patrimonio

El impuesto del patrimonio grava la propiedades del contribuyente (bienes mobiliarios, inmobiliarios, vehículos, etc…). Mucha gente no lo tiene presente, porque hay bienes que no se incluyen, como la vivienda habitual o los planes de pensiones y porque hay un importe exento que es de 700.000 € como norma genera. Este importe puede variar en función de cada comunidad autónoma y además éstas tienen potestad para cambiar los tramos y tipos de aplicación o para bonificarlo (como en Madrid, que está bonificado en un 99%).

El hecho de que tenga límites exentos y haya comunidades donde está bonificado se traduce en que mucha gente no lo tiene en cuenta en sus cálculos hasta que llega a la situación de pagarlo.

En este artículo explicaremos cómo las plusvalías de más de un año reducen la cuota del impuesto de patrimonio y cómo usarlo.

Actualmente, la suma de las cuotas del impuesto del patrimonio y del IRPF no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF. Si esto ocurre, se limita lo que pagas del impuesto de patrimonio para que no superes el 60%. Esto tiene mucha lógica y se hace para evitar que no pages de impuestos más del 60% de tus rentas.

Eso sí, como mínimo siempre pagarás el 20% de tu cuota del impuesto del patrimonio.

Pero en ese cálculo no se tienen en cuenta las plusvalías a más de un año. Por lo tanto, en una situación en la que sólo vivas de rentas es mucho más eficiente en cuanto al impuesto de patrimonio que esas rentas provengan de reembolsos de participaciones de fondos o de ventas de acciones de más de un año de antigüedad que sean dividendos (<1 año).

Está explicado en este vídeo:

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